"Falsos positivos" no serán cobijados con Ley de Amnistía: Mininterior

El jefe de la cartera política explicó que los miembros de la fuerza pública que quieran acceder a los beneficios de esta ley deben cumplir una serie de compromisos.

Redacción Judicial
29 de diciembre de 2016 - 01:53 p. m.
"Falsos positivos" no serán cobijados con Ley de Amnistía: Mininterior

El ministro del Interior, Juan Fernando Cristo explicó las condiciones que deben cumplir tanto los guerrilleros de las Farc como los integrantes de la Fuerza Pública que quieren recibir los beneficios de la ley de Amnistía que fue aprobada el pasado miércoles en las sesiones de la Cámara de Representantes y el Senado de la República.

En entrevista con BluRadio el jefe de la cartera política señaló que no se “pueden repetir los errores del pasado” cuando la ley de amnistía solamente benefició a una de las partes. “No vamos a permitir que nuestros miembros de la fuerza pública estén privados de su libertad, mientras guerrilleros gocen de ella”.

Sin embargo aclaró que los casos de las ejecuciones extrajudiciales, más conocidas como “falsos positivos”, no serán cobijadas por esta ley. Es decir, en estos casos los militares y policías procesados por estos hechos no podrán pedir una “amnistía o indulto”. (Ver Corte Penal Internacional asegura que siguen presentándose casos de falsos positivos)

En el caso de los guerrilleros de las Farc que suscriban el acuerdo de paz y quieran recibir los beneficios de la ley el Ministro explicó que no todos los casos entran en la lista, hecho por el cual se deben revisar cada una de las solicitudes para establecer si cumplen con los requisitos establecidos.

“Entre los delitos amnistiables para las Farc y para los miembros de la Fuerza Pública se encuentran: rebelión, sedición, asonada, porte ilegal de armas, lesiones personales, entre otros”, precisó Cristo al señalar que quedan por fuera de la lista los crímenes de guerra y los delitos de lesa humanidad.

“Los primeros beneficiarios de la Ley de Amnistía serán los guerrilleros que han cometido delitos políticos o los delitos conexos, que se conocen tradicionalmente en la legislación colombiana como porte ilegal de armas, utilización indebida de insignias militares, entre otros”, puntualizó el Ministro del Interior frente a los alcances de la ley. 

Cristo aplaudió la aprobación de esta ley señalando que la misma entrará en vigencia una vez de inicie todo el proceso de desarme de las Farc. Esta iniciativa, manifestó, busca dar seguridad jurídica a los integrantes de dicho grupo guerrillero que firmen el acuerdo con el Gobierno.

El pasado miércoles el Senado aprobó esta ley con 60 votos a favor, mientras que en la Cámara de Representantes se registraron 121 votos que avalan la iniciativa. La misma recoge el perdón jurídico para los guerrilleros que no cometieran delitos graves en el conflicto.


 

Por Redacción Judicial

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