Tres meses para que la UNGRD publique protocolo de atención a animales en emergencia
Una sentencia un Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) publicar y difundir el protocolo de atención a animales en situación de emergencia en un plazo máximo de tres meses.
El 18 de noviembre de 2024 se venció el plazo para que la UNGRD expidiera los protocolos de atención a animales de producción, de granja y de compañía en situaciones de emergencia. Para el caso de animales silvestres, la entidad encargada del proceso es el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, de acuerdo con la Ley 2294 de 2023.
Además de establecer rutas de acción para el rescate de las especies afectadas por catástrofes naturales y el cambio climático, el objetivo de estos protocolos es garantizarles una adecuada observación médica, el consumo de agua y de alimento y ofrecerles refugio. En el artículo 38 de la mencionada Ley, publicada en mayo, se estableció un tiempo límite de seis meses para el desarrollo de los documentos que, a la fecha, no han visto la luz.
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Ante la falta de cumplimiento del plazo establecido, en junio de este año un ciudadano presentó una demanda. Un reciente fallo de un Tribunal Administrativo de Cundinamarca señala que el Ministerio de Ambiente respondió a la acción jurídica afirmando que a dicha cartera “le corresponde únicamente el apoyo a la fijación de protocolos en caso de animales silvestres, pero en todo caso, es la UNGRD quien debe reglamentar las disposiciones alegadas por la parte actora”. Por su parte, la UNGRD argumentó que ha adelantado las mesas de trabajo correspondientes y ha venido adelantando un borrador del protocolo.
Sin embargo, “la única información disponible que hay sobre la aprobación del proceso de expedición de los protocolos para la atención de animales en emergencias es la nota de prensa colgada en la página de la UNGRD del 06/06/2024 titulada ‘La UNGRD avanza en la aprobación del protocolo para la atención de animales en emergencias’”, indica entre los hechos la sentencia.
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El Tribunal ha señalado que, según el cronograma, aproximadamente 31 de las reuniones se encuentran retrasadas y que partir del 26 de junio se han suspendido mesas de trabajo, lo cual genera preocupación “ya que podría impedir la publicación y divulgación del protocolo general”. Además, encontró que la mayoría de las labores de desarrollo y ejecución de estas mesas están a cargo de un solo funcionario de la UNGRD.
La Sala de Decisión advirtió sobre la necesidad de que la UNGRD convoque “un equipo interdisciplinar que coordine” estas tareas. También se ordenó a la UNGRD que en un plazo máximo de tres meses reglamente, publique y divulgue los protocolos de atención para los animales en situación de emergencia.
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El 18 de noviembre de 2024 se venció el plazo para que la UNGRD expidiera los protocolos de atención a animales de producción, de granja y de compañía en situaciones de emergencia. Para el caso de animales silvestres, la entidad encargada del proceso es el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, de acuerdo con la Ley 2294 de 2023.
Además de establecer rutas de acción para el rescate de las especies afectadas por catástrofes naturales y el cambio climático, el objetivo de estos protocolos es garantizarles una adecuada observación médica, el consumo de agua y de alimento y ofrecerles refugio. En el artículo 38 de la mencionada Ley, publicada en mayo, se estableció un tiempo límite de seis meses para el desarrollo de los documentos que, a la fecha, no han visto la luz.
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Ante la falta de cumplimiento del plazo establecido, en junio de este año un ciudadano presentó una demanda. Un reciente fallo de un Tribunal Administrativo de Cundinamarca señala que el Ministerio de Ambiente respondió a la acción jurídica afirmando que a dicha cartera “le corresponde únicamente el apoyo a la fijación de protocolos en caso de animales silvestres, pero en todo caso, es la UNGRD quien debe reglamentar las disposiciones alegadas por la parte actora”. Por su parte, la UNGRD argumentó que ha adelantado las mesas de trabajo correspondientes y ha venido adelantando un borrador del protocolo.
Sin embargo, “la única información disponible que hay sobre la aprobación del proceso de expedición de los protocolos para la atención de animales en emergencias es la nota de prensa colgada en la página de la UNGRD del 06/06/2024 titulada ‘La UNGRD avanza en la aprobación del protocolo para la atención de animales en emergencias’”, indica entre los hechos la sentencia.
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El Tribunal ha señalado que, según el cronograma, aproximadamente 31 de las reuniones se encuentran retrasadas y que partir del 26 de junio se han suspendido mesas de trabajo, lo cual genera preocupación “ya que podría impedir la publicación y divulgación del protocolo general”. Además, encontró que la mayoría de las labores de desarrollo y ejecución de estas mesas están a cargo de un solo funcionario de la UNGRD.
La Sala de Decisión advirtió sobre la necesidad de que la UNGRD convoque “un equipo interdisciplinar que coordine” estas tareas. También se ordenó a la UNGRD que en un plazo máximo de tres meses reglamente, publique y divulgue los protocolos de atención para los animales en situación de emergencia.
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