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Desde que el pasado miércoles 20 de septiembre se anunció la huelga de los pilotos de la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles (Acdac), Avianca indicó su intención de demandar la manifestación, pues consideraba que no era válida jurídicamente. Y este lunes cumplió con su promesa, pues radicó la declaratoria de ilegalidad del cese de actividades adelantado por los casi 700 aviadores.
“No haber indicado expresamente en la citación de la Asamblea que la votación era para la convocatoria a huelga, no haber invitado a dicha asamblea a todos los trabajadores de la compañía, y ejecutar el cese de actividades con una votación claramente minoritaria”, son algunos de los argumentos que Avianca anexa en el documento para justificar la ilegalidad de la huelga.
Asimismo, el presidente de la aerolínea, Hernán Rincón, ha sido reiterativo en que la actividad de los pilotos es un servicio público esencial, por lo que no se pueden hacer manifestaciones que impliquen el cese de operaciones en este sector. “El país está paralizado por 256 personas”, criticó el empresario en la revista Semana.
Sin embargo, hay dos particularidades de la huelga que podrían controvertir los argumentos de Avianca. La Acdac defiende la manifestación con un documento que la Organización Internacional del Trabajo (OIT) publicó sobre los trabajos que considera como servicios públicos esenciales, y los pilotos de líneas aéreas no entrarían en la categoría. De hecho, la OIT ya había alertado al gobierno colombiano sobre la falta de regulación en este aspecto, pues no hay una norma que aclare cuáles son las actividades que son consideradas servicios públicos esenciales.
Otra tensión jurídica es que mientras Avianca dice que esta manifestación se deriva de un proceso de negociación colectiva, la Acdac afirma que es una huelga imputable al empleador. La diferencia entre ambas opiniones es que en la última (huelga imputable al empleador) hay jurisprudencia que indica que no hay restricción en servicios públicos esenciales, además se debe mantener el pago de los salarios.
El investigador del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario, Iván Daniel Jaramillo, cuestiona la demanda como la solución para la huelga. “Para empezar, los tiempos que tardaría para el recurso legal podrían ser de hasta cuatro meses, dos meses en el tribunal y dos meses en la Corte Constitucional. Por lo que lo más seguro es que se llegue a un acuerdo antes de que se produzca un fallo”.
Asimismo, “he revisado la información y no creo que la demanda prospere, pues el sindicato (Acdac) fue muy riguroso a la hora de convocar la huelga. Y en lo personal creo que la Corte debería basarse en los conceptos de la OIT sobre las actividades que considera que están por fuera los servicios públicos esenciales, y darles la razón a los pilotos”, dijo Jaramillo.
Los siete días de huelga han provocado la cancelación del 51 % de los vuelos de Avianca, más de 900 vuelos, y afectado a más de 80.000 pasajeros. Además, cada día de manifestación implica dejar de vender más de US$2 millones. Y los perjuicios seguirán creciendo con cada día de huelga, pero al cierre de esta edición todavía no había acuerdo entre la Acdac y la aerolínea.