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Esta semana llegó a Bogotá una representación de la Gente de Centro, que son los pueblos indígenas amazónicos Andoke, Nonuya, Muinane y Uitoto, para tener una audiencia con el magistrado Jorge Eliécer Moya Vargas, del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá.
Los delegados llegaron a manifestarle al magistrado sus dudas y exigencias frente a la conocida sentencia (4360) con la que en 2018 la Corte Suprema de Justicia declaró la Amazonia como sujeto de derechos. Entre la comitiva, se incluyen Hernán Moreno y Blasiney Moreno (Nonuya), Edwin Paky Barbosa (Muinane), Ney Guerrero y Marcelino Fiagama (Uitoto), y Néstor Andoque Macuna (Andoke).
La sentencia se emitió luego de una demanda interpuesta por 25 niños, niñas y jóvenes en la que le pidieron al Estado que protegiera los derechos de las futuras generaciones, teniendo en cuenta el significativo aumento de la deforestación en Colombia en 2017 y buscando prevenir los impactos a mayor escala que el cambio climático traería en los años siguientes.
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Tal como lo explicó una publicación del Instituto Sinchi en la Revista Colombia Amazónica, en 2018, firmada por el abogado Luis Fernando Macias, PhD en Ciencias políticas, que la Amazonia sea sujeto de derecho implica que el Estado debe evitar su degradación y conservar el ecosistema, es decir, la sentencia se refiere a que el sujeto de derechos es la naturaleza amazónica. El artículo apunta que no era necesaria la declaración para exigir las acciones que incluye la sentencia para proteger la Amazonia.
El documento tenía cuatro órdenes y un apartado importante al final que para diferentes expertos es prácticamente una quinta orden. Los cuatro primeros puntos hablaban de adoptar un Plan de Acción (PA) que vinculara diferentes ministerios, como el de Ambiente y Agricultura, entre otros; desarrollar un instrumento como el Pacto Intergeneracional para la Vida de la Amazonia Colombiana (PIVAC); que las corporaciones autónomas adelantaran planes para la contención de la deforestación; y que los municipios actualizaran sus planes de ordenamiento territorial y así se establecieran nuevas limitaciones para proteger los bosques.
El apartado del final ordenaba a las autoridades tomar medidas administrativas y judiciales inmediatas para contener la deforestación mientras se iban adelantando las cuatro órdenes. Por ese apartado final, explica Laura Santocoloma, PhD en Derecho Ambiental y directora de la línea de Justicia Ambiental de Dejusticia, se adoptaron medidas como el Consejo Nacional de Lucha contra la Deforestación (Conaldef), que encabeza el Ministerio de Ambiente, y que impulsó la Operación Artemisa.
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Para medir el cumplimiento de la sentencia, en 2021, desde el Tribunal, se ordenó realizar una matriz de indicadores que evidencien qué tanto se ha avanzado en su implementación, así como capacitaciones a las diferentes entidades sobre los indicadores. También, se ordenó que se crearan tres rutas de participación en la implementación de la sentencia: una para jóvenes, otra para comunidades indígenas y otra para campesinos. La única que ya está planteada es la última y, aunque las otras dos avanzan, no hay información pública.
Los delegados de Gente de Centro afirman que están disgustados porque desde que se firmó la sentencia no han sido consultados para ninguna decisión relacionada con la deforestación o el cambio climático en sus territorios. Los cuatro pueblos están asentados en el Medio Río Caquetá y la zona del resguardo Gran Predio Putumayo, que abarca más de tres millones de hectáreas.
También afirman que no les han dado información sobre las garantías de sus derechos ni sobre si habrá un enfoque para pueblos indígenas tanto en el Plan de Acción (PA), como en el Pacto Intergeneracional para la Vida en la Amazonia (PIVAC), que, de hecho, se continúan elaborando.
“No nos sentimos representados ni incluidos en el proceso que dictó la sentencia”, comenta Kevin Castro, líder del pueblo Uitoto y coordinador de Derechos Humanos del Consejo Regional Indígena del Medio Amazonas (CRIMA), que agrupa las autoridades indígenas de los cuatro pueblos.
Castro cuenta que desde hace dos años, con aliados estratégicos externos al gobierno, empezaron un proceso para comprender la sentencia, en la que, señala, el juez “puso primero el territorio y nos dejó a nosotros por fuera, que tenemos el conocimiento para conservarlo”. A través de ese proceso se conformó Gente de Centro con mesas de trabajo para hacer seguimiento a la sentencia.
Hernán Moreno, del pueblo Nonuya, puntualiza que “las acciones que el Estado planea hacer en nuestro territorio no garantiza nuestro consentimiento. La sentencia declara sujeto de derechos a la Amazonia, pero nuestro pensamiento es distinta: el sujeto de derechos debería ser el conocimiento que tienen los pueblos indígenas porque por ellos existe la Amazonia”.
Por otro lado, para Santacoloma, si bien la sentencia fue una determinación “esperanzadora” en 2018, se quedó corta, entre otros aspectos, en abordar las dinámicas de violencia locales que hay en la Amazonia o los conflictos sobre el acceso a tierras que hacen parte dela Área de Reserva Forestal de Ley Segunda de 1959 y que algunas comunidades buscan que se las adjudiquen. De acuerdo con su interpretación, la implementación de la sentencia ha tenido un “enfoque muy sancionatorio, mientras que es necesario un enfoque complejo de las dinámicas que disparan la deforestación, y que implica escuchar a la gente que habita la selva amenazada por la deforestación”.
Las trabas para los indígenas
Durante la audiencia, Gente de Centro presentó al magistrado seis exigencias y propuestas. En resumidas cuentas, lo que los cuatro pueblos buscan es que tanto las decisiones que se tomen relacionadas con la sentencia, así como programas ambientales que afecten sus territorios, garanticen la consulta y consentimiento previo de las comunidades, así como la continuidad de su administración del territorio; también, que se destinen recursos y asistencia técnica para desarrollar sus iniciativas de conservación propia; y que la construcción e implementación del PA y el PIVAC garanticen estos procesos de participación y acceso a la información.
En palabras de Tom Griffiths, coordinador para Colombia de Forest Peoples Programme, Gente de Centro está exigiendo su participación “en tantos programas nacionales e internacionales que hay hablando de los bosques, pero que no hablan directamente con ellos, sus dueños y cuidadores tradicionales. Siempre son los últimos, cuando deben ser los primeros en construir soluciones para la Amazonia”.
Hay algo que también es problemático para Santacoloma, y es que la sentencia no habla puntualmente de pueblos indígenas, sino que se refiere a todos los interesados, un término en el que, para ella, “cabe todo el mundo, pero los indígenas no son cualquier actor, menos en la Amazonia, son el principal actor”.
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Edwin Paky Barbosa, del pueblo Muinane, agrega que durante la audiencia también pidieron que se tenga en cuenta que “la ruta de comunicación con los pueblos es verbal, no totalmente por escrito (...)No entendemos muy bien los términos y la metodología por medio de documentos, y la información sigue sin ser clara a pesar de que ya pasaron cinco años”.
Las seis exigencias están relacionadas, especialmente, con la garantía para Gente de Centro de participación y acceso a información de las normativas y decisiones que de alguna manera atraviesen la sentencia, es decir, las relacionadas con la deforestación y el cambio climático.
Según explica Santocoloma, otra sentencia de 2018, (095) acepta que hay un “déficit en materia de participación ciudadana en temas ambientales” y que el Congreso debería expedir una ley para atacar ese déficit.
Una solución clave a los reclamos de Gente de Centro, agrega la abogada, sería que la Corte Constitucional declare la constitucionalidad del Acuerdo de Escazú, que tiene tres objetivos principales: la participación pública de todos los actores en las tomas de decisiones ambientales; el acceso a la información ambiental, por ejemplo, de proyectos planeados sobre un territorio; así como las garantías de acceso a la justicia para los defensores ambientales.
Según Mauricio Madrigal, director de la Clínica Jurídica de Medio Ambiente de la Universidad de los Andes, en el caso de las exigencias de Gente de Centro, con la implementación de Escazu, efectivamente tendrían más garantías de acceso a la información y participación. “En temas de acceso a la información es clave todo lo que señala Escazú sobre transparencia y rendición de cuentas con enfoque diferencial”, señala.
Además, para Madrigal algo crucial es que “el último informe de Global Witness visibiliza que las comunidades étnicas son las que más sufren violencias. Con Escazú podrían exigir medidas particulares de protección”. Actualmente, el proceso del Acuerdo en la Corte Constitucional está en un periodo de intervenciones ciudadanas, en las que se pueden enviar comentarios argumentando que el Acuerdo es constitucional o no. Según sus cálculos, es posible que en los primeros meses de 2024 se emita una sentencia.
Mientras tanto, en el despacho del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá evaluarán las exigencias de Gente de Centro. Se espera que se pronuncien en las próximas semanas.
*Este artículo es publicado gracias a una alianza entre El Espectador e InfoAmazonia, con el apoyo de Amazon Conservation Team.
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