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¿Qué es el proyecto de ley de Zidres?

Las que el ministro Cristo ha denominado “zonas francas para el agro” cursan su último debate en el Senado.

Redacción Negocios
14 de diciembre de 2015 - 10:38 p. m.
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Las Zonas de Interés de Desarrollo Rural Económico y Social (Zidres) cursan este lunes su último debate en el Senado de la República. La creación de estas zonas especiales ha sido promovida por el Gobierno, pues, según éste, apuntan al desarrollo del sector agropecuario, con un enfoque productivo. El proyecto, sin embargo, ha recibido la oposición de organizaciones campesinas, los partidos Polo Democrático y Alianza Verde, y la Comisión Colombiana de Juristas, entre otros.

Las Zidres, dice la iniciativa, tendrán que estar ubicadas en regiones del país que estén aisladas de centros urbanos, que carezcan de infraestructura, y que en general requieran de grandes inversiones para su desarrollo. La diferencia con las zonas de desarrollo empresarial creadas por la Ley 160 de 1994 radica en que, mientras que estas últimas, aunque nunca fueron reglamentadas, están pensadas para constituirse en tierras baldías, las Zidres pueden estar en cualquier tipo de propiedad: baldíos, propiedad privada, etc. El ejecutor de la Zidres podría comprar, arrendar, asociarse, entre otros, hasta completar el área que requiera para su proyecto, es decir, no hay límites como la UAF.

El principal argumento con el que el Gobierno ha querido curarse en salud es que las Zidres no tienen nada que ver con la titularidad de la tierra. “Cuando haya predios baldíos en ningún caso se hará el traslado de título de propiedad y se tendrá que cumplir con un pago de contraprestación de dinero que irá al fondo de desarrollo rural para proveer la infraestructura necesaria (para el desarrollo de la Zidres)”, explicó el ministro de Agricultura ad hoc, Juan Fernando Cristo.

El senador Jorge Enrique Robledo, quien presentó ponencia negativa, dijo a este diario en noviembre pasado que “el truco es que el Gobierno no escritura, pero se entrega en concesión a 30, 40, 60 años, y nos dicen que eso no modifica el régimen de baldíos”. Es de recordar que, de acuerdo con la Ley 160 de 1994, los baldíos de la Nación deben destinarse a los campesinos pobres sin tierra.

El proyecto de ley plantea que grandes, medianos y pequeños productores podrán proponer y participar de los proyectos productivos en las Zidres, pero el tipo de asociación es justamente lo que ha generado dudas. “Pequeños y medianos (productores) deben asociarse para hacer explotación, pedir apoyos del Estado y que la explotación sea más grande y productiva. Lo que no vemos claro es que los grandes se asocien con los pequeños para que sean sus empleados. No sé cómo será esa discusión, pero somos enfáticos en el que el Estado debe promover la asociación de pequeños y medianos”, dijo Cecilia López, exministra de Agricultura y miembro de la Misión para la Transformación del Campo, que hace unos días entregó sus recomendaciones al presidente Juan Manuel Santos.

Las Zidres venían contempladas ya desde el proyecto de ley 133, que fue retirado por el Gobierno hace cerca de un año, y que había sido calificado por la oposición como una “contrarreforma agraria”, por supuestamente legalizar la acumulación irregular de tierras adjudicadas como baldíos. Al respecto, el superintendente de Notariado y Registro, Jorge Enrique Vélez, ha sido enfático en decir que este nuevo proyecto de ley de Zidres no legaliza la acumulación, que la adjudicación de baldíos depende de cumplir con los requisitos estipulados en la 160 y que en ningún momento se habla de titular tierra a empresarios, sino dar en arrendamiento.

La Sociedad de Agricultores de Colombia (SAC) ha insistido en que en el proyecto de ley se debe incluir un artículo que no dé lugar a múltiples interpretaciones sobre la Ley 160 de 1994. Lo anterior se refiere a que los agricultores piden que la prohibición de acumular más de una Unidad Agrícola Familiar (UAF) no aplique para tierras adjudicadas antes de 1994, cuando fue expedida la 160. De acuerdo con el superintendente Vélez, eso debe ser así y explícito porque la figura de la UAF existe sólo a partir de 1994, y aplicarla para tierras adjudicadas antes de ese año no tendría sentido.

Sobre ese punto, cuando el proyecto aún cursaba por la Cámara de Representantes, organizaciones como Cumbre Agraria, el Cinep, la Comisión Colombiana de Juristas, la Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (CODHES), entre otros, difundieron un documento en el que expresaban que a pesar de que se estableció “una restricción relacionada con ese asunto (la acumulación), la restricción es incompleta. Solo excluye a los baldíos adjudicados después de la Ley 160 de 1994, ignorando los conceptos del Consejo de Estado, la Contraloría y la Corte Constitucional que afirman que la prohibición de acumular tierras con antecedentes de baldíos aplica a todas las adquisiciones posteriores a la Ley 160, independientemente del año de su adjudicación”.

“La ley siempre rige a partir de su publicación”, recuerda el superintendente Vélez. En el proyecto de ley se hace explícito que la prohibición de acumulación de más de una UAF rige partir del 94, para evitar interpretaciones que hay sobre “un concepto del Consejo de Estado que dice que todo lo que proviene de baldío (no se puede acumular)”. En definitiva, no se podría hablar de acumulación antes de la 160 porque no existía la figura de la UAF.

“Ha habido muchas cacerías de brujas sin tener en cuenta la ley”, dijo el ministro del Interior durante el último Congreso Nacional de la SAC, en donde se aplaudió el proyecto de ley de Zidres, y agregó que “se imaginan lo que de mala fe se podría hacer en vez de apegarse al texto”. Lo cierto es que el proyecto de ley pasa a último debate con fuertes críticas por parte de organizaciones campesinas y total apoyo del Gobierno y los gremios del sector agropecuario.

 

 

 

 

 

Por Redacción Negocios

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