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“Fue una cadena de mentiras”

El Espectador revela los detalles de la providencia que acusó al ex congresista Teodolindo Avendaño.

Redacción Judicial
11 de septiembre de 2008 - 08:59 p. m.
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La ausencia del entonces representante a la Cámara Teodolindo Avendaño Castellanos durante la controvertida sesión del Congreso del 3 de junio de 2004, día en el que se resolvió en primer debate el trámite de la reforma de la reelección presidencial inmediata, no fue producto de una urgencia familiar del parlamentario, y esta justificación “fue edificada sobre una cadena de mentiras” para ocultar que esa ausencia se debió a que era determinante para que se aprobara la polémica enmienda constitucional.

Esta es la principal conclusión de la Corte Suprema de Justicia en la decisión adoptada el pasado 9 de septiembre, a través de la cual acusó al ex congresista Teodolindo Avendaño de los delitos de enriquecimiento ilícito de particulares y cohecho propio. El alto tribunal concluyó que la no asistencia de Avendaño a la Comisión Primera de la Cámara obedeció al marcado interés de altos funcionarios del Gobierno, “mediada por ofrecimientos burocráticos”, para garantizar que la reelección presidencial siguiera su tránsito en el Legislativo.

El Espectador conoció la providencia de la Corte Suprema de Justicia en la que Avendaño fue acusado y de la que se desprenden certeras conclusiones sobre la conducta ilícita del ex congresista del Valle, y se determina que “no se ausentó del Congreso motivado por una emergencia familiar ocurrida supuestamente días antes, sino en cumplimiento de un compromiso adquirido para omitir un acto propio de su cargo, a cambio de una promesa remuneratoria que le fue cumplida al año siguiente”.

La investigación de la Sala Penal de la Corte comenzó examinando los antecedentes de la sesión del 3 de junio de 2004, a la cual Teodolindo Avendaño debía concurrir, como quiera que estaba ocupando la curul del congresista Jorge Luis Arcila, quien a su vez había pedido una licencia no remunerada. Una obligación avalada además por un compromiso político adquirido 48 horas antes, junto a 18 representantes más que habían acordado hundir el proyecto de la reelección.

Como es de conocimiento público, esa reunión, con fotografía incluida, se realizó en la casa de la entonces representante Clara Pinillos y a ésta, además de Avendaño, asistió también la hoy condenada Yidis Medina Padilla. Sobre la base de ese encuentro nació la denuncia formulada por el parlamentario del Polo Germán Navas Talero, quien en respuesta a las críticas de que esa fue una reunión para constreñir a los parlamentarios, observó que nunca había visto en su vida a alguien que lo estén torturando y aparezca sonriendo en una foto. “Fue un acto social”, recalcó Navas.

 Lo cierto es que al día siguiente del encuentro, es decir, 2 de junio de 2004, Teodolindo Avendaño fue visitado en su oficina del Congreso por el ministro de Protección Social, Diego Palacio, y que esa reunión alertó a la prensa alrededor de la oficina 412 B del Edificio Nuevo del Congreso, al punto de que a la salida de la misma, tanto Avendaño como el Ministro fueron consultados sobre las intimidades de su encuentro a tan cercanas horas de la crucial sesión. Ambos bromearon, pero no dejaron claro de qué hablaron en esa oficina.

En su versión ante la justicia, el ministro Palacio reconoció que efectivamente se reunió con Teodolindo Avendaño el 2 de junio de 2004 y que conversaron sobre algunas quejas que él había manifestado en la Comisión Primera respecto de los trámites exigidos a los usuarios de la salud para la prestación del servicio y de algunas inquietudes sobre la red hospitalaria en el Valle del Cauca. En los mismos términos se pronunció Avendaño en su diligencia de indagatoria en la Corte, que dejó dudas sobre la validez de estas explicaciones.

“No se entiende por qué, a pesar de la encerrona que varios congresistas y periodistas les hicieron a la salida del encuentro, ninguno de los interlocutores despejó las inquietudes y suspicacias planteadas”, concluyó la Corte Suprema, que precisó que de acuerdo con el análisis de los hechos, “de una manera seria y razonable” se puede deducir que por ningún motivo fue el tema de la salud el motivo que alentó al ministro Palacio a buscar a Teodolindo Avendaño en su oficina del Congreso. De hecho, al día siguiente Teodolindo desapareció del mapa.


Según explicó después Teodolindo Avendaño, no hizo presencia el 3 de junio en la sesión histórica de la aprobación de la reelección presidencial porque ese día supo de un accidente de tránsito sufrido por su hijo Gilberto en Cali, y que se lo comentó al congresista Roberto Camacho, quien supuestamente le dijo: “Vete, que primero están los hijos”. Explicación que sembró dudas en la Corte a partir del primer dato que el alto tribunal encontró al hacer el rastreo de lo sucedido en la capital del Valle: el accidente de Gilberto Avendaño ocurrió el 30 de mayo de 2004, es decir, cuatro días antes de la sesión.

La Corte Suprema de Justicia desarrolló una minuciosa pesquisa a las llamadas recibidas y generadas desde la línea celular del ex congresista Avendaño y descubrió que el 3 de junio de 2004 no recibió ninguna llamada de su hijo Gilberto y, en cambio, sí de los conmutadores de la Presidencia y Vicepresidencia, los cuales por sus intervalos y duración denotan “el interés del Palacio de Nariño por comunicarse con él momentos antes de iniciarse el debate de la reelección y también durante su desarrollo” (ver facsímil de llamadas).

En síntesis, el mentado accidente realmente ocurrió, pero esa no fue la causa de la ausencia de Avendaño. Según la Corte, existió un ofrecimiento aceptado por Teodolindo Avendaño para no participar en la votación, siendo ésta la verdadera razón para no acudir al debate. Después de lo sucedido, Teodolindo estrechó lazos con Yidis Medina para concretar un propósito común: obtener el reconocimiento de las prebendas ofrecidas, a ella por su voto y a él por su ausencia.

Las prebendas

Tras el examen de lo acontecido en el Congreso, la Corte se orientó a investigar las prebendas. Por eso, adelantó una diligencia de allanamiento en la casa del ex congresista en Caicedonia (Valle), y entre los documentos hallados constató el interés que desde 2005 suscitaba para Avendaño el tema de las notarías. Por ejemplo, se encontró un recorte de prensa que daba cuenta de la creación de 15 notarías en Bogotá. Además, poseía datos de notarías vacantes, de sus ingresos y ubicación, y de los funcionarios que tenían que ver con su creación y designación de titulares.

Pero lo que más les llamó la atención a los investigadores fue una agenda personal de Teodolindo Avendaño, que demuestra que mantuvo contacto con funcionarios del Ministerio del Interior y de la Secretaría General de la Presidencia, encargados de intervenir en los trámites previos a la designación de notarios. Entre los mencionados en su directorio personal con compromisos o llamadas por hacer, aparecieron el entonces viceministro del Interior Hernando Angarita y el asesor de la Presidencia Juan David Ortega.

A estas evidencias se suma el hecho de las múltiples entradas de Teodolindo Avendaño y Yidis Medina al Ministerio del Interior entre febrero de 2004 y mayo de 2006. En medio de estos encuentros con el Ejecutivo, se produce el nombramiento del entonces secretario general de Adpostal, Luis Camilo O’meara, en la Notaría 67 de Bogotá. La investigación de la Corte estableció que existió una negociación en la que Avendaño recibió dineros por la concesión de esa notaría a O’meara y que hubo cheques girados por éste a Teodolindo.

Por esta razón, la Corte decidió investigar si se configuró el delito de enriquecimiento ilícito. Hecho que el alto tribunal corroboró manifestando que está acreditado probatoriamente que “recibió $200'604.000 producto de la venta de la notaría que recibió como prebenda por abstenerse de participar en la sesión del 3 de junio de 2004, cuando se votó el proyecto de acto legislativo tendiente a introducir la reelección presidencial”. El argumento de Avendaño de que este dinero fue producto del pago de un crédito fue desechado por la Corte.

En criterio del alto tribunal, además de que Teodolindo Avendaño debe ser enjuiciado, la Fiscalía debe investigar a Jorge Luis Escalante Viana por el delito de falso testimonio y su posible participación en la compra de la Notaría 67 de Bogotá, así como a Luis Camilo O’meara, de quien no se tiene noticia de que se haya iniciado actuación alguna en su contra. Finalmente, concluyó que también deben evaluarse sus pruebas en las investigaciones que se adelantan contra el ex ministros Sabas Pretelt y el ministro Diego Palacio, y de la misma forma indagar la responsabilidad del ex funcionario de la Secretaría General de la Presidencia, Juan David Ortega.

Por Redacción Judicial

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