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El Estado de Derecho es la materialización de un propósito excelso, político y moral a la vez: la erradicación del despotismo del monarca, es decir, del mandato del gobernante, obediente tan sólo a su capricho y amparado en una supuesta potestad conferida por la voluntad divina. Conseguir que el ejercicio del poder, antes arbitrario, quede sometido a las reglas del derecho, tiene que contarse entre las grandes conquistas de la humanidad.
Pero el Estado constitucional de derecho implica un avance cualitativo inapreciable: precaver algo que había pasado inadvertido, a saber, que también las mayorías puedan decidir caprichosamente en desmedro de sectores minoritarios de la población que reclaman derechos que no pueden ser negados o recortados con argumentos fuertes de razón publica. Asunto que puede plantearse de la siguiente forma: ¿hay temas problemáticos que deban sustraerse a la decisión mayoritaria? Y la respuesta indudablemente es sí. ¿Como cuáles? Voy a señalar apenas dos:
1. Los asuntos técnicos y científicos que reclaman una respuesta concluyente (en la medida en que la ciencia puede darla), expuesta a la prueba de la razón y la experiencia. Ejemplos pueden darse a granel, pero uno paradigmático me parece que basta. ¿No sería descabellado convocar al pueblo a que mediante sufragio universal dirimiera el asunto de si el universo fue creado según la rica ficción fantasiosa del Génesis o si está bien orientada la hipótesis abstrusa del Big Bang? ¿Alguien con mediana sensatez podrá pensar que la respuesta definitiva proceda de las urnas? A veces uno piensa, oyendo o leyendo a la senadora Viviane Morales, que es eso lo que se propone con su dislocada propuesta de referendo contra la adopción por parte de las parejas homosexuales. Como hay un debate académico y científico en torno a los trastornos y sesgos de orientación que puedan padecer los menores adoptados y, a su juicio, la balanza se inclina por una respuesta afirmativa (cosa que parece refutada abrumadoramente por estudios serios y abundantes hechos), que la mayoría profana diga a quién asiste la razón (¿a Ptolomeo o a Copérnico?).
Pero, desde luego, la ambigüedad diluye, en apariencia, las verdaderas razones subyacentes a la iniciativa: para la senadora Morales (hay que asumirlo así por las creencias que defiende) es pecaminosa y “contra natura” la unión conyugal de dos personas del mismo sexo, y ni qué decir de que tengan la temeridad de tratar como hijos a quienes no engendraron ni concibieron.
2. Los asuntos relativos a las creencias. ¿Tiene una persona, en una sociedad pluralista, regida por un Estado laico, el derecho a organizar su vida y su comportamiento en armonía con sus creencias religiosas? La respuesta es sí, más allá de toda duda. Pero ¿puede con igual legitimidad convocar a los ciudadanos que muy probablemente comparten las mismas creencias derivadas de una fe común, respetables pero, por definición, injustificables racional y empíricamente, a que impongan obligaciones y restricciones en sus formas de vida a quienes profesan otras creencias o sólo tienen convicciones a que renuncien a la integridad y desarticulen su pensamiento de su conducta y vivan una vida inauténtica, porque así lo dispuso la regla mayoritaria?
He tenido un alto concepto de Viviane Morales como jurista y académica, pero advierto que esas calidades nada tienen que ver con sus iniciativas de creyente militante.
La democracia es la promesa de convivencia grata entre sujetos autónomos que a nadie dañan, aunque sí pueden molestar conciencias fanáticas que defienden sus prejuicios con argumentos de razón privada como si fueran del interés común.