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Hace poco más de una semana la Corte Constitucional publicó un breve comunicado en el que anunciaba una drástica decisión: declaró inconstitucional la pesca deportiva en Colombia. La prohibición de esta actividad despertó un intenso debate que está a la espera de que el fallo final -y sus argumentos- sea publicado. Mientras tanto, hay quienes han criticado la dureza la medida y quienes la han celebrado como un triunfo en defensa de los animales.
Camilo Romero, ex gobernador de Nariño e integrante del Pacto Histórico, fue uno de los que aplaudieron la decisión. “¡Un triunfo más en defensa de los animales! La Corte Constitucional declara inconstitucional la pesca deportiva. Otro paso en la lucha animalista que busca proteger del maltrato a estos seres sintientes. Si el mundo avanza hacia nuevas visiones, las leyes también deben hacerlo”, escribió en Twitter.
¡Un triunfo más en defensa de los animales!
— Camilo Romero (@CamiloRomero) May 3, 2022
La @CConstitucional declara inconstitucional la pesca deportiva. Otro paso en la lucha animalista que busca proteger del maltrato a estos seres sintientes.
Si el mundo avanza hacia nuevas visiones, las leyes también deben hacerlo. pic.twitter.com/tNK2zCmITb
Su postura sintetiza la visión de quienes creen, como la magistrada Diana Fajardo Rivera (la ponente de la sentencia), que esta actividad también puede ser vista como un tipo de maltrato animal. Como dice Andrea Padilla, senadora recién electa (Partido Verde) y conocida popularmente como la “concejal animalista”, la Corte se ciñó a la norma que define que la pesca deportiva tiene como fin último la recreación. Para ella, es una actividad que produce un “daño con fines de entretenimiento” y que “no tiene ninguna justificación”.
A Padilla, como a muchos biólogos, les tomó por sorpresa el comunicado del alto tribunal. Confiesa que no tuvo nada que ver pero celebra, sin embargo, que por esa vía “se estén eliminando los escenarios de crueldad animal”. Es, para ella, “una decisión de vanguardia, pues los magistrados aplicaron de forma muy novedosa el principio de precaución”, un concepto que ya habíamos escuchado en otros debates como el del fracking o la aspersión aérea con glifosato y que, palabras más, palabras menos, sugiere que al haber indicios de daño ambiental se deben tomar todas las medidas para evitarlo, así aún no se cuente con total certeza científica.
Sin entrar en muchos detalles, la decisión de la Corte está basada en que la pesca deportiva vulnera ese “principio de precaución” y la considera como maltrato animal. Para los magistrados (Diana Fajardo Rivera fue la ponente), “si bien no existe consenso acerca de si los peces son seres sintientes” hay elementos que “permiten evidenciar el riesgo de que se produzca un daño al ambiente”.
Pero, como recordaban varios biólogos, esta es una discusión en la que entran en juego múltiples elementos, más allá de los expuestos en el comunicado de la Corte Constitucional. “Debemos esperar a la publicación de la sentencia, pero tenemos muchas dudas porque es un asunto con varios matices y no veo una diversidad de argumentos. Nos preocupa mucho lo que la Corte está entiendo por conservación”, dice la profesora de la U. de los Andes, Sandra Vilardy, bióloga marina y PhD en Ecología. “Espero, al menos, que hayan tenido en cuenta el concepto del Instituto Humboldt”.
Al trasladarle la inquietud a ese instituto, encargado de hacer y coordinar investigación sobre la biodiversidad colombiana, su respuesta fue simple: “La Corte no consultó ningún concepto técnico relacionado con la pesca deportiva al Instituto Humboldt. La Corte está en toda la libertad de elegir a quien consulta y a quien pide conceptos técnicos, pero a nosotros no nos lo pidió. Desconocemos las razones. De haberlo hecho, teníamos unos insumos interesantes que pudieron ser tenidos en cuenta”.
Pesca deportiva, un sustento en varios puntos de Colombia
Entre los insumos que pudo haber recibido la Corte Constitucional del Instituto Humboldt está un libro que está a punto de ser publicado y que resume la situación de la pesca deportiva en Colombia. Aunque ya se imprimieron algunos ejemplares, no ha sido cargado a la página web, pues aún falta definir algunos detalles de derechos de autor. Algunos apartados de su investigación, que pudimos conocer, sintetizan lo que representa esa actividad para el país en términos sociales y económicos. Muchos turistas viajan a cuerpos de agua para poder pescar.
“La cadena económica y servicios de la pesca deportiva involucra desde agencias de viajes, aerolíneas, empresas de transporte terrestre, operadores turísticos, hoteles en ciudades cercanas a sitios de pesca, restaurantes, (...) bebidas y combustibles, hasta guías turísticos locales (...) y dueños de botes y motores”, se lee en el documento, que condensa un esfuerzo hecho por Carlos Lasso y Mónica Morales-Betancourt, científicos de la Línea de Recursos Hidrobiológico de esa entidad, junto a investigadores de Fundación Orinoquía.
Según sus cálculos, la pesca deportiva se hace en el 80% de Colombia, tanto en el mar como en ecosistemas de agua dulce. En lugares como Puerto Carreño (Vichada), por ejemplo, se ha convertido en uno de los principales renglones de la economía local. Sus pobladores viven, en parte, del río Bita que, tras años de trabajo de varias organizaciones y comunidades, fue declarado como sitio Ramsar en 2018; el 95% de su cuenca estaba intacta. Allí, la pesca deportiva ha sido fundamental para garantizar ingresos a sus pobladores y proteger el ecosistema.
En otros términos, esta es una actividad, añaden en el libro del Humboldt, que tiene una particularidad: los recursos que genera son distribuidos en zonas apartadas donde, de otra manera, sus pobladores no podrían acceder a ellos. “No se trata únicamente de un grupo de aficionados por una actividad puntual, sino que se refiere a un segmento de la economía en zonas apartadas con poblaciones vulnerables que han encontrado en el turismo una alternativa real para generar sus ingresos de manera legal”, apuntan los autores.
En el trabajo, los investigadores identificaron 76 especies de interés deportivo, de las cuales 19 se encuentran amenazadas y seis son introducidas. Eso implica también otro asunto clave a la hora de hablar de pesca deportiva: contrario a lo que algunos creen, los pescadores, en este caso, pueden ser aliados de la conservación. “Un pescador deportivo cuida el agua y su entorno porque su actividad depende del buen estado de los ecosistemas. Ellos valoran la calidad del agua de ríos que pescan y la exuberancia de los bosques y animales silvestres”, anotan en el libro del Instituto Humboldt, Steven Jensen y Carlos Heinsohn, de la Fundación Orinoquía.
Destruir esa red de empleos que genera ese tipo de turismo, puede además, dice Carlos Lozano, abogado ambientalista, ser un incentivo para que haya actividades más destructivas como la minería, proyectos agroindustriales a gran escala o, incluso, cultivos ilícitos. “La pesca deportiva no es intensiva en el uso de recursos hídricos, y no es destructiva como sí lo es la industrial. Lo clave es regularla. Así que yo solo puedo entender esa decisión de la Corte como algo muy torpe”, resume.
“Lo que pareciera es que la Corte Constitucional no tuvo en consideración a la ciencia ni a los científicos que hemos trabajado e investigado sobre pesca deportiva”, lamenta Jorge Páramo, PhD. en Ecología Marina y profesor del Programa de Ingeniería Pesquera de la Universidad del Magdalena.
Páramo, que en 2018 fue elegido entre el Grupo Asesor de Expertos sobre las Áreas Marinas de la ONU, ha estudiado, con su grupo, otros factores que ayudan a entender si la pesca deportiva podría contribuir a las economías locales. Uno de sus trabajos, hecho en compañía con investigadores de la U. Jorge Tadeo Lozano y financiado por Colciencias, intentó mostrar en 2019 que la pesca deportiva marina podía ser una alternativa para el desarrollo del Magdalena. Por un año capturaron 120 individuos en las costas del departamento y su sugerencia fue que era un buen lugar para promover torneos de pesca en dos temporadas: entre marzo y abril y entre agosto y octubre.
Hoy, desde Santa Marta, el profesor Páramo no entiende cómo la Corte Constitucional tampoco se acercó a ellos para que les dieran argumentos antes de tomar la decisión. Lo que le parece más paradójico es que la pesca deportiva busca capturar ejemplares adultos de gran tamaño de especies que hacen migraciones para luego devolverlos al agua, evitando causarles el mayor daño posible. “Deberían preocuparse por otros tipos de pesca que están sobreexplotando los recursos marinos y que capturan individuos tanto grandes como pequeños”, asegura.
“Por ejemplo, la pesca deportiva no tiene ni punta de comparación con las redes de arrastre de la industria camaronera”, añade Vilardy. En ese caso, muchas más especies terminan perjudicadas de una captura que remueve el fondo marino y que ha recibido muchas críticas globales. El otro punto que para ella es contradictorio tiene que ver con lo que simboliza la pesca para comunidades que la han practicado tradicionalmente. “Un pescador en San Andrés también pesca por diversión y para alimentarse y tiene una relación histórica y cultural con esa actividad. ¿Cuál es, entonces, la diversión válida y la que no se puede ‘ejercer’”?, se pregunta.
Pero, dejando de lado los impactos socioeconómicos, la otra gran pregunta en este punto es si la pesca deportiva puede ser entendida, como la categorizó la Corte como “maltrato animal”.
Maltrato y bienestar de los peces
Cuando le pregunto a la senadora Andrea Padilla sobre cómo resolver el problema que se le avecina a las comunidades campesinas e indígenas que han encontrado en la pesca deportiva un camino para subsistir, cree que hay tiempo para que se adecúen a las nuevas condiciones o “se acomoden a expresiones de pesca legales”, entre las que están la artesanal, industrial, de subsistencia y científica. La Corte Constitucional establece un año para lograrlo, pero muchos interrogantes quedan en el aire: ¿Cómo garantizar recursos a esas comunidades? ¿Qué actividad turística puede reemplazar (y generar) los mismos empleos directos e indirectos que la pesca deportiva? ¿Prohibirla abre la posibilidad a que haya actividades extractivas que pueden poner en riesgo a algunas especies?
En Costa Rica, un país que ha hecho del turismo un pilar esencial de su economía, esta actividad ha tenido protagonismo. Según la Federación Costarricense de Pesca, unas 200 mil personas los visitan para practicarla. Cada una deja entre US $3 mil y US $5 mil. En total, genera más de 60,000 empleos directos e indirectos y aporta casi US$ 500 millones al PIB.
Conscientes de que no se pueden dejar de lado otras discusiones como el bienestar de los peces, han establecido reglas del juego más claras para quienes van a pescar de forma recreativa. Pedir una licencia al gobierno, liberar los individuos luego de capturarlos (algunos, especialmente), respetar las tallas y las vedas son algunas de sus condiciones.
Desde hace más de una década han publicado guías de buenas prácticas como la que hicieron varios institutos en compañía de Marviva en 2010 donde detallan desde cómo comportarse en los espacios destinados a la pesca, hasta qué tipos de anzuelos utilizar para reducir el daño al animal. También hacen otras recomendaciones como cuál es la manera adecuada de oxigenar a un pez en caso de que esté agotado tras la captura o la forma de agarrar a un picudo para no perjudicarlo. Panamá cuenta con una guía similar de 2020; también Perú y Colombia.
La discusión sobre cómo efectuar esta pesca sin perjudicar al pez viene de tiempo atrás y ha generado profundas reflexiones sobre cómo evitar el daño. “Para mí, por ejemplo, no hay duda de que estos animales sienten dolor y sufren estrés. Eso les deja vulnerables a otros depredadores”, comenta el biólogo - ictiólogo y profesor de la U. Javeriana, Saúl Prada Pedreros, que no ve con malos ojos la decisión de la Corte.
Ya en 2012, la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) había publicado un documento de casi 200 páginas en el que detallaba los diferentes aspectos de esta actividad. “Pesca recreativa - Directrices técnicas para la pesca responsable”, como llamó, dedicaba todo un capítulo al “bienestar” de los peces y cómo este puede verse comprometido.
Los autores, de varias universidades, partían de un hecho: más allá de la discusión de si los peces pueden o no sentir dolor, parece claro que experimentan un tipo de estrés y lesiones en cualquier tipo de captura. La pesca con caña no es la excepción, añadían, y es necesario aceptar unos impactos (como el hecho de enganchar un pez). Pero hacían varias aclaraciones.
La principal era que a la hora de definir el “bienestar de un pez” había que hacerlo de manera objetiva y útil y no basado en motivos morales que podían usarse, indebidamente, como argumentos contra la pesca. Una definición funcional, escribían, tiene que ver con indicadores medibles acerca del deterioro del bienestar de un pez, como su fisiología o su comportamiento.
“Un ‘buen bienestar’ significa que un pez individual goza de buena salud, con sus sistemas biológicos funcionando correctamente y sin deterioro de su aptitud”, añadían.
Teniendo esto claro, explicaban que la mayor parte del estrés causado en la pesca con caña (la de la pesca deportiva) se puede compensar. “El proceso ofrece oportunidades para que el comportamiento del pescador aumente la posibilidad de que un pez liberado se recupere rápidamente sin deterioro de la condición física”, explicaban.
Hay muchos factores que entran en juego para maximizar ese bienestar como usar anzuelos sin púas, devolver los peces al agua en el menor tiempo posible, eliminar la exposición al aire del ejemplar o garantizarle agua en caso de retenerlo brevemente.
Incluso, decían, en el caso de que un pescado muriera para ser consumido, la pesca recreativa representaba una enorme diferencia con las técnicas comerciales. Mientras que en la primera se podía garantizar una muerte rápida y reducir el daño al mínimo, en las grandes pesquerías, los animales mueren lentamente en las redes por hipoxia. Lo fundamental, anotaban los investigadores, es que los pescadores recreativos tengan un buen comportamiento.
¿Qué pasará ahora en Colombia?
La Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (Aunap) parece tener eso claro. A finales de 2020 emitió una resolución (la 2609 del 28 de diciembre) en la que establece lineamientos para practicar “pesca con fines de recreación”. En ella prohíbe la comercialización de cualquier captura, no permite las que estén en amenaza, especifica los anzuelos que se deben usar (“que se puedan retirar rápidamente y causen el menor daño”) y los procedimientos para evitar mayor estrés al individuo capturado.
¿Fue la Aunap contactada por la Corte Constitucional antes de tomar su decisión? Nos intentamos contactar la Autoridad Pesquera a través de su departamento de prensa, pero fue imposible obtener una respuesta. Hace una semana tan solo habían publicado un comunicado en el que aseguraban que estaban a la espera del fallo para evaluar su alcance. Hasta el momento, todos están parados en el terreno de la especulación.
En el documento de 2012 de la FAO, los autores hacían varias recomendaciones a quienes investigan la pesca deportiva y a los encargados de tomar decisiones sobre su reglamentación. A los primeros, les recordaba que el estudio de esta actividad debía comprender la dinámica del sistema y, por tanto, tenían que extenderse más allá de la biología. Les pedía integrar ciencias sociales y económicas y planear enfoques multidisciplinarios y transdisciplinarios. Rutinas poblacionales, uso de la tierra, cambio climático, especies invasoras o sobreexplotación era algunos de los elementos que no podían excluir de sus análisis.
A los segundos -quienes toman las decisiones-, les solicitaba incluir a las personas interesadas en las discusiones. A diferencia de otros campos que requieren esfuerzo científico, anotaban, en este caso, el conocimiento tradicional y de las partes interesadas, es una fuente esencial de información. “Existen -añadía en otro apartado- múltiples dimensiones sociales, económicas y culturales que el tomador de decisiones debe incluir”.
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