Corte Constitucional tendrá la última palabra sobre modificaciones en la JEP

Tras continuas dilaciones, ambas cámaras del Congreso aprobaron en la madrugada el texto conciliatorio de la ley de procedimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz. Ahora el alto tribunal debe declararla constitucional para pasar, finalmente, a la sanción presidencial.

-Redacción Política
28 de junio de 2018 - 08:20 p. m.
Cristian Garavito – El Espectador
Cristian Garavito – El Espectador

La plenaria del Senado votó el pasado miércoles, por fin, la ley de procedimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), luego de semanas de aplazamientos y proposiciones por parte de las nuevas fuerzas que surgieron a partir de la victoria del presidente electo, Iván Duque, el pasado 17 de junio. En la madrugada del jueves, ambas cámaras del Congreso aprobaron el texto conciliatorio con las modificaciones planteadas por el Centro Democrático, y pasará a sanción presidencial.

Esto, además de darle una normatividad a la JEP para que comience a operar con todas las herramientas jurídicas a su alcance, así como con límites definidos, fue un pulso político entre el gobierno saliente, de Juan Manuel Santos, y el entrante.

Sin embargo, hay quienes aún tienen reparos a lo que se votó en el Congreso, especialmente sobre las modificaciones propuestas por el uribismo que, en resumen, buscan, primero, darle un tratamiento diferencial a los miembros de la Fuerza Pública a la hora de ser juzgados; segundo, anular las facultades probatorias de la Jurisdicción para que esta no pueda practicar pruebas a la hora de definir la fecha de la comisión de un delito por el cual algún actor del conflicto armado sea solicitado en extradición. 

Por esta razón, el actual ministro del Interior, Guillermo Rivera, dijo que: “Nosotros habíamos expresado desde el principio que este nuevo artículo que congela la comparecencia de los integrantes de la Fuerza Pública ante la JEP es contrario a la Constitución. La Corte tendrá que hacer una revisión, pues, justamente, a finales del año pasado señaló que la comparecencia de excombatientes de las Farc y miembros de la Fuerza Pública tenía que ser obligatoria. En esa materia tiene será la Corte Constitucional quien tenga la última palabra".

Aun así, reconoció que "las grandes ganadoras con esta decisión son las víctimas del conflicto armado, pues la JEP tendrá el propósito de satisfacer sus derechos a la verdad, justicia, reparación y a las garantías de no repetición".

Así se vivió la votación en el Senado

Tras un par de jornadas de negociaciones en la subcomisión de legisladores asignada para llegar a acuerdos en el asunto y destrabar el trámite que busca reglamentar la justicia transicional, el Gobierno Nacional y las nuevas coaliciones lograron consensuar en diversos temas. De hecho, fueron en total 27 proposiciones del Centro Democrático las aceptadas por los ponentes de la ley, las cuales se incluyeron al texto original y se votaron como un bloque en la cámara alta, aprobado por unanimidad.

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Sin embargo, hubo otras cuestiones sobre las que fue imposible acordar, específicamente, alrededor de dos temas: la facultad de la JEP ante una solicitud de extradición de un actor del conflicto armado para practicar pruebas con el fin de determinar la fecha de la comisión del delito —contemplado en el artículo 53 del proyecto de ley original—y la diferenciación en el tratamiento judicial entre exguerrilleros y actores de las fuerzas estatales.

Las proposiciones del uribismo ganaron la puja en ambos asuntos. Sobre la extradición, inicialmente se propuso que la JEP decretara “únicamente las pruebas que sean estrictamente necesarias y pertinentes para establecer la fecha de comisión de la conducta”, pues se conoce que, para hacer efectiva la extradición, los crímenes tuvieron que haber sido cometidos después de la firma del acuerdo. Con la modificación aprobada por 31 senadores, esta competencia le será arrebatada a la justicia transicional con el fin de que “las solicitudes de extradición no sean injustificadamente dilatadas cuando ya la Corte Suprema de Justicia está capacitada para investigar”.

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A pesar de que los ministros de Interior y Justicia, Guillermo Rivera y Enrique Gil, insistieron en que el alcance de la JEP es “judicial y no notarial” y, por tanto, debería tener facultades probatorias, la controversial suspensión de la extradición de exlíder guerrillero ‘Jesús Santrich’ puso en el ojo del huracán las capacidades de la JEP en este sentido y el Senado prefirió adoptar esta modificación.

Las mayorías del Capitolio votaron positivamente también a la adición del artículo que busca darle un procedimiento “especial y diferenciado” al juzgamiento de los miembros de la Fuerza Pública, a pesar de las diversas advertencias por parte del ministro de Defensa, Luis Carlos Villegas, quien aseguró que cambiar dicho proceso no solo podría poner en el limbo jurídico sino también bajo la lupa de la Corte Penal Internacional a los militares y policías involucrados.

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“En términos del Mundial, hemos logrado ganar el último partido de este campeonato de la paz 2014 – 2018. Nos metieron un par de goles ilegales en el último minuto, pero el VAR, que es la Corte Constitucional, los va a corregir”, señaló Roy Barreras, su ponente.

“Bienvenidos al gobierno de Iván Duque”, fueron las palabras de Paloma Valencia, promotora de las modificaciones, luego de la votación en el Legislativo.

Por -Redacción Política

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