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'No se puede permitir que suerte jurídica de nuestros militares la definan las Farc': Procurador

El jefe del Ministerio Público señaló que los máximos responsables de genocidios, crímenes de guerra y delitos de lesa humanidad no pueden participar en política.

Redacción Judicial
16 de septiembre de 2015 - 04:36 p. m.
@PGN_Col
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El procurador General, Alejandro Ordóñez Maldonado aseguró que los comandantes de las Farc, o cualquier grupo armado ilegal, que sean condenados por crímenes de guerra, genocidios o delitos de lesa humanidad no pueden acceder a cargos de elección popular o participar en política.

En su intervención aseguró que los miembros de crímenes atroces no pueden tener el beneficio de hacer política puesto que estas acciones "no tienen nada de altruistas" como se han querido demostrar ante la comunidad internacional. "Las Farc tienen que reconocerse como victimarios",

Desde Santa Marta el jefe del Ministerio Público aseguró que los acuerdos que se firmen en La Habana (Cuba) deben tener límites para que no se equiparen a los guerrilleros con los miembros de la Fuerza Pública cuando se toque el tema de los beneficios judiciales. "Lo imposible jurídica y éticamente es la impunidad absoluta, las penas simbólicos".

Para el Procurador General en dichas negociaciones se deben reconocer los mínimos de justicia para los máximos responsables. “La pena de reclusión no debe ser vista o humillación” sino la carta para evitar la impunidad en la firma de los acuerdos.

“La pena dignifica a los victimarios de las Farc y los acerca a la paz”, señaló en su intervención al considerar que se pueden plantear penas alternativas como “iniciar la reclusión en una cárcel y finalizarla en una colonia agrícola”.

Sin embargo, rechazó las propuestas de penas alternativas puesto que se desconocen los derechos de las víctimas. “Trabajo comunitario o excusas públicas para crímenes atroces se llama impunidad”.

Reiteró que la Corte Penal Internacional señala que no se pueden hacer ninguna suspensión parcial o total de la condena cuando se habla de delitos de lesa humanidad. “Pena debe ser efectiva. No puede haber penas simbólicas frente a graves violaciones a los derechos humanos”.

Frente a las últimas propuestas señaló que la justicia transicional que se fije no puede consagrar penas simbólicas puesto que esta exige máximo de verdad, reparación y justicia los cuales se desconocerían con dicha figura.

Pero se debe tener en cuenta que los guerrilleros rasos si se pueden beneficiar de amnistías o indultos. “La reclusión debe ser la pena para graves violaciones a los Derechos Humanos y los otros delitos atroces”.

Por Redacción Judicial

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