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                                                                                                                                Este es el decreto que beneficia a los empleados por prestación de servicios

                                                                                                                                La entrada en vigencia del decreto 1273 del 23 de julio de 2018 tiene muchas ventajas para usted. ¿De qué se trata?

                                                                                                                                * El Espectador

                                                                                                                                Pixabay
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                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                El pasado 23 de julio entró en vigencia el decreto 1273 el cual manifiesta que desde el 1 de octubre del 2018 se podrán realizar los aportes en la modalidad mes vencido, un verdadero alivio para todos los contratistas. Para más información consulte: http://crearse.co/

                                                                                                                                Read more!

                                                                                                                                 

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                                                                                                                                Juan Camilo Arriero gerente contable de 'Crear soluciones', organización especializada en manejo contable de pequeñas y medianas empresas afirma que:"El decreto es una buena medida contra la evasión de aportes a la economía de los contratistas, además de ser un alivio, este permitirá tener un mejor flujo de caja brindando la posibilidad de hacer el pago de aportes una vez reciban el pago de los honorarios, si estos se hacen a mes vencido" .

                                                                                                                                Con el nuevo decreto, el pago debe realizarse los primeros cinco días hábiles del mes siguiente, de acuerdo con los dos últimos dígitos de su documento de identificación. En el caso de haber una remuneración indeterminada no se debe mensualizar el IBL (ingreso base de liquidación), en lugar de eso se deberá registrar el pago dependiendo de los honorarios que se generan cada mes. Cabe resaltar que los trabajadores independientes, según la norma, sólo realizarán sus aportes sociales de acuerdo con los días trabajados en el mes, teniendo en cuenta las novedades de ingreso y retiro. Esto implica también que ahora las ARL y EPS no podrán negar la prestación de los servicios a los contratistas.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Consiga las mejores ofertas laborales en DreamJobs https://empresa.dreamjobs.com.co/landing/elespectador

                                                                                                                                 

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                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                El pasado 23 de julio entró en vigencia el decreto 1273 el cual manifiesta que desde el 1 de octubre del 2018 se podrán realizar los aportes en la modalidad mes vencido, un verdadero alivio para todos los contratistas. Para más información consulte: http://crearse.co/

                                                                                                                                Read more!

                                                                                                                                 

                                                                                                                                Disminución de barreras economicas para adquirir un contrato de servicios

                                                                                                                                Juan Camilo Arriero gerente contable de 'Crear soluciones', organización especializada en manejo contable de pequeñas y medianas empresas afirma que:"El decreto es una buena medida contra la evasión de aportes a la economía de los contratistas, además de ser un alivio, este permitirá tener un mejor flujo de caja brindando la posibilidad de hacer el pago de aportes una vez reciban el pago de los honorarios, si estos se hacen a mes vencido" .

                                                                                                                                Con el nuevo decreto, el pago debe realizarse los primeros cinco días hábiles del mes siguiente, de acuerdo con los dos últimos dígitos de su documento de identificación. En el caso de haber una remuneración indeterminada no se debe mensualizar el IBL (ingreso base de liquidación), en lugar de eso se deberá registrar el pago dependiendo de los honorarios que se generan cada mes. Cabe resaltar que los trabajadores independientes, según la norma, sólo realizarán sus aportes sociales de acuerdo con los días trabajados en el mes, teniendo en cuenta las novedades de ingreso y retiro. Esto implica también que ahora las ARL y EPS no podrán negar la prestación de los servicios a los contratistas.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                No ad for you

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