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Después de un largo recorrido, en el que cerca de cinco mil víctimas participaron con sus comentarios y críticas en las diez audiencias públicas efectuadas para socializar el proyecto de ley, todo parece indicar que las mayorías gubernamentales aprobarán el articulado con las modificaciones que se le hicieron al proyecto inicial, aceptado en el Senado el año pasado con el visto bueno de todos los partidos. Modificaciones tan radicales que más de uno estima conveniente que se archive el proyecto, en cuyo caso habría que arrancar de cero. De lo contrario, será la Corte Constitucional la encargada de revisarlo, ya convertido en ley, en busca de las modificaciones que violan flagrantemente los derechos de las víctimas.
La insistencia del Gobierno, ratificada por el propio presidente Uribe en el V Congreso Internacional de Víctimas del Terrorismo realizado en Medellín, en que la reparación para las víctimas de los agentes del Estado requiera de una sentencia judicial previa, es una de las modificaciones que más revuelo han causado. Y ello pese a que en un principio el Gobierno no estaba dispuesto siquiera a reconocer a las víctimas de Estado, con el argumento de que los victimarios de los grupos armados irregulares no eran equiparables con los representantes del Estado.
A diferencia de las víctimas del paramilitarismo y las guerrillas, las víctimas de las ejecuciones extrajudiciales no podrían acudir a una reparación por la vía administrativa. Los agentes estatales, sostuvo el viceministro de Justicia, Miguel Ceballos, “deben ser vencidos en juicio”. De aprobarse el proyecto, como parece que ocurrirá, se estaría violando el principio a la igualdad, ya que el trato es claramente discriminatorio, pese a que el dolor, cualquiera sea el victimario, es el mismo.
Siguiendo el mismo patrón, el concepto de restitución de bienes en el que se enmarca el proyecto de ley con miras a la reconciliación y el posconflicto ha sido ampliamente tergiversado. Pese a que la sentencia T-085 de 2009 de la Corte Constitucional advierte sobre la importancia de que las víctimas regresen a la situación en la que se encontraban “antes de la transgresión de sus derechos”, el texto actual del proyecto sólo se compromete a restituir las tierras. Si en el Proyecto aprobado en el Senado se contemplaba la restitución del patrimonio usurpado, en su totalidad, la modificación hecha en la Cámara implica que sólo los bienes inmuebles serán resarcidos. Y ello a partir de una serie de subsidios de vivienda urbana y rural que no compensan el valor de lo perdido. Subsidios a los que, por lo demás, tienen acceso ciudadanos que no son víctimas del conflicto armado.
La reparación, que era integral y para un universo amplio de víctimas, ha quedado tan desfigurada en el proyecto que hoy busca su aprobación, que la propuesta excluye a las víctimas de parejas gays y lesbianas, así como a víctimas de agentes estatales que no hacen parte de la Fuerza Pública. Es más, aduciendo viabilidad tributaria, el Gobierno redujo los montos de las reparaciones administrativas hasta un punto en que más parece que se tratara de ayuda humanitaria.
Este último punto, de particular relevancia, prácticamente define el espíritu minimalista del proyecto de ley que está próximo a aprobarse: el Estado reconoce, restituye y repara a las víctimas con apego al principio de la solidaridad. Y olvida que frente a la Constitución, pero también según compromisos adquiridos ante instancias internacionales, es el llamado a garantizar los derechos de las víctimas.