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Luego de una controversia de más de tres décadas, la aprobación de una ley el año pasado, la expectativa de una industria naciente y los anhelos de miles de enfermos, el Ministerio de Salud y Protección Social acaba de expedir un decreto trascendental que se convierte en la carta de navegación y reglamenta las actividades de cultivo, comercialización y uso de semillas de la planta de cannabis para fines médicos y científicos en Colombia. Una norma que además registra las condiciones para que los pequeños cultivadores puedan competir en el mercado y que los hace partícipes del desarrollo alternativo del posconflicto.
De esta manera, se despeja el camino de una polémica que se inició en 1986, cuando se expidió la Ley 30, que facultó al Ministerio de Salud para reglamentar la producción, uso y comercio de estupefacientes con fines terapéuticos. Una actividad que fue respaldada mediante pronunciamientos de la Corte Suprema de Justicia. No obstante, fue el ministro de Salud, Alejandro Gaviria, quien desde que asumió su cargo en septiembre de 2012 y consciente de la necesidad de modernizar el tema, desempolvó casi 30 años después un asunto que en medio de la controversia se había convertido en tabú.
Entonces, ante la parsimonia del Congreso, Gaviria fue gestor de un primer decreto para la expedición de licencias de cannabis medicinal y en julio del año pasado fue el Legislativo, mediante la Ley 1787, que creó el marco regulatorio para permitir el uso médico y científico de la marihuana en Colombia.
Justamente, producto de la legislación, el 28 de julio de 2016, el Ministerio de Salud entregó la primera licencia a la firma canadiense Pharmacielo. Posteriormente fueron autorizadas para producir cannabis medicinal las compañías Cannavida, Ecomedics y Econnabis.
A comienzos de esta semana la compañía Cannalivio recibió licencia. Está pendiente de aprobación la firma Pideka. En cuanto a pequeños productores de los municipios de Caloto, Miranda y Corinto, 52 de ellos asociados en la cooperativa Caucannabis, se convirtieron en los primeros cultivadores en formalizarse luego de décadas en la ilegalidad.
Pero una vez expedida la Ley 1787 de 2016 o marco legal de la cannabis, de nuevo el Ministerio de Salud encabezó el proceso para fortalecer la actividad. De esta manera, junto con los ministerios de Justicia y Agricultura, así como la Presidencia de la República, acaban de expedir el decreto clave.
Se trata de una norma que en 35 páginas reglamenta y dinamiza la actividad. En concreto, el decreto simplifica el proceso de solicitud de licencias y señala que para acceder a esta las empresas interesadas deben presentar cuatro solicitudes: de semilla, cultivo de cannabis psicoactivo (cuyo contenido es igual o superior al 1 % de tetrahidrocannabinol -THC-, principal compuesto químico del cannabis) y no psicoactivo (inferior al 1 % de THC) y fabricación de derivados como aceites, resinas, tinturas, extractos o preparados obtenidos a partir de la marihuana.
En cuanto al cáñamo, es decir, la planta del cannabis, la norma establece como opción aplicar para tener un cultivo formalizado de cannabis no piscoactivo y según el Ministerio de Salud: “De esta manera se podrá mantener un control por parte del Gobierno Nacional y les dará un soporte a los cultivadores”.
El nuevo decreto establece, además, los diversos tipos de licencia, clases de las solicitudes y los controles. En cuanto a la asignación de cupos o previsiones, crea un grupo técnico conformado por cinco funcionarios de igual número de entidades oficiales. Un tercer capítulo de la norma detalla cómo se deben hacer los derivados, la importación de semillas, las obligaciones y prohibiciones de los licenciatarios, las tarifas y los criterios para determinar quiénes son los pequeños y medianos cultivadores y comercializadores en Colombia de cannabis medicinal.
Según un documento de la Fundación Ideas para la Paz, en 2014 se destinaron 77 toneladas de marihuana para fines medicinales. En Estados Unidos, en 23 estados se ha aprobado el uso médico del cannabis, así como en Austria, Bélgica, Canadá, República Checa, Finlandia, Israel, Países Bajos, España y el Reino Unido. Se estima que el mercado de la marihuana medicinal mueve US$2.000 millones al año.
El camino de esta planta en Colombia se despeja con la expedición de este nuevo decreto. Ahora le corresponde al Ministerio de Salud expedir, en cerca de un mes, una resolución que reglamente la licencia de transformación y sus modalidades. Lo propio tendrá que hacer el Ministerio de Justicia con la licencia de semilla y de cultivo. Con empresas licenciadas y la legislación más simplificada en 2018 seguramente estarán ya en el mercado los nuevos productos de cannabis para aliviar a miles de enfermos en Colombia.
Desarrollo alternativo en el posconflicto
Alejandro Gaviria, ministro de Salud, principal gestor de la iniciativa, señaló que lo que hace el decreto es darle estabilidad jurídica a un proceso que se viene manejando desde hace varios años, que simplifica el proceso de solicitud de licencias y que permite el desarrollo alternativo de los campesinos en el posconflicto.
Según el funcionario, se desarrolla un capítulo específico para que los pequeños cultivadores puedan competir con ventajas como que podrán demostrar su condición de tenedores de buena fe para cultivar cannabis, tendrán asesoría técnica de tres ministerios, recibirán asistencia en protocolos de seguridad, el 10 % del cupo para cultivo debe ser asignado a un pequeño cultivador y se les dará prioridad en los cupos de cultivo a estos de manera prioritaria.
Según registros del Invima, actualmente en Colombia sólo hay un medicamento de control a base de cannabis, se trata del producto Sativex del laboratorio GW Pharmaceuticals.