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Mucho más allá de las cosas que se adelantan a nivel médico (se trata de una intervención quirúrgica a la par de un acompañamiento sicológico), el debate se centra en si esto es realmente necesario. Si esto puede hacer parte de aquello que financiamos todos los demás.
Para responder las preguntas que se generan, hay que barrer el mucho palabrerío que se cierne alrededor: no es desde la moral ni desde la religión de donde se debe partir para comenzar a discutir. No podemos pensar que hay personas que cometen un pecado o que van en contra de las buenas costumbres y que, por eso, los tratamientos deben ser negados. El debate debe darse en términos de derechos ciertos y conocidos. ¿Es la identidad de la persona razón suficiente para que su sexo cambie por una operación? Y por ahí derecho, preguntar también por la autonomía del individuo: ¿razón suficiente?
Este diario realizó hace poco un informe que contaba el trasegar jurídico de una mujer que durante su infancia y adolescencia no se sentía cómoda con ser hombre: desde pequeña empezó, siendo un niño, a vestirse de mujer, ante el reproche de muchos. Pese a que encontró el soporte de una parte de su familia, el hecho que se conoce comúnmente como “salir del clóset” quedó sujeto a dos condiciones que tomarían tiempo. Intentó suicidarse en dos ocasiones. Muchos pensarían que esta persona no tuvo la crianza adecuada, que debería buscar una ayuda para alejar estos pensamientos, que no es lo “normal”.
Sin embargo, cuando fue al hospital San Ignacio a hacerse una valoración psiquiátrica, los médicos dieron con el diagnóstico: disforia de género. Quienes estudian estos temas de manera juiciosa consideran que esto no es un “padecimiento”, sino una condición, algo con lo que se nace aunque no de forma patológica: una diferenciación sexual entre lo neurológico y lo anatómico, tal como se lo explicaron a la revista Vice, en su edición colombiana, para hacer un perfil sobre la misma materia.
Esta condición define a la persona: su identidad, que está en el cerebro, debe muchas veces corresponder con su orientación sexual y con su manifestación biológica. Cuando el conjunto se rompe, el individuo puede experimentar problemas de todo tipo. De ahí que la Corte haya decidido —ya en una consolidada jurisprudencia— la orden para que el sexo sea cambiado: “la salud no equivale únicamente a un estado de bienestar físico o funcional. Incluye también el bienestar psíquico, emocional y social de las personas”. La identidad afecta el derecho a la salud: uno que, en Colombia, es de carácter fundamental. Por eso, lo que puede hacer un Estado es meterle la ficha por el lado de la aceptación: es lo más lógico que puede hacer.
Sin duda alguna, todas las decisiones que se han tomado son una luz de esperanza para las personas trans que hay en el país. Pero el debate debe ser más amplio: una vez estas personas se someten a la operación, probablemente no consideren que estén cambiando de sexo sino afirmando, a nivel biológico, el que siempre han tenido. El paso a seguir es, por supuesto, el entendimiento por parte de la sociedad. Hacen falta aún esfuerzos: hace falta que esto deje de ser noticia. Pero vaya si el avance en términos de derechos es una realidad.