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El pasado martes 17 de enero quedó firme la condena a la Fiscalía por divulgar información personal de Carolina Sabino, una de las cantantes y actrices más reconocidas del país.
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En el año 2015, la Fiscalía General de la Nación interceptó unas llamadas telefónicas entre Carolina Sabino y su hermana, en las que la actriz comentaba que se había practicado una interrupción voluntaria del embarazo. Con esa información, el ente señaló que vincularía a la actriz a un proceso penal. Sin embargo, en febrero de 2016 el proceso fue archivado al determinarse que la interrupción de ese embarazo estaba dentro de las causales permitidas por la ley.
Tiempo después, Sabino demandó a la Fiscalía por omitir la reserva del proceso, permitir que su vida personal quedará al descubierto y filtrar datos de su historia clínica. “Lo que importa acá es que la Fiscalía archivó el proceso y reconoció su equivocación y mal proceder y le dan cierre a cualquier investigación judicial, (...) Me preocupa que haya tomado una historia tan personal para violentar mi integridad como mujer”, indicó la actriz.
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En 2020 un juzgado de Bogotá le ordenó a la Fiscalía indemnizar a la actriz por el escarnio público al que tuvo que enfrentarse, luego de que la entidad revelara que le imputaría cargos por el delito de aborto. El pasado martes un fallo de segunda instancia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca ratificó esa decisión.
¿Cuánto le deberán pagar a Carolina Sabino?
Por tal motivo, la Fiscalía General de la Nación le debe pagar a Sabino la suma de 464 millones de pesos. Además, la entidad debe ofrecer disculpas públicas a la actriz y a su familia por los daños y perjuicios morales que se ocasionaron al haber anunciado la citación a audiencia de imputación de cargos en su contra.
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“La Sala reitera que la mujer es un sujeto especial de protección reforzada, por lo que el deber de la Fiscalía de investigar los delitos, no era excusa para no haber adelantado una indagación con enfoque de género a fin de garantizar una justicia accesible, igualitaria y respetuosa de los derechos de la mujer, quien además de soportar el reproche penal también tuvo que afrontar los hechos que rodearon la decisión sobre su vida sexual y reproductiva”, señaló el fallo.