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¿Qué son "políticas públicas"?

Tulio Elí Chinchilla
08 de octubre de 2010 - 02:55 a. m.
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NO UTILIZAR LA EXPRESIÓN "POLÍticas públicas" en una conferencia sobre gestión gubernamental puede ser una señal de estar desactualizado, out.

Se trata de un concepto que goza de alto aprecio en la jerga pública, neologismo que nombra algo significativo, pero cuyo campo semántico es etéreo para la mayoría de quienes lo utilizan y para casi todos los que lo escuchan.

Ayer se exigía tener una política educativa, de salud, del medio ambiente, de vivienda, etc. Hoy es preciso que cada agencia estatal (ministerio, municipio) formule, implemente y evalúe una política pública sobre todas las materias. Ningún concejo municipal escatima acuerdos mediante los cuales “se adopta la política pública en X materia”, aunque la mayoría de tales actos se quedan en simples proclamaciones de objetivos macro-sociales, tan plausibles que cualquiera los suscribiría y tan vagos que nadie podría evaluar su cumplimiento.

Autores como Jorge Iván Cuervo (Ensayos sobre políticas públicas, Universidad Externado, 2007) definen la política pública como un flujo de decisiones coherentes y sostenibles. Otros, como la investigadora Luisa Fernanda Cano de la Universidad de Antioquia, la identifican como “flujo de acciones y decisiones intencionalmente coherentes y racionalmente focalizadas a fin de resolver, de manera puntual, un problema definido como público” (Revista Estudios de Derecho, Nº 149, junio de 2010). Para la profesora Cano, la participación democrática en el diseño de la política pública y que ésta pueda ser reconvertida en derechos, son componentes esenciales de la misma. Entonces el concepto de política pública denota tanto un tipo de pauta normativa de direccionamiento de la acción pública, como también un instrumento analítico de observación de tal gestión.

Surgen interrogantes: ¿En qué medida las políticas públicas son un instrumento de realización de los derechos sociales? ¿La política pública se plasma en ley o en reglamento, o, al contrario, son un desarrollo de ese marco normativo? ¿Qué fuerza vinculante tiene una política pública? ¿Es competente el juez constitucional para diseñar políticas públicas (la sentencia T-025 de 2004 la trazó a favor de los desplazados y la T-760 de 2008 condensó la de salud) ¿Qué significa una política pública de derechos fundamentales o de justicia? ¿Qué diferenciaría una política pública de un plan de desarrollo?

En ciertos contextos la idea de política pública parece entrañar un valor en sí mismo, tenerla es un avance en la búsqueda del bienestar, marca la diferencia entre el mundo desarrollado y el tercero. Sin embargo, tener una política pública no garantiza de por sí un logro mostrable y eficaz: esa política puede ser evaluada como deleznable en réditos sociales, o condenada al fracaso.

Ojalá que un instrumento conceptual y metodológico tan valioso y útil no termine siendo un estribillo vacío que el coro repite para estar a la moda. Si hemos de tomárnoslo en serio, es urgente darle un alcance riguroso, formato técnico y aplicarlo en investigaciones de problemas sociales concretos. Hay que salvarlo del estado nebuloso que caracteriza las expresiones de nuestra retórica empalagosa.

 

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