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¿Cuál es la multa por llevar más de una persona en la moto?

Llevar a más de una persona en una moto es una infracción que no solo pone en riesgo la seguridad de los ocupantes, sino que también conlleva sanciones económicas significativas.

David Vásquez Herrera
17 de octubre de 2024 - 05:25 p. m.
Llevar a más de una persona en una moto es una infracción que no solo pone en riesgo la seguridad de los ocupantes, sino que también conlleva sanciones económicas significativas.
Llevar a más de una persona en una moto es una infracción que no solo pone en riesgo la seguridad de los ocupantes, sino que también conlleva sanciones económicas significativas.
Foto: Óscar Pérez

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Las autoridades de tránsito han enfatizado la importancia de respetar las normativas que rigen la conducción de motocicletas, especialmente en lo que respecta al transporte de pasajeros. Llevar a más de una persona en una moto es una infracción que no solo pone en riesgo la seguridad de los ocupantes, sino que también conlleva sanciones económicas significativas. Este incumplimiento puede resultar en una multa, cuya cuantía varía según la legislación vigente y las condiciones específicas del incidente.

El Intendente jefe James Jaramillo González, instructor en Técnicas de Conducción y Técnico Profesional en Seguridad Vial, aclara que el artículo 2 del Código de Tránsito define la motocicleta como un vehículo automotor de dos ruedas en línea, diseñado para transportar al conductor y un acompañante. Además, el artículo 96, que establece normas específicas para motocicletas, menciona en su numeral 2 que estas pueden llevar un acompañante, quien también debe utilizar un casco y una prenda reflectiva, al igual que el conductor.

En la Resolución 3027 del 2010, que establece el manual de infracciones de tránsito, así como en el artículo 131 de la Ley 769 del Código de Tránsito, se detallan las infracciones pertinentes. En particular, la infracción C15, que equivale a 15 Salarios Mínimos Legales Diarios Vigentes (SMLDV), es decir, aproximadamente $650.000 en 2024, se refiere a la conducción de un vehículo particular o de servicio público que exceda la capacidad autorizada en la licencia de tránsito o en la tarjeta de operación. Dado que la motocicleta se clasifica como un vehículo, esta infracción puede ser aplicada en casos de sobrecupo.

Sin embargo, también existe la infracción C24, que se dirige específicamente a los motociclistas y establece ciertas condiciones que deben cumplirse. Dentro de esta normativa, el literal “B” indica que los motociclistas pueden llevar un acompañante en su vehículo, quien también debe usar casco y una prenda reflectiva. Por lo tanto, si se transportan más de dos personas en la motocicleta, se podría notificar por ambas infracciones: la C15 por sobrecupo, o la C24 en relación con el cumplimiento de las condiciones establecidas.

“Los motociclistas deben ser conscientes de que, al llevar un acompañante, deben cumplir con las normas que exigen el uso de casco y prenda reflectiva. De no hacerlo, podrían enfrentarse a sanciones bajo la infracción C24, mientras que la presencia de un tercer ocupante podría acarrear la infracción C15. Estas regulaciones buscan garantizar la seguridad de todos los usuarios de la vía”, destaca el Intendente Jaramillo.

Además del sobrecupo, actualmente se encuentran en discusión las infracciones D03 a D07, que, si son cometidas por un conductor de un vehículo, dan lugar a un comparendo. Sin embargo, si se trata de un motociclista, estas infracciones también pueden resultar en la inmovilización de la motocicleta. “Es necesario señalar que esta normativa está siendo objeto de una demanda por el derecho a la igualdad. Se tiene conocimiento de que ya se ha llevado a cabo una plenaria en el Senado y que el tema está pendiente de conciliación y sanción presidencial. Por lo tanto, esta disposición sigue vigente, aunque está bajo revisión legal”, añade.

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De acuerdo con Jaramillo, es importante considerar los beneficios que tiene una persona al ser notificada con una orden de comparendo y aceptar la responsabilidad por la infracción señalada. Esta persona tiene derecho a realizar el pago de la multa dentro de los primeros cinco días hábiles siguientes a la imposición del comparendo, lo que le permitirá obtener un descuento del 50%. Si se realiza el pago entre el sexto y el vigésimo día, el descuento se reduce al 25%, siempre que se complete un curso pedagógico para ambos casos.

A partir del día 21 hasta el día 30, la persona debe abonar el total de la multa. Después del día 30, comenzará a generarse intereses, y el organismo de tránsito iniciará los trámites correspondientes para el cobro coactivo de la deuda.

¿Cómo afecta esta infracción el historial del conductor?

La notificación de cualquier multa puede tener un impacto significativo en un conductor. Es importante destacar que el artículo 124 se refiere a la reincidencia: en caso de que un conductor cometa múltiples infracciones en un periodo de seis meses, su licencia de conducción puede ser suspendida por un término de seis meses. Además, si se produce una nueva infracción durante este tiempo, la sanción se incrementará.

La reincidencia se considera cuando un conductor ha cometido más de una falta a las normas de tránsito en un lapso de seis meses. En el momento de la notificación de un comparendo, si un agente de tránsito revisa la base de datos y encuentra que el conductor ha sido sancionado anteriormente en menos de seis meses, se procede a retener la licencia de conducción. Este documento quedará a disposición del organismo de tránsito, que emitirá el comparendo en referencia al artículo 124 sobre reincidencia.

“Por lo tanto, es crucial que los conductores sean conscientes de que las infracciones acumuladas pueden llevar a la suspensión de su licencia de conducción, tal como lo estipula el artículo 124″, enfatiza Jaramillo.

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Además, si un conductor recibe un comparendo y no atiende la multa, ignorando los descuentos disponibles y dejando la situación sin resolver, esto puede tener repercusiones en futuros trámites relacionados con la administración de tránsito. Por ejemplo, si el conductor decide matricular un nuevo vehículo o refrendar su licencia, los organismos de tránsito revisarán su historial. Si se detecta alguna multa pendiente de pago o una infracción no resuelta, el trámite será detenido hasta que el conductor se ponga al día con sus obligaciones.

Es decir, mientras el historial del conductor no esté regularizado, no se podrán llevar a cabo ningún tipo de gestiones administrativas. Esta situación resalta la importancia de atender a tiempo las infracciones y de cumplir con las obligaciones impuestas, ya que no hacerlo puede entorpecer procedimientos que son esenciales para el correcto funcionamiento de la movilidad del conductor.

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David Vásquez Herrera

Por David Vásquez Herrera

Periodista de la Universidad Uniminuto, con diplomado en comunicación estratégica para las organizaciones.@davas_fcdvasquez@elespectador.com

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A(68560)17 de octubre de 2024 - 05:48 p. m.
David sigue perdiendo su tiempo y el del periódico. A las personas que andan en moto poco les importan las multas. Todos abusan y se limpian el jopo con las sanciones.
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