Ordenan suspender el otorgamiento de títulos mineros en Colombia
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó a la ANLA, y a los Ministerios de Ambiente y Minas que no otorguen más licencias mineras. La medida aplica hasta 2021.
- Redacción Vivir
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca resolvió suspender por tres años la ventanilla minera que se había reactivo a través de la Resolución 484, en 2012. En otras palabras, suspende el otorgamiento de licencias mineras en el país por los próximos tres años, hasta 2021.
La decisión establece que en esos tres años, el Ministerio de Ambiente deberá delimitar las zonas de reservas de recursos naturales tales como humedales, páramos, parques nacionales, aguas subterráneas y bosques tropicales de importancia ecológica. Hace énfasis en que esta decisión se base en “estudios técnicos, idóneos, integrales, precisos, adecuados y eficaces”.
En otras palabras, mientras Colombia no sepa dónde están sus recursos naturales, y por ende qué zonas quedan excluídas para minería, no habrá licencias para explotación.
Según el Tribunal, una vez hayan sido concluidos esos estudios y se delimiten los polígonos de las áreas excluídas de la minería, MinAmbiente deberá remitir esa información a la Agencia Nacional de Minería, para que actualice el Catastro Minero.
La sentencia aclara que esta suspensión no aplicará para las solicitudes de legalización minera tradicional, y de aquellas que se conceden en el ejercicio del derecho de prelación de comunidades étnicas.
Con esta sentencia de la Sección Tercera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca se ampara los derechos colectivos a: Gozar de un Medio Ambiente Sano, la Existencia del Equilibrio Ecológico, y la Defensa del Patrimonio Público.
La jurisprudencia se da luego de que el senador del Polo Democrático, Iván Cepeda, y otras organizaciones de carácter ambiental, interpusieran una acción popular contra la Agencia Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), el Ministerio de Ambiente y el Ministerio de Minas y Energía.
Adicional a esto, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó la realización de un Catastro Minero tras la delimitación de los terrenos de explotación y las zonas de reserva de recursos naturales.
En marzo de 2018 se había anunciando un moderno catastro minero en línea. “La implementación del nuevo catastro minero permitirá el fortalecimiento de los sistemas de gestión e información de la autoridad minera y gestión ambientalmente sostenible del sector extractivo, con el objetivo de que sean más transparentes y equitativos”, explicó el exministro de Minas y Energía, Germán Arce, en su momento.
El catastro minero permitirá hacer un seguimiento y control de los títulos mineros y de los diversos procesos de la gestión minera en el país. Además, debe servir para dar información en línea y actualizada sobre el sector.
"Esta es una decisión judicial que finalmente acepta que la política en materia minera tiene irregularidades sustantivas que deben corregidas. Para ello compromete a las instituciones mineras y ambientales para que de manera coordinada ordenen la casa antes de seguir adelante. Es una sentencia estructural que entiende el interés superior del ambiente y exige del Estado una disciplinada labor de planeación, ordenando que la política impulsada desde la autoridad minera atienda los instrumentos de planeación ambiental, sobre los que hoy hay un enorme déficit en su efectivo desarrollo y aplicación", dijo el senador Cepeda.
Por su parte, el Ministerio de Minas y Energía señaló que paelará el fallo de primera instancia, que deberá ser resuelto por el Consejo de Estado. "En este sentido, la ventanilla minera, a través de la cual se presentan las propuestas de contrato de concesión, seguirá en funcionamiento hasta que se conozca una nueva decisión en instancia judicial", agregó.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca resolvió suspender por tres años la ventanilla minera que se había reactivo a través de la Resolución 484, en 2012. En otras palabras, suspende el otorgamiento de licencias mineras en el país por los próximos tres años, hasta 2021.
La decisión establece que en esos tres años, el Ministerio de Ambiente deberá delimitar las zonas de reservas de recursos naturales tales como humedales, páramos, parques nacionales, aguas subterráneas y bosques tropicales de importancia ecológica. Hace énfasis en que esta decisión se base en “estudios técnicos, idóneos, integrales, precisos, adecuados y eficaces”.
En otras palabras, mientras Colombia no sepa dónde están sus recursos naturales, y por ende qué zonas quedan excluídas para minería, no habrá licencias para explotación.
Según el Tribunal, una vez hayan sido concluidos esos estudios y se delimiten los polígonos de las áreas excluídas de la minería, MinAmbiente deberá remitir esa información a la Agencia Nacional de Minería, para que actualice el Catastro Minero.
La sentencia aclara que esta suspensión no aplicará para las solicitudes de legalización minera tradicional, y de aquellas que se conceden en el ejercicio del derecho de prelación de comunidades étnicas.
Con esta sentencia de la Sección Tercera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca se ampara los derechos colectivos a: Gozar de un Medio Ambiente Sano, la Existencia del Equilibrio Ecológico, y la Defensa del Patrimonio Público.
La jurisprudencia se da luego de que el senador del Polo Democrático, Iván Cepeda, y otras organizaciones de carácter ambiental, interpusieran una acción popular contra la Agencia Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), el Ministerio de Ambiente y el Ministerio de Minas y Energía.
Adicional a esto, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó la realización de un Catastro Minero tras la delimitación de los terrenos de explotación y las zonas de reserva de recursos naturales.
En marzo de 2018 se había anunciando un moderno catastro minero en línea. “La implementación del nuevo catastro minero permitirá el fortalecimiento de los sistemas de gestión e información de la autoridad minera y gestión ambientalmente sostenible del sector extractivo, con el objetivo de que sean más transparentes y equitativos”, explicó el exministro de Minas y Energía, Germán Arce, en su momento.
El catastro minero permitirá hacer un seguimiento y control de los títulos mineros y de los diversos procesos de la gestión minera en el país. Además, debe servir para dar información en línea y actualizada sobre el sector.
"Esta es una decisión judicial que finalmente acepta que la política en materia minera tiene irregularidades sustantivas que deben corregidas. Para ello compromete a las instituciones mineras y ambientales para que de manera coordinada ordenen la casa antes de seguir adelante. Es una sentencia estructural que entiende el interés superior del ambiente y exige del Estado una disciplinada labor de planeación, ordenando que la política impulsada desde la autoridad minera atienda los instrumentos de planeación ambiental, sobre los que hoy hay un enorme déficit en su efectivo desarrollo y aplicación", dijo el senador Cepeda.
Por su parte, el Ministerio de Minas y Energía señaló que paelará el fallo de primera instancia, que deberá ser resuelto por el Consejo de Estado. "En este sentido, la ventanilla minera, a través de la cual se presentan las propuestas de contrato de concesión, seguirá en funcionamiento hasta que se conozca una nueva decisión en instancia judicial", agregó.