Aunque se trata de una iniciativa que tiene sólo tres artículos, su contenido no es de poca monta, pues se establecen los parámetros bajo los cuales el Congreso y el presidente Juan Manuel Santos legislarán, en corto tiempo, lo referente a la paz.
Con la reforma constitucional se establece la comisión legislativa especial encargada de tramitar las leyes y actos legislativos, la cual, señala la ponencia, estará “integrada por los miembros de las comisiones primeras de Senado y Cámara y doce congresistas adicionales designados por las mesas directivas de ambas cámaras en conjunto. Para la designación de los doce miembros adicionales, se preservará la representación proporcional de las bancadas, asegurando la cuota de género y la participación de las minorías étnicas”.
Una composición que da garantías de equidad y participación, pero, además, asegura la presencia de la oposición del Centro Democrático que hace parte de las comisiones primeras de Senado y Cámara.
Uno de los temas que seguramente levantarán ampolla es que deja en claro que la revisión de constitucionalidad sólo se realizará por asuntos de forma y no de fondo. Una experiencia aprendida del proceso con los paramilitares, en el cual la Corte Constitucional eliminó la posibilidad de que participaran en política. La idea entre el Gobierno y los ponentes es que lo que se aprueba se implementa; eso también blinda los acuerdos de La Habana.
En cuanto a las facultades extraordinarias para que el presidente Juan Manuel Santos expida decretos con fuerza de ley referentes al proceso de paz, se aclara que habrá una comisión especial de seguimiento que tiene como fin eludir las críticas sobre la soberanía legislativa del Congreso.
Todo lo que se legisle por parte de la comisión legislativa especial y por el presidente Santos, con base en las facultades extraordinarias, sólo se podrá hacer luego de que se haya refrendado popularmente el acuerdo final.