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Tras casi tres años de discusión, esta semana se conoció que la Sección Tercera del Consejo de Estado dejó en firme un decreto y una resolución del Gobierno que establecían cuáles eran las reglas para practicar el fracking en Colombia y que se convirtieron el primer paso hacia esta forma de explotación de hidrocarburos en yacimientos no convencionales. El alto tribunal había suspendido los efectos de esas normas mientras estudiaba la demanda, pero con el fallo de este 7 de julio, vuelven a estar en firme. (Lea acá: Consejo de Estado dejó en firme normas que abren la puerta al fracking)
El caso llegó al Consejo de Estado por cuenta de una demanda que pedía tumbar los actos administrativos, ya que, según explicaba, las normas no tenían en cuenta los eventuales riesgos que la fracturación del suelo dejaba en el medio ambiente y en la vida humana. Pero el Consejo de Estado concluyó que estos argumentos no fueron probados.
Ante esta decisión, varias organizaciones ambientales y de derecho ambiental, enviaron un comunicado expresando su punto de vista. “El Consejo de Estado ha emitido una decisión contraria a los hechos probados en el litigio; desconociendo el peritaje realizado por la Universidad Nacional de Colombia, el informe de la comisión de expertos, el concepto de la Procuraduría General de la Nación y el resto de pruebas documentales y textos científicos que evidenciaron la necesidad de prohibir esta técnica en virtud del principio de precaución”, señala Juan Pablo Sarmiento, abogado demandante del caso. “Además del principio de precaución, el fallo desconoce los compromisos climáticos internacionales de Colombia y el principio de solidaridad intergeneracional pues ignora los derechos fundamentales de las generaciones futuras”. (Lea también: Esto dijo la nueva ministra de Ambiente sobre “fracking”, deforestación y glifosato)
En el documento, firmado por e la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), la Corporación Podion, la Clínica en Derecho y Territorio de la Universidad Javeriana y la Clínica Jurídica de Medio Ambiente y Salud Pública de la Universidad de Los Andes, se explica que el fracking “ha sido valorado por académicos y científicos nacionales e internacionales como una técnica experimental que amenaza el aire, el agua, la salud humana, la participación democrática, el tejido social y la cultura, los sistemas de conocimiento tradicionales, la biodiversidad y, en el largo plazo, la estabilidad económica, sísmica y climática. Además, es una técnica que genera contaminación atmosférica debido a emisiones de metano (CH4); un gas potente cuyo potencial de calentamiento es entre 84 y 87 veces mayor que el dióxido de carbono (CO2) en una escala de 20 años”.
“En América Latina y en el mundo, muchos países han prohibido el fracking por sus impactos en el ambiente y para precautelar los derechos humanos”, señala Yeny Rodríguez, abogada de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), parte del equipo litigante. “La sentencia del Consejo de Estado en Colombia es regresiva y va en contra los avances internacionales en materia ambiental, climática y de derechos humanos”.
Lizeth Gómez, abogada de la Corporación Podion, considera que el levantamiento de la moratoria judicial al fracking “deja abierta la posibilidad de avanzar con este tipo de proyectos”, cuyos contratos estaban suspendidos. “Es necesario que el fracking cuente con licencia social porque varias regiones del país han sido consideradas como potencial para la implementación de esta técnica”. (Le sugerimos:El 90% de las personas que se dedican a la pesca, lo hacen para subsistir)
Por su lado, Juan Felipe García, abogado de la Clínica en Derecho y Territorio de la Universidad Javeriana dice que el Consejo de Estado “perdió una gran oportunidad para robustecer, por la vía judicial, una regulación que múltiples expertos consideraron débil para proteger el ambiente y la salud pública”. Añadió que “está en manos del gobierno nacional y del Legislativo garantizar a la sociedad la protección del principio de precaución y la participación democrática en materia ambiental”.
Finalmente, Silvia Quintero, asesora jurídica de la Clínica Jurídica de Medio Ambiente y Salud Pública de la Universidad de Los Andes, aclara que la decisión del máximo tribunal administrativo del país “no es una carta abierta para realizar fracking en Colombia. “El gobierno debe garantizar integralmente el derecho a la participación y a la vocería de las comunidades en la toma de decisiones acerca de los proyectos que puedan generar impactos ambientales en sus territorios, así como la seguridad y protección de las y los líderes ambientales que defienden sus territorios”.