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A mediados de la semana pasada, la jueza Irina Margarita Díaz, del Juzgado Primero Promiscuo de Familia de San Andrés Providencia y Santa Catalina, falló a favor de una tutela que buscaba dejar sin efecto la resolución 1972 del 5 de septiembre expedida por la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (Aunap). (Puede leer: En 2023 ha incrementado el número de orcas muertas en redes de pesca, ¿por qué?)
Esta resolución modificaba el artículo 20 de la resolución 1485 de 2022, en el que se establecía que Junta Departamental de Pesca del departamento tenía discrecionalidad para solicitar la tarjeta de residencia temporal o definitiva a quienes querían dedicarse a estas actividades.
La nueva resolución contemplaba que la Junta Departamental debía exigir la tarjeta de residencia permanente definitiva expedida por la Oficina de Control y Circulación del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina (Occre) para poder pescar. (Le puede interesar: Más de un millón de personas mueren al año por no tener acceso a agua potable)
“Hemos limitado la pesca en San Andrés y Providencia a los raizales de la isla. Nadie que no sea raizal puede dedicarse a esa actividad en nuestro mar sanandresano. Es de ahora en adelante un derecho raizal”, expresó a través de su cuenta de X (antes Twitter) el presidente Petro tras la publicación de la resolución.
Por su parte, la ministra de Agricultura y Desarrollo Rural, Jhenifer Mojica, manifestó que “el Presidente Gustavo Petro nos pidió trabajar de la mano de la comunidad raizal de San Andrés y Providencia para recuperar la soberanía nacional en las islas. Esta decisión de Aunap da respuesta a un clamor muy sentido de pescadores”. (También puede leer: Hallan altas concentraciones de microplásticos en agua y sedimentos de las cuevas)
Nueve días después de expedida la resolución, once personas presentaron una tutela en contra de la resolución de la Aunap, pues consideraban que se debía haber realizado una consulta previa. Además, señalaron que sus derechos al debido proceso, seguridad alimentaria y mínimo vital estaban siendo vulnerados.
En la decisión emitida por la jueza Díaz el 27 de septiembre, se señala que la resolución 1972 de 2023 “impacta indiscutiblemente en la comunidad étnica de las islas que subsisten de esta actividad pesquera, en tanto que sea que tal decisión imponga restricciones o conceda beneficios, es indispensable que ante una afectación directa, deberá agotarse el trámite de consulta previa en virtud de garantizar el debido proceso de lo actuado”. (Puede interesarle: Presidenta de la Corte Constitucional hace urgente llamado para protección de los ríos)
Por tal razón, la jueza declaró procedente la tutela y dejó sin efecto la resolución de la Aunap. Adicionalmente, exhortó a la Autoridad “para que en lo sucesivo se abstenga de incurrir en esta conculcación de derechos”.
Según pudo conocer este diario por una fuente de la Aunap, la entidad ya prepara la impugnación del fallo.