Con decisión sobre Ángela María Robledo, la oposición queda sin otro de sus alfiles en el Congreso

El tribunal concluyó que como fórmula vicepresidencial de Gustavo Petro incurrió en doble militancia por no renunciar al Legislativo 12 meses antes del primer día de inscripción de candidaturas. “Le quitan la curul a la democracia”, fue su reacción.

Germán Gómez Polo - Twitter: @TresEnMil
25 de abril de 2019 - 10:54 p. m.
Ángela María Robledo podría ser ahora la candidata a la Alcaldía de Bogotá por Colombia Humana. / Mauricio Alvarado - El Espectador
Ángela María Robledo podría ser ahora la candidata a la Alcaldía de Bogotá por Colombia Humana. / Mauricio Alvarado - El Espectador

El escenario no puede ser peor para la oposición. Exactamente dos semanas después de que el Consejo de Estado le quitara la curul en el Senado a Antanas Mockus, de la Alianza Verde —al considerar que estaba inhabilitado para aspirar al Congreso—, el mismo tribunal decidió anular la Resolución 1595 del 19 de julio de 2018, que le otorgó a la excandidata vicepresidencial Ángela María Robledo el derecho de ocupar un puesto en la Cámara de Representantes, garantía establecida en el recién estrenado Estatuto de la Oposición. El fallo golpea a los llamados movimientos alternativos, pues Robledo, en últimas, representaba los más de ocho millones de votos que logró su aspiración en fórmula con Gustavo Petro, por Colombia Humana.

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La razón por la que el Consejo de Estado —en una votación de tres contra uno— falló en contra de Robledo, fue porque consideró que incurrió en doble militancia, ciñéndose a lo que dicta el artículo 107 de la Constitución. Allí se señala que quien sea miembro de una corporación pública debe renunciar a su curul 12 meses antes del primer día de las inscripciones si desea aspirar, por un partido distinto, a la siguiente elección. En ese punto, de hecho, se centró la discusión en las semanas previas a la decisión del tribunal, pues el argumento de la defensa es que no aspiró al Congreso, como ella misma lo anunció en una entrevista con El Espectador en noviembre de 2017, sino que su curul es una garantía que quedó plasmada en el artículo 24 del Estatuto de la Oposición, que entró en vigor en julio de 2018.

Sin embargo, para la Sección Quinta del Consejo de Estado, no hay ninguna razón válida para evadir la norma que prohíbe la doble militancia y esta aplica para todas las personas, sin excepción. La magistrada Lucy Janeth Bermúdez, presidenta del tribunal y quien salvó el voto, expresó que “la sala ha considerado que, si bien se trata de una garantía del derecho a la oposición, ningún colombiano está por encima de esas prohibiciones y limitaciones constitucionales”. Bermúdez también aclaró que la decisión no implica, necesariamente, aceptar a Colombia Humana como un partido con personería jurídica, pues el aval para la fórmula Petro-Robledo fue otorgado por un grupo significativo de ciudadanos y por un partido político, el Movimiento Alternativo Indígena y Social (MAIS), y la doble militancia no ocurre solamente con otro partido político, sino con movimientos o grupos significativos de ciudadanos. “No es una consecuencia que el Consejo de Estado deba discutir”, anotó Bermúdez.

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El texto del fallo aduce que la prohibición de doble militancia es aplicable a todos quienes aspiren a corporaciones públicas y demás cargos de elección popular, debido a que las normas constitucional y legal “no incluyeron ninguna distinción en esta materia”. Además, explica: “Cuando la persona ocupa una curul o desempeña un cargo de elección popular, reitera la sala que la siguiente elección necesariamente debe entenderse aquella que sigue para las corporaciones públicas y para cualquier cargo de elección popular”.

La decisión del Consejo de Estado se da en medio de una disertación pública: si los efectos también serían iguales para la vicepresidenta Marta Lucía Ramírez, quien renunció al Partido Conservador el 12 de septiembre de 2017 y seis meses después se convirtió en la fórmula vicepresidencial del actual mandatario Iván Duque. Para quienes defienden a Robledo, a la luz del fallo, también incurrió en doble militancia. “El Consejo de Estado debería sentenciar de una vez que elimina la oposición en Colombia. Con un rasero absuelve a Marta Lucía Ramírez y con otro le quita la curul que la Constitución y el derecho a la oposición le dio a Ángela María Robledo”, opinó la precandidata a la Alcaldía de Bogotá Claudia López.

Sin embargo, según la magistrada Bermúdez, hay muchas diferencias entre los casos de Robledo y Ramírez. Por ejemplo, arguye que la actual vicepresidenta no era congresista y su aspiración fue producto de una participación en una consulta popular que la obligaba a atenerse a los resultados de esta, es decir, a ser la fórmula vicepresidencial de Duque. “Robledo se desempeñaba como congresista de la Alianza Verde y su participación en las elecciones no fue por ese partido, que era el que avalaba su elección como congresista”, concluyó.

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La reacción de Robledo ante la decisión llegó desde una tarima instalada en la Plaza de Bolívar, con ocasión de la jornada de protesta social que se vivió ayer en todo el país. “Hablo desde una profunda serenidad, pero un enorme dolor. Hace pocos minutos el Consejo de Estado le quita la curul, no a Ángela María Robledo, se la quita a la democracia y a la oposición”, manifestó. En ese sentido, dijo que respeta la decisión del Consejo de Estado y de la institucionalidad, aunque lanzó varios cuestionamientos: “¿Por qué nos han negado ser partido político? ¿Por qué se han negado las garantías de la oposición y por qué ahora vienen por nuestras curules? Es un golpe a la democracia, a la opinión y a una mujer que desde el Congreso y en la calle ha salido a acompañar la marcha indignada desde hace muchos años en este país”.

Desde otras tribunas, sus compañeros en el Congreso sí lanzaron fuertes cuestionamientos al Consejo de Estado. “Es inexplicable que ocho millones de votos sean prácticamente arrojados a la basura. No sé cómo se llama eso en las altas cortes, pero cuando hicimos la Constitución del 91, en su artículo primero dijimos que este era un país pluralista, un Estado de derecho. ¿Dónde está ese Estado de derecho que niega personerías jurídicas, que saca a congresistas y que hace un Estatuto de Oposición para reírse de él?”, adujo la representante de la Unión Patriótica Aída Avella.

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La decisión del Consejo de Estado es de única instancia, no obstante, hasta el momento no se conoce si Robledo acudirá a una acción de tutela para reclamar lo que bien puede ser un derecho constitucional, como ocurrió en el caso de Mockus. De lo que sí se ha hablado es de una posible candidatura suya a la Alcaldía de Bogotá, un rumor que comenzó a correr entre congresistas de la oposición, apenas se conoció que Mockus se quedaba sin curul y que el futuro de Robledo podía ser similar.

ggomezp@elespectador.com

Por Germán Gómez Polo - Twitter: @TresEnMil

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