
El artículo 61 de la Ley 99 de 1993 declaró a la Sabana de Bogotá, así como a “sus páramos, aguas, valles aledaños, cerros circundantes y sistemas montañosos como de interés ecológico nacional, cuya destinación prioritaria será la agropecuaria y forestal”.
Foto: El Espectador - Gustavo Torrijos
En el debate alrededor de la Sabana de Bogotá, que se reactivó desde hace unas semanas por la publicación del proyecto de resolución que busca establecer una serie de lineamientos para esta región, hay un punto en el que coinciden tanto quienes impulsan el proyecto como los que se oponen: es necesario pensar en el ordenamiento territorial de esta zona que abarca más de 500.000 hectáreas y 40 municipios, entre los que se encuentra la capital del país. En pocas palabras, definir reglas claras para el crecimiento de Bogotá y su región,...

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