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Tras analizar un caso de falsos positivos ocurrido en 1995 en Arauca, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia concluyó que los comandantes de las bases militares deben responder por ejecuciones extrajudiciales cuando sus subordinados sean hallados responsables, teniendo en cuenta que son aquellos quienes imparten las órdenes operativas.
Así las cosas, si una ejecución extrajudicial es cometida por un uniformado, el oficial o suboficial al mando tendrá que responder por el hecho.
La corporación se basó en un extenso caso que analizó, y que dio a conocer CM&, sobre la muerte de unos campesinos en 1995 víctimas de las ejecuciones extrajudiciales.
Por El Espectador
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