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                                                                                                                                La Haya y los naufragios

                                                                                                                                El fallo de la Corte Internacional de Justicia sobre el diferendo entre Colombia y Nicaragua pone en riesgo al menos 300 galeones hundidos en esa zona desde la época de la Colonia. España, al acecho.

                                                                                                                                Daniel de Narváez * / Especial para El Espectador

                                                                                                                                Imagen de los galeones de la Colonia hundidos en el Mar Caribe.
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Ahora que la soberanía en nuestros cayos está siendo atacada, cabe preguntarnos a quién le pertenecen las naves coloniales y su carga yacentes en nuestras aguas: ¿a España, a Colombia o a Nicaragua? Nuestra Ley de Cultura establece derechos sobre el Patrimonio Sumergido: “Pertenecen al patrimonio cultural o arqueológico de la Nación… las ciudades o cementerios de grupos humanos desaparecidos, las especies náufragas constituidas por las naves y su dotación, y demás bienes muebles yacentes dentro de éstas, o diseminados en el fondo del mar, que se encuentren en el suelo o subsuelo marinos de las aguas interiores, el mar territorial, la plataforma continental o zona económica exclusiva, cualesquiera que sea su naturaleza o estado y la causa o época del hundimiento o naufragio…”.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Nuestro título sobre los galeones españoles se fundamenta en la Constitución de Cúcuta de 1821, donde todos los bienes que durante la Colonia pertenecían a la Corona Española pasaron a formar parte del patrimonio de la República, gozando del dominio por encontrarse en predios de la Nación. Esa propiedad fue confirmada en el artículo 202 de la Constitución de 1886; en la Ley 14 de 1936, en el Decreto 655 de 1968, en los artículos 63, 70 y 72 de la actual Constitución Política y en la Ley de la Cultura.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Respondió el doctor Mejía: “A mí me gusta mucho que el senador haya traído la lista de los naufragios en Colombia, todos traían mercancía al momento de su hundimiento, no estaban en actividades de guerra sino prestando actividades comerciales, por lo tanto, no caben dentro de esta Convención, porque no eran buques de guerra, porque todos venían prestándoles servicios a comerciantes del Nuevo Reino que estaban sacando contrabando de aquí para España, en el momento de su naufragio no son considerados buques de guerra, entonces con base en esta definición quedan excluidos la mayoría de los naufragios”.

                                                                                                                                Once años después vemos cuán errado estaba el exministro Mejía, España reclama no sólo las naves de guerra, sino las naves en funciones comerciales como el San José. Por recomendación del canciller Fernández de Soto, el presidente Andrés Pastrana decidió sabiamente abstenerse de adherir a esa peligrosa convención.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Tradicionalmente, en las cortes americanas era aceptada la tesis según la cual las naves del rey de España habían sido abandonadas y las cortes adjudicaron 34 títulos sobre galeones hundidos en Norteamérica, hasta que en 1999 surgieron los casos de la Galga y el Juno, que cambiaron el panorama mundial de los naufragios españoles en aguas americanas.

                                                                                                                                España ganó su reclamación, resultó que las naves hundidas hacia 250 años “nunca habían sido abandonadas” y se sentó un grave precedente. Las declaraciones del doctor Aznar toman cierta contundencia que asusta, en torno a la segunda reciente victoria española en las cortes americanas sobre 600.000 monedas recuperadas por Odyssey en aguas frente a Portugal.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Lo curioso y particular de ese fallo fue que la Mercedes era una nave de guerra, pero en funciones comerciales transportando en tiempos de paz a mujeres y niños, madera, lana, cobre, estaño y un millón de monedas pertenecientes a comerciantes americanos, aun así España ganó el litigio.

                                                                                                                                Imagen de los galeones de la Colonia hundidos en el Mar Caribe.
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Ahora que la soberanía en nuestros cayos está siendo atacada, cabe preguntarnos a quién le pertenecen las naves coloniales y su carga yacentes en nuestras aguas: ¿a España, a Colombia o a Nicaragua? Nuestra Ley de Cultura establece derechos sobre el Patrimonio Sumergido: “Pertenecen al patrimonio cultural o arqueológico de la Nación… las ciudades o cementerios de grupos humanos desaparecidos, las especies náufragas constituidas por las naves y su dotación, y demás bienes muebles yacentes dentro de éstas, o diseminados en el fondo del mar, que se encuentren en el suelo o subsuelo marinos de las aguas interiores, el mar territorial, la plataforma continental o zona económica exclusiva, cualesquiera que sea su naturaleza o estado y la causa o época del hundimiento o naufragio…”.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Nuestro título sobre los galeones españoles se fundamenta en la Constitución de Cúcuta de 1821, donde todos los bienes que durante la Colonia pertenecían a la Corona Española pasaron a formar parte del patrimonio de la República, gozando del dominio por encontrarse en predios de la Nación. Esa propiedad fue confirmada en el artículo 202 de la Constitución de 1886; en la Ley 14 de 1936, en el Decreto 655 de 1968, en los artículos 63, 70 y 72 de la actual Constitución Política y en la Ley de la Cultura.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Respondió el doctor Mejía: “A mí me gusta mucho que el senador haya traído la lista de los naufragios en Colombia, todos traían mercancía al momento de su hundimiento, no estaban en actividades de guerra sino prestando actividades comerciales, por lo tanto, no caben dentro de esta Convención, porque no eran buques de guerra, porque todos venían prestándoles servicios a comerciantes del Nuevo Reino que estaban sacando contrabando de aquí para España, en el momento de su naufragio no son considerados buques de guerra, entonces con base en esta definición quedan excluidos la mayoría de los naufragios”.

                                                                                                                                Once años después vemos cuán errado estaba el exministro Mejía, España reclama no sólo las naves de guerra, sino las naves en funciones comerciales como el San José. Por recomendación del canciller Fernández de Soto, el presidente Andrés Pastrana decidió sabiamente abstenerse de adherir a esa peligrosa convención.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                España ganó su reclamación, resultó que las naves hundidas hacia 250 años “nunca habían sido abandonadas” y se sentó un grave precedente. Las declaraciones del doctor Aznar toman cierta contundencia que asusta, en torno a la segunda reciente victoria española en las cortes americanas sobre 600.000 monedas recuperadas por Odyssey en aguas frente a Portugal.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Lo curioso y particular de ese fallo fue que la Mercedes era una nave de guerra, pero en funciones comerciales transportando en tiempos de paz a mujeres y niños, madera, lana, cobre, estaño y un millón de monedas pertenecientes a comerciantes americanos, aun así España ganó el litigio.

                                                                                                                                Por Daniel de Narváez * / Especial para El Espectador

                                                                                                                                Ver todas las noticias
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