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La cédula de Amparo Grisales, ¿privada o pública?

La imagen de la cédula de la actriz fue difundida en las redes sociales. Este incidente, más allá de revelar su edad, conlleva a pensar de nuevo en los límites de la privacidad.

Redacción Judicial
12 de mayo de 2016 - 11:47 p. m.
Amparo Grisales. / Caracol TV
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El pasado miércoles, el tuitero Carlos Cáceres (@deverasCarlos) publicó la fotografía de la cédula de Amparo Grisales, la diva que hizo que durante años los colombianos se preguntaran por su edad. Grisales ha estado vigente desde la década del 70 y el tiempo parecía pasar desapercibido por su apariencia. Para algunos es un tema superficial, para otros revive el debate sobre cuál es el límite entre la información pública y la personal.

A propósito del tema, El Espectador consultó a un abogado sobre cuáles son los límites a la hora de revelar documentos privados de terceros. “Las personas pueden hacer uso de su imagen o de sus datos personales como desee, pero que su vida no tenga punto alguno de privacidad e intimidad es diferente”. Cáceres se defiende argumentando que tomó la fotografía de Facebook y la tuiteó, pero que no fue él quien la publicó en primera medida.

“Hay ámbitos que las personas tienen. Hay uno privado, que es el interno, el personal. Otro es un ámbito en el que el Estado te exige figurar y participar públicamente, como por ejemplo, en las elecciones. Pero de ahí a que el uso de tu imagen, tus datos personales, en ámbitos públicos, sobrepasa el interés institucional y cívico”, añade el jurista consultado por este diario y quien pidió reserva de su nombre.

El debate sobre el caso siguió donde se originó: en Twitter. Francisco Bernate (@fbernate), el abogado de Amparo Grisales, declaró que la persona que publicó la cédula de la actriz habría cometido los delitos de hostigamiento y receptación, que se castigan en Colombia con hasta tres y 12 años de prisión, respectivamente. Según esto, el primer caso tiene que ver directamente con la difusión de la imagen por la web, y el segundo sería el hecho de retener una cédula que fue robada.

El abogado al que acudió El Espectador explica el tema de la siguiente forma: “Un ejemplo es dos actores dándose un beso en un restaurante. Es un escenario público y su relación se está exponiendo a la esfera pública. Pero diferente es que el celular de alguno de ellos se quede en el restaurante y en éste se encuentren una serie de videos personales y privados: ¿son publicables?”. La responsabilidad ética es una característica que no sobresale en la red. Allí son todos autónomos, se manejan de acuerdo a principios propios y reina la popularidad, así sea a costa de terceros.

Por Redacción Judicial

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