Corte Suprema ordena que el oso Chucho, recluido en Barranquilla, regrese a su hábitat natural
De acuerdo con el fallo, emitido este jueves, el oso de anteojos tendrá que regresar a la reserva de Río Blanco en Manizales en un periodo no mayor a 30 días.
Redacción Medio ambiente
Este jueves la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia tomó una histórica decisión. Ordenó, luego de que un ciudadano presentara un Habeas Corpus contra la Corporación Autónoma Regional de Caldas (Corpocaldas), el regreso del oso Chucho a su hábitat natural: La reserva de Río Blanco en Manizales. (Lea: Primera condena por muerte de oso de anteojos)
La liberación se da luego de que el oso de anteojos, que permaneció en dicha reserva durante más de dos décadas, fuera trasladado al zoológico de Barranquilla el pasado 20 de junio sin previo aviso. Ahora, el mamífero tendrá que regresar a su casa en un periodo no mayor a 30 días.
Quien instauró la acción judicial fue el abogado Luis Domingo Gómez Maldonado, al considerar que el reclutamiento representaba un riesgo “muy alto” para el animal.
“Los animales deben estar libres de incomodidad, sin hambre y sed, libres para desplegar los comportamientos naturales. Como los animales son capaces de sentir y sufrir, la ley los protege, debiendo ser sujetos de derechos, por ende, son titulares de la prerrogativa a la libertad, así sea, a vivir una vida natural y a tener un desarrollo, con menor sufrimiento”, se lee en el fallo que le dio la razón a Gómez Maldonado. (Ver fallo)
Este es el segundo fallo de este talante que se produce en América Latina, luego de que Argentina sentara un precedente al liberar a un chimpancé que se encontraba en cautiverio. En ese caso, al igual que con el oso Chucho, un Habeas Corpus (acción constitucional que se tiene para la protección del derecho a la libertad) fue el recurso legal que logró emancipar al animal.
“No se trata de darles derechos a los sujetos sonrientes no humanos, iguales a los de los humanos equiparándolos en un todo, para creer que los toros, los loros, los perros o los árboles, etc, tendrán sus propios tribunales, sino de reconocerles los correspondientes, los justos y lo conveniente a su especie”, agregó la Corte.
Para Luis Armando Tolosa, el magistrado ponente, los animales “deben estar libres de miedos y angustias, porque su cautiverio les genera temor, estímulos negativos y estrés”.
La razón por la que el oso Chucho fuera trasladado al zoológico de Barranquilla fue que, de acuerdo con las autoridades ambientales de Manizales, en la reserva que por años fue su hogar ya no “podían garantizar su salud y bienestar”.
La sentencia ya fue notificada a la Alcaldía de Manizales, al zoológico de Barranquilla, a la reserva Natural La Planada de Nariño y al Ministerio del Medio ambiente.
Este jueves la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia tomó una histórica decisión. Ordenó, luego de que un ciudadano presentara un Habeas Corpus contra la Corporación Autónoma Regional de Caldas (Corpocaldas), el regreso del oso Chucho a su hábitat natural: La reserva de Río Blanco en Manizales. (Lea: Primera condena por muerte de oso de anteojos)
La liberación se da luego de que el oso de anteojos, que permaneció en dicha reserva durante más de dos décadas, fuera trasladado al zoológico de Barranquilla el pasado 20 de junio sin previo aviso. Ahora, el mamífero tendrá que regresar a su casa en un periodo no mayor a 30 días.
Quien instauró la acción judicial fue el abogado Luis Domingo Gómez Maldonado, al considerar que el reclutamiento representaba un riesgo “muy alto” para el animal.
“Los animales deben estar libres de incomodidad, sin hambre y sed, libres para desplegar los comportamientos naturales. Como los animales son capaces de sentir y sufrir, la ley los protege, debiendo ser sujetos de derechos, por ende, son titulares de la prerrogativa a la libertad, así sea, a vivir una vida natural y a tener un desarrollo, con menor sufrimiento”, se lee en el fallo que le dio la razón a Gómez Maldonado. (Ver fallo)
Este es el segundo fallo de este talante que se produce en América Latina, luego de que Argentina sentara un precedente al liberar a un chimpancé que se encontraba en cautiverio. En ese caso, al igual que con el oso Chucho, un Habeas Corpus (acción constitucional que se tiene para la protección del derecho a la libertad) fue el recurso legal que logró emancipar al animal.
“No se trata de darles derechos a los sujetos sonrientes no humanos, iguales a los de los humanos equiparándolos en un todo, para creer que los toros, los loros, los perros o los árboles, etc, tendrán sus propios tribunales, sino de reconocerles los correspondientes, los justos y lo conveniente a su especie”, agregó la Corte.
Para Luis Armando Tolosa, el magistrado ponente, los animales “deben estar libres de miedos y angustias, porque su cautiverio les genera temor, estímulos negativos y estrés”.
La razón por la que el oso Chucho fuera trasladado al zoológico de Barranquilla fue que, de acuerdo con las autoridades ambientales de Manizales, en la reserva que por años fue su hogar ya no “podían garantizar su salud y bienestar”.
La sentencia ya fue notificada a la Alcaldía de Manizales, al zoológico de Barranquilla, a la reserva Natural La Planada de Nariño y al Ministerio del Medio ambiente.