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Entre el pasado 2 y 5 de mayo, una caravana de 40 representantes de las comunidades afro, indígenas y campesinas de La Guajira realizó un recorrido hasta Bogotá, con el propósito de alertar sobre los impactos de la extracción de carbón.
Por ya varias décadas, la economía de ese departamento ha dependido, en gran medida, de la minería de carbón. La extracción de este mineral ha aportado, históricamente, entre el 40 y 45 % del PIB del departamento. A este aporte, sin embargo, también lo han acompañado denuncias de afectaciones a comunidades e intervenciones en ecosistemas cercanos a las minas de carbón, como la desviación el arroyo Bruno, por poner un ejemplo.
Pero, como expresa Rosa Peña, abogada de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), “hay muchísimas sentencias judiciales que reconocen que hay una vulneración y que es necesario tomar medidas, pero estas no están teniendo los efectos esperados en la práctica”.
Por eso, investigadores de esa asociación, del Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (Cajar), Censat Agua Viva, el de Centro de Investigación y Educación Popular (Cinep), Polen Transiciones Justas, la Universidad de Magdalena y la investigadora Paola Yanguas, decidieron interponer una acción de cumplimiento el pasado 4 de mayo, como parte del recorrido de la caravana de La Guajira, ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca. (También puede leer: Lo que viene para La Guajira después de 40 años de depender del carbón)
El objetivo de este recurso, que, en palabras sencillas, busca asegurar el cumplimiento de leyes, es que la política climática del país tenga en cuenta los impactos de la cadena productiva del carbón, incluyendo la minería, transporte, quema y exportación, entre otros, como explica el abogado José David Castilla, también de AIDA.
Junto al Cajar, cuenta, realizaron un análisis de la política climática del país, y sus compromisos, específicamente, de la ley 1931 de 2018 (de la gestión del cambio climático) y la ley 2165 del 2021 (de carbono neutralidad). Al hacerlo, dice, evidenciaron “un incumplimiento en cuanto al sector carbón. El impacto que ha generado es como el elefante en la habitación del que nadie habla”.
La acción de cumplimiento, entonces, busca que el Ministerio de Ambiente y el Ministerio de Energía ejecuten una serie de “compromisos”, con respecto a estas leyes. El pasado 10 de julio, el Tribunal emitió una sentencia, en primera instancia, que generó ocho órdenes que los dos ministerios deberían cumplir en el plazo de seis meses.
Entre otras, el Gobierno debería establecer regulaciones para que sea obligatorio que las empresas, y entre ellas las del sector carbón, tengan registros obligatorios de las emisiones de gases efecto invernadero (GEI) asociados a sus actividades.
¿Qué efectos prácticos tendría la sentencia?
Es importante aclarar que, ahora, la sección quinta del Consejo de Estado es la encargada de emitir la decisión final sobre la acción de cumplimiento, después de analizar las impugnaciones presentadas por los ministerios y algunas otras que añadieron los investigadores de las organizaciones.
Sin embargo, como manifiesta Peña, “creemos que es poco probable que muchos de los detalles cambien para la sentencia final. Hay varios instrumentos que prometió tener el Gobierno que hoy no existen”. (Le puede interesar: El piloto de taxis eléctricos que impulsó Petro como alcalde se acaba pronto. ¿Funcionó?)
Entonces, ¿qué ordena el Tribunal específicamente? En el documento, se lee que los Ministerios deberán cumplir con ciertos numerales y/o artículos de las leyes de gestión del cambio climático y carbono neutralidad. Específicamente, el Ministerio de Ambiente tendría que cumplir con siete compromisos, mientras que el de Minas y Energía debería cumplir con uno.
Castilla nombra algunas de las órdenes más relevantes. Entre ellas, por ejemplo, está que se expidan unos lineamientos sobre el reporte de emisiones que genera el sector del carbón a nivel nacional. Estos se refieren a “una serie de regulaciones donde se determine qué tipo de emisiones tienen que reportar las empresas de forma obligatoria, con qué periodicidad y quién las debe evaluar”, explica.
Sin que esto exista, como sucede ahora, la mayoría de procesos de reporte dependen “básicamente a la voluntad de las empresas. Estas son medidas que buscan establecer controles más rigurosos”, agrega. Si la sentencia queda en firme, las empresas deberán empezar a reportar sus emisiones de forma periódica.
Por otra parte, también está la orden de actualizar instrumentos que controlan, por ejemplo, los proyectos de minería, como es el caso de los Estudios de Impacto Ambiental (EIA). Estos se deben realizar antes de desarrollar cualquier tipo de proyecto, pero, para los investigadores que interpusieron la acción de cumplimiento, el problema es que no están incluyendo consideraciones de cambio climático.
“No hay un instrumento para verificar cuál es el impacto de un proyecto en aumentar las vulnerabilidades ante el cambio climático o en afectar más el entorno ante esta situación. Cuando consultamos a las entidades para construir la acción de cumplimiento, nos indicaron que solo una mina de carbón en el país incluyó este tipo de consideraciones en sus estudios, y lo hizo de forma voluntaria”, afirma Castilla. Con la sentencia, esto lo tendrían que tener en cuenta todos los proyectos.
Ahora, la acción de cumplimiento está siendo revisada por la sección quinta del Consejo de Estado, que tomará la decisión final sobre el asunto. Según experiencias anteriores con procesos similares, Castilla estima que todo el proceso podría demorar alrededor de un mes. (Puede leer: Eran mineros de carbón y ahora terminaron un diplomado en transición energética)
Las organizaciones también presentaron impugnaciones parciales al fallo del Tribunal, ya que consideran que hay otros compromisos que el Gobierno ha incumplido. Uno de los puntos que menciona Castilla es que haya una cuantificación más precisa de las emisiones generadas por las termoeléctricas de carbón o que se estime cuáles son los impactos climáticos del carbón que exporta Colombia.
En caso de que las órdenes queden en firme, Peña estima que el reto será su implementación. “Las órdenes son, claro, muy generales, porque se trata de cumplir artículos específicos de una ley”. En ese sentido, Castilla opina que las órdenes generarían condiciones, con mayor rigor técnico, para saber “cuál es la verdadera contribución de proyectos de carbón, por ejemplo, y de sus impactos, para que se establezcan también sus medidas de manejo y mitigación”.
Establecer precedentes sobre los efectos del carbón es importante, agrega Peña, pues también es un asunto importante en América Latina. “Un tema clave en la región es poder visibilizar que las políticas de cambio climático de los países tienen que tener en cuenta las principales causas que profundizan la crisis climática, como el carbón”.
Los ministerios dieron respuestas a algunos de los compromisos que deberían cumplir según el fallo. Por ejemplo, con respecto a la actualización de los Estudios de Impacto Ambiental, el Minambiente respondió que se encuentra adelantando el proceso y que para el componente atmosférico “se ha previsto una caracterización mayor de escenarios y requerimientos de información más rigurosa para garantizar un detalle mayor de emisiones y el establecimiento de sus medidas de manejo”.
Por su parte, al Ministerio de Minas y Energía se le ordenó generar y recopilar los insumos necesarios para la actualización de inventarios de gases de efecto invernadero y dar cuenta del avance en los medios de implementación de su sector.
Al respecto, la cartera indicó que ha “atendido oportunamente los requerimientos” a través de informes periódicos dirigidos a un sistema de monitoreo, reporte y verificación. Sin embargo, el Tribunal indicó que, aunque el Ministerio sí está recopilando información, no está generando insumos de esta ni del avance de sus medios de implementación.
Hasta el cierre de esta edición, el Ministerio de Ambiente no había dado más respuestas sobre su reacción al fallo o el proceso que adelanta con respecto a este.
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