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Así quedó el texto final de Ley de Acción Climática. Espera sanción presidencial

Entre los nuevos artículos está que el 50% del recaudo del impuesto nacional al carbono será destinado a la financiación del Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito. También la creación del Sistema de Protección y Monitoreo de Líderes Ambientales, que será reglamentado por el Gobierno Nacional.

15 de diciembre de 2021 - 10:32 p. m.
El documento plantea que para 2030 culminen acciones como reducir a cero la deforestación y disminuir las emisiones de carbono negro en un 40%.
El documento plantea que para 2030 culminen acciones como reducir a cero la deforestación y disminuir las emisiones de carbono negro en un 40%.
Foto: Fabrice Fabola - Flickr CC
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Este miércoles tuvo lugar en el Congreso la conciliación sobre el proyecto de Ley de Acción climática, el último paso antes de que pase a sanción presidencial, ya que el pasado 13 de diciembre fue aprobado por el Senado de la República y el 1° de diciembre en la Cámara de Representantes. (En contexto: ¿Qué dice el nuevo proyecto de Ley de Acción Climática propuesto por el Gobierno?)

Según el ministerio de Ambiente, el Proyecto de Ley de Acción Climática busca crear unas medidas mínimas a corto, mediano y largo plazo que le permitan al país alcanzar la carbononeutralidad a 2050; es decir, que Colombia pueda compensar sus emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI).

La Comisión Accidental de Conciliación presentó este miércoles el texto final conciliado del mencionado proyecto de Ley, resolviendo las discrepancias que había entre los textos aprobados por la plenaria de la Cámara, por un lado, y por la plenaria del Senado, por otro. (Puede leer más noticias de clima y ambiente aquí)

Entre los artículos que se cayeron, estaba un artículo nuevo propuesto por la Cámara de Representantes que establecía que el Gobierno Nacional se dispondría al reconocimiento participación y protección del trabajo de los líderes, organizaciones o grupos de ciudadanos que promuevan la salvaguarda y la defensa del medio ambiente y los recursos naturales a través de usos de tecnologías de la información, así como la transparencia y el acceso a los datos para todos los sectores, sin generar restricciones para su consulta. Al respecto, el informe de conciliación establece que “este artículo nuevo aprobado por la Cámara no tiene equivalente en el texto aprobado por el Senado” y que, por tanto, “en el presente texto de conciliación no se acoge”.

Sin embargo, se creó un nuevo artículo que sí fue acogido en el que se establece la creación del “Sistema de Protección y Monitoreo de Líderes Ambientales, el cual será reglamentado por el Gobierno Nacional”, aunque no se entregan mayores detalles. (Le puede interesar: Congreso aprueba la Ley de Acción Climática)

Así será destinado el Impuesto Nacional al Carbono

Según el documento final, el recaudo del impuesto nacional al carbono tendrá la siguiente destinación para las vigencias fiscales 2023 en adelante:

El 50% será para el manejo de la erosión costera, la reducción de la deforestación y su monitoreo, la conservación de fuentes hídricas, la protección, preservación, restauración y uso sostenible de áreas y ecosistemas estratégicos (especialmente páramos) a través de programas y esquemas de Pago por Servicios Ambientales; para el financiamiento de las medidas en materia de acción climática, así como las previstas en la Contribución Determinada a Nivel Nacional de Colombia (NDC). De igual forma, se deberá garantizar que al menos el 15% de estos recursos se destine a proyectos de conservación de los bosques en la Amazonia.

El otro 50% estará destinado, relata el texto, a la financiación del Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito (PNIS). Por ese motivo, los recursos serán transferidos y administrados por el Fondo Colombia en Paz (FCP). En este punto también se insiste en que se deberá garantizar que al menos el 15% de estos recursos se destine a proyectos de conservación de los bosques de la Amazonia. (Puede leer: Impulsar el gas y otros posibles “micos” que tenía el proyecto de ley de acción climática)

Otros artículos del documento final

Por otro lado, entre los artículos que se conciliaron y quedaron se encuentran el Artículo 3, numeral 12, aprobado por la plenaria de la Cámara, en la que se determinaba la importancia de seguir estableciendo metas, medidas y acciones que permitan avanzar en el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. También el numeral 14, que establece la necesidad de crear estrategias para la protección de las selvas y bosques del territorio nacional, acabar con la deforestación y reconocer la importancia de establecer medidas de sostenibilidad.

Asimismo, en el Artículo 10, numeral 7, se establece que el ministerio de Agricultura, en coordinación con el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), adoptarán medidas para controlar la movilización de ganado en aquellas zonas y territorios afectados por la deforestación. En especial, aquellos que se encuentren por fuera de la frontera agrícola. Para tal fin, señala el texto, “se implementará una plataforma interoperable con otros sistemas de monitoreo y control para el seguimiento a la movilización del ganado, la cual deberá complementarse con la información del Sistema de Monitoreo de Bosques administrado por el Ideam”.

Frente a las medidas para la promoción y desarrollo de los mercados de carbono, se estableció en el Artículo 16 que el Reporte Obligatorio de Emisiones de GEI (ROE) hará parte del Sistema de Información Ambiental de Colombia y que la información que se incluya allí será de acceso público y permitirá la generación de informes según parámetros del Minambiente. También, en el Artículo 22, que el Gobierno Nacional impulsará el desarrollo, las condiciones, los criterios y el marco institucional requerido para el fortalecimiento de los mercados de carbono en Colombia. “Para tal efecto, el Gobierno nacional podrá desarrollar instrumentos económicos de carácter fiscal, financieros y administrativos que incentiven la realización de acciones de reducción y remoción de emisiones”, señala el texto.

De acuerdo con el ministro de Ambiente, Carlos Eduardo Correa, este documento espera ser la hoja de ruta que guíe a Colombia en los próximos años “para ser un país carbono-neutral” para 2050.

Entre las metas, el documento, que fue apoyado por ocho ministerios, también plantea que para 2030 culminen acciones como reducir a cero la deforestación, disminuir las emisiones de carbono negro en un 40%, refrendar la meta de disminuir en un 51% las emisiones de GEI y dictar las medidas para lograr la resiliencia climática.

Este es el documento completo:

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