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El líder opositor Leopoldo López, que se entregó a la justicia venezolana después de impulsar manifestaciones antigubernamentales el pasado 12 de febrero en Caracas, irá a juicio por incitar a la violencia. Mientras es enjuiciado seguirá privado de su libertad, recluido en la cárcel militar de Ramo Verde, a las afueras de la capital. Su condena podría ser de 10 años de prisión.
Después de finalizada la audiencia de López, que duró tres días con sesiones de 11 o más horas cada una, se conoció el informe Fortaleciendo el Estado de derecho en Venezuela, elaborado por la Comisión Internacional de Juristas. Para Carlos Ayala, miembro de esta comisión, el caso López es sólo un ejemplo más de cómo se usa la judicatura contra los disidentes políticos. Ayala denunció que las condiciones de detención de López son particularmente rígidas, porque se encuentra confinado en una instalación militar, en aislamiento, sin tener contacto siquiera con su abogado y con visitas restringidas.
El informe contiene conclusiones muy graves: que el gremio de abogados, jueces y fiscales venezolanos carece de independencia y sufre la intromisión del poder Ejecutivo; que se ha prestado para reprimir las protestas que estallaron en febrero de este año y para perseguir a opositores, disidentes, críticos del proceso político, dirigentes de partidos, defensores de derechos humanos, dirigentes campesinos, sindicalistas y estudiantes, en vez de proteger sus derechos, y que no ha servido para juzgar a agentes de la fuerza pública presuntamente responsables de crímenes contra los derechos humanos. En Venezuela, un país con una de las más altas tasas de homicidio en Latinoamérica y el mundo, la impunidad llega cerca del 95%.
Según dijo Ayala durante la presentación del informe en Ginebra, la falta de independencia afecta todas las instancias de la administración de justicia, incluyendo los jueces supremos, “designados con base en lealtades políticas y no por sus cualidades profesionales”. De los poco más de 1.900 jueces del país, “el 70% ha sido nombrado sin haber participado en concursos públicos, y su precariedad es tal que para removerlos se requiere una simple comunicación escrita”.
De 1.500 fiscales, prácticamente ninguno es titular y tampoco tiene total independencia. Gracias a la Ley Orgánica del Ministerio Público, la fiscal general, Luisa Ortega, detiene las prerrogativas de representación, dirección, control y disciplina sobre todos los funcionarios de ese ministerio. “En la práctica, el principio de unicidad e indivisibilidad del Ministerio Público (...) ha sido interpretado y utilizado como un requisito para que existan criterios únicos de política fiscal para todas las fiscalías, dictados por el fiscal general por medio de circulares e instrucciones tanto escritas como orales. Por lo tanto, como resultado de esta situación los fiscales no son independientes ni autónomos, y un fiscal individualmente no puede aplicar, en las actuaciones relativas a las investigaciones y en los procesos penales, criterios distintos a los establecidos por el fiscal general”.
La situación de los abogados también preocupa, porque se enfrentan a un ambiente hostil en la práctica de su profesión. Los miembros de la Comisión Internacional encontraron que es evidente el favoritismo del Gobierno para el nombramiento de abogados graduados en universidades estatales en cargos de la judicatura. Asimismo se ha visto el enjuiciamiento de abogados asociados a casos políticamente sensibles contra el Estado.
La independencia del poder judicial empezó a deteriorarse desde el emblemático caso de la jueza María Lourdes Afiuni, que el 10 de diciembre de 2009, horas después de haber acordado una medida sustitutiva de la medida privativa de libertad a favor de un detenido cuya detención había superado el máximo previsto por la ley venezolana y el derecho internacional, “fue inmediatamente detenida en la sede misma de su tribunal por la policía de seguridad, privada de su libertad, y sometida a un absurdo y arbitrario proceso penal bajo el requerimiento expreso del entonces presidente Hugo Chávez Frías en cadena nacional de radio y televisión. Durante su encarcelamiento con presos comunes fue víctima de tratos crueles e inhumanos”.
El “efecto Afiuni” consiste en que, a partir de la detención de la jueza, los abogados venezolanos empezaron a sentir temor de ser perseguidos o de que los juicios en los cuales actúan en representación de sus clientes se paralicen. En consecuencia, dice el informe, “no ejercen todos los recursos que les otorga el ordenamiento jurídico nacional e internacional para la defensa de los derechos humanos”.
El secretario general de la comisión, Wilter Tayler, señala en el informe que hasta la fecha se han practicado unas 2.500 detenciones en el marco de las protestas sociales y 100 personas permanecen detenidas, mientras que 1.200 han sido sometidas a proceso penal con diversas restricciones impuestas judicialmente, como tener prohibido participar en protestas o reuniones públicas pacíficas y hablar con periodistas, con riesgo de ir a la cárcel en caso de desobedecer.
El saldo de muertes en las manifestaciones llega a 42 (38 civiles y cuatro miembros de cuerpos de seguridad). “Entre estas víctimas fatales existen varios casos documentados de uso excesivo de la fuerza pública constitutivos de ejecuciones extrajudiciales. En este contexto, ha resultado particularmente grave la actuación de grupos civiles armados con la aquiescencia, protección y hasta coordinación con los propios cuerpos de seguridad del Estado. Aparte de ello, existen denuncias fundadas de al menos 14 casos de tortura por parte de los cuerpos de seguridad y varios casos adicionales de tratos crueles y en general de uso desproporcionado de la fuerza pública”, señala Tayler.