10 de mayo de 2015 - 04:56 p. m.
‘El ICBF no expulsa a los jóvenes que cumplen 18 años’
Eduardo Franco Solarte, subdirector de adopciones del ICBF asegura que el Instituto los mantiene bajo protección hasta que están preparados para la vida independiente.
Pilar Cuartas Rodríguez
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En medio del debate sobre la adopción en Colombia, en el que la Corte Constitucional estudia una demanda con la que se pretende avalar la adopción gay, algunos expertos y directivos de las instituciones autorizadas para estos procesos han criticado reiteradamente algunas trabas en el sistema de adopciones. La discriminación hacia los niños enfermos o mayores de ocho años, el déficit de defensores de familia que no dan abasto con el número de casos y una supuesta falta de continuidad en las administraciones del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) son algunas de las críticas.
Lo cierto es que la adopción en el país se redujo en 62% en los últimos cinco años y 5.283 niños esperan encontrar un hogar. Otros 5.096 jóvenes se volvieron adultos bajo la protección del sistema. Sin embargo, hay 336 familias colombianas y 2.796 extranjeras en lista de espera que quieren adoptar y no han podido.
¿Qué pasa con las adopciones? En entrevista con El Espectador, Eduardo Franco Solarte, subdirector para estos asuntos en el ICBF, explica que los procesos se demoran más de lo debido por la extensa búsqueda de los familiares de los menores, que se extiende hasta el sexto grado de consanguinidad. Anuncia que la institución prepara modificaciones.
En los últimos cinco años el número de niños adoptados en Colombia pasó de 3.058 en 2010 a 1.148 en 2014. ¿A qué se debe esa reducción?
Esa disminución ha sido uno de los efectos que ha tenido, sobre el proceso de adopción, la aplicación de la famosa búsqueda de la familia del niño hasta el sexto grado consanguinidad, que está llevando a que en muchos casos los procesos administrativos de restablecimientos de derechos se embarquen en búsquedas muy amplias. Eso reduce las posibilidades porque los procedimientos se extienden más de lo que uno esperaría.
El trámite para definir la situación jurídica de un menor debe durar máximo 6 meses pero hay niños que pasan años sin que se les resuelva…
Los defensores de familia cumplen su deber de adelantar el proceso de restablecimiento de derechos conforme a la ley, ya sea para declarar la adoptabilidad del menor o su reintegro a la familia. Siempre se parte de la base de que la familia biológica tiene idoneidad ideológica para cuidar al niño y la intervención del Estado implica verificar eso. Adelantar la búsqueda de la familia hasta sexto grado consanguinidad lo que hace es extender el tiempo de un niño bajo los servicios de protección.
En el país hay 5.283 niños con características especiales que esperan ser adoptados. ¿Por qué los colombianos no los adoptan?
Los colombianos no hemos mostrado apertura a lo que implica adoptar un niño con características especiales, que son aquellos que pertenecen a grupos de más tres hermanos, mayores de ocho años, con discapacidades, entre otros. Finalmente, todo esto hace parte de la cultura y de lo que hemos construido alrededor del cuidado de los niños.
¿Y esta discriminación ha sido una tendencia histórica o reciente?
En los últimos años esto ha sido una tendencia permanente dentro del programa de adopciones. El ICBF sigue adelantando los esfuerzos necesarios para modificar esa cultura porque finalmente nuestro deber como Estado es hacer prevalecer lo que dice la ley, que los colombianos tienen prelación al momento de adoptar. Solamente cuando se determina que no hay una familia colombiana con apertura para adoptar a cierto niño es que se recurre a la adopción internacional, como mecanismo extremo y subsidiario.
¿Qué países adoptan con frecuencia niños con necesidades especiales?
La vía de la adopción internacional ha permitido ampliamente la adopción de niños con características especiales por la mayor apertura de los extranjeros. Esta sigue siendo una herramienta válida e idónea. Las solicitudes llegan de países como Estados Unidos, Italia, Francia, Alemania, Noruega y Finlandia.
¿Qué pasa con los 5.096 jóvenes que cumplieron los 18 años y no fueron adoptados?¿Salen del sistema de protección?
Apenas cumplen los 18 años el ICBF no los expulsa de los servicios de protección, ellos permanecen mientras que su etapa formativa y de preparación para la vida adulta concluye y eso lo determina un grupo de expertos. Antes de cumplir la mayoría de edad, el enfoque de intervención con los niños varía, pues hay que trabajar con ellos los imaginarios que hay detrás de la vida institucionalizada y de la vida por fuera de las instituciones. Se trabaja el aspecto vocacional y se apoya la formación técnica, tecnológica y universitaria de esos adolescentes.
Hay quienes dicen que el ICBF tiene un déficit de defensores de familia (1.018). ¿Es cierto?
El instituto realiza un estudio para determinar la carga en cada una de sus defensorías de familia. En los últimos años, la sociedad ha asumido como propia la causa de los derechos de los niños. Eso hace que situaciones que antes no eran reportadas ahora lo sean. Más aún si se tiene en cuenta que los estudios de epidemiología de la violencia en las familias han demostrado que esos entornos familiares son las mayores fuentes de agresión y vulnerabilidad, lo que amplía la cantidad de casos analizados por las defensorías de familia y aumenta la carga. La dirección general del ICBF entendió que esa era una problemática, que la salud ocupacional de los defensores merecía toda su atención y que tenía que trabajar para brindarles las herramientas necesarias para hacer su trabajo con mayor prontitud.
¿Hay un número ideal de los casos que debería llevar cada defensor de familia?
Es un dato que en la actualidad se encuentra bajo estudio.
Otra de las críticas es que no hay continuidad en las políticas por el cambio constante de los subdirectores. ¿Está de acuerdo?
Esa rotación que critican en realidad, históricamente, no tiene un sustento, ya que, por ejemplo, la penúltima subdirectora de adopciones alcanzó a durar siete años en el cargo. El programa de adopciones finalmente es uno solo, tiene integridad en su trámite y cuenta con un equipo profesional que siempre ha estado a cargo de mantener su funcionamiento y que la Constitución, la ley y los tratados internacionales se cumplan a cabalidad.
En un concepto enviado a la Corte Constitucional el ICBF dijo que la orientación sexual de los padres no incide en la formación de los niños pero le pidió al alto tribunal que se declarara inhibido porque la adopción es un derecho a favor de los niños y no de los adultos. ¿Debe o no la Corte aprobar la adopción gay?
La posición del ICBF es una sola y está reflejada en un comunicado que se hizo público en su momento.
¿Se prepara alguna modificación en los lineamientos técnicos para las adopciones?
Ese trabajo aún sigue en preparación y va a contemplar toda la dinámica del programa de adopción para que el trámite responda a las necesidades más importantes.
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En medio del debate sobre la adopción en Colombia, en el que la Corte Constitucional estudia una demanda con la que se pretende avalar la adopción gay, algunos expertos y directivos de las instituciones autorizadas para estos procesos han criticado reiteradamente algunas trabas en el sistema de adopciones. La discriminación hacia los niños enfermos o mayores de ocho años, el déficit de defensores de familia que no dan abasto con el número de casos y una supuesta falta de continuidad en las administraciones del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) son algunas de las críticas.
Lo cierto es que la adopción en el país se redujo en 62% en los últimos cinco años y 5.283 niños esperan encontrar un hogar. Otros 5.096 jóvenes se volvieron adultos bajo la protección del sistema. Sin embargo, hay 336 familias colombianas y 2.796 extranjeras en lista de espera que quieren adoptar y no han podido.
¿Qué pasa con las adopciones? En entrevista con El Espectador, Eduardo Franco Solarte, subdirector para estos asuntos en el ICBF, explica que los procesos se demoran más de lo debido por la extensa búsqueda de los familiares de los menores, que se extiende hasta el sexto grado de consanguinidad. Anuncia que la institución prepara modificaciones.
En los últimos cinco años el número de niños adoptados en Colombia pasó de 3.058 en 2010 a 1.148 en 2014. ¿A qué se debe esa reducción?
Esa disminución ha sido uno de los efectos que ha tenido, sobre el proceso de adopción, la aplicación de la famosa búsqueda de la familia del niño hasta el sexto grado consanguinidad, que está llevando a que en muchos casos los procesos administrativos de restablecimientos de derechos se embarquen en búsquedas muy amplias. Eso reduce las posibilidades porque los procedimientos se extienden más de lo que uno esperaría.
El trámite para definir la situación jurídica de un menor debe durar máximo 6 meses pero hay niños que pasan años sin que se les resuelva…
Los defensores de familia cumplen su deber de adelantar el proceso de restablecimiento de derechos conforme a la ley, ya sea para declarar la adoptabilidad del menor o su reintegro a la familia. Siempre se parte de la base de que la familia biológica tiene idoneidad ideológica para cuidar al niño y la intervención del Estado implica verificar eso. Adelantar la búsqueda de la familia hasta sexto grado consanguinidad lo que hace es extender el tiempo de un niño bajo los servicios de protección.
En el país hay 5.283 niños con características especiales que esperan ser adoptados. ¿Por qué los colombianos no los adoptan?
Los colombianos no hemos mostrado apertura a lo que implica adoptar un niño con características especiales, que son aquellos que pertenecen a grupos de más tres hermanos, mayores de ocho años, con discapacidades, entre otros. Finalmente, todo esto hace parte de la cultura y de lo que hemos construido alrededor del cuidado de los niños.
¿Y esta discriminación ha sido una tendencia histórica o reciente?
En los últimos años esto ha sido una tendencia permanente dentro del programa de adopciones. El ICBF sigue adelantando los esfuerzos necesarios para modificar esa cultura porque finalmente nuestro deber como Estado es hacer prevalecer lo que dice la ley, que los colombianos tienen prelación al momento de adoptar. Solamente cuando se determina que no hay una familia colombiana con apertura para adoptar a cierto niño es que se recurre a la adopción internacional, como mecanismo extremo y subsidiario.
¿Qué países adoptan con frecuencia niños con necesidades especiales?
La vía de la adopción internacional ha permitido ampliamente la adopción de niños con características especiales por la mayor apertura de los extranjeros. Esta sigue siendo una herramienta válida e idónea. Las solicitudes llegan de países como Estados Unidos, Italia, Francia, Alemania, Noruega y Finlandia.
¿Qué pasa con los 5.096 jóvenes que cumplieron los 18 años y no fueron adoptados?¿Salen del sistema de protección?
Apenas cumplen los 18 años el ICBF no los expulsa de los servicios de protección, ellos permanecen mientras que su etapa formativa y de preparación para la vida adulta concluye y eso lo determina un grupo de expertos. Antes de cumplir la mayoría de edad, el enfoque de intervención con los niños varía, pues hay que trabajar con ellos los imaginarios que hay detrás de la vida institucionalizada y de la vida por fuera de las instituciones. Se trabaja el aspecto vocacional y se apoya la formación técnica, tecnológica y universitaria de esos adolescentes.
Hay quienes dicen que el ICBF tiene un déficit de defensores de familia (1.018). ¿Es cierto?
El instituto realiza un estudio para determinar la carga en cada una de sus defensorías de familia. En los últimos años, la sociedad ha asumido como propia la causa de los derechos de los niños. Eso hace que situaciones que antes no eran reportadas ahora lo sean. Más aún si se tiene en cuenta que los estudios de epidemiología de la violencia en las familias han demostrado que esos entornos familiares son las mayores fuentes de agresión y vulnerabilidad, lo que amplía la cantidad de casos analizados por las defensorías de familia y aumenta la carga. La dirección general del ICBF entendió que esa era una problemática, que la salud ocupacional de los defensores merecía toda su atención y que tenía que trabajar para brindarles las herramientas necesarias para hacer su trabajo con mayor prontitud.
¿Hay un número ideal de los casos que debería llevar cada defensor de familia?
Es un dato que en la actualidad se encuentra bajo estudio.
Otra de las críticas es que no hay continuidad en las políticas por el cambio constante de los subdirectores. ¿Está de acuerdo?
Esa rotación que critican en realidad, históricamente, no tiene un sustento, ya que, por ejemplo, la penúltima subdirectora de adopciones alcanzó a durar siete años en el cargo. El programa de adopciones finalmente es uno solo, tiene integridad en su trámite y cuenta con un equipo profesional que siempre ha estado a cargo de mantener su funcionamiento y que la Constitución, la ley y los tratados internacionales se cumplan a cabalidad.
En un concepto enviado a la Corte Constitucional el ICBF dijo que la orientación sexual de los padres no incide en la formación de los niños pero le pidió al alto tribunal que se declarara inhibido porque la adopción es un derecho a favor de los niños y no de los adultos. ¿Debe o no la Corte aprobar la adopción gay?
La posición del ICBF es una sola y está reflejada en un comunicado que se hizo público en su momento.
¿Se prepara alguna modificación en los lineamientos técnicos para las adopciones?
Ese trabajo aún sigue en preparación y va a contemplar toda la dinámica del programa de adopción para que el trámite responda a las necesidades más importantes.
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Por Pilar Cuartas Rodríguez
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