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Según la ley de tránsito en Colombia está prohibido “conducir un vehículo cuya carga o pasajeros obstruyan la visibilidad del conductor hacia el frente, atrás o los costados, o impidan el control sobre el sistema de dirección, frenos o seguridad”.
Quien incurra en esta infracción se verá obligado a pagar una multa de 15 salarios mínimos legales diarios vigentes. Un salario mínimo legal diario vigente es de $38.667,67, es decir, la sanción sería de $580.000,05
Sin embargo, no hay claridad en el porte de accesorios o prendas de ropa que puedan ser peligrosas para la conducción. En ese sentido, el Código Nacional de Tránsito tiene zonas grises.
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Chanclas
Con respecto al uso de chanclas, la ley no tiene una norma que sancione su uso durante la conducción de un vehículo. En otros países consideran que puede evitar un frenado oportuno y pone en riesgo la vida de las personas abordo.
Sin embargo, en el caso de Colombia, un policía de tránsito no lo puede multar por llevar chanclas mientras conduce un automotor.
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Gorras y sombreros
Aunque muchas personas puedan pensar que las gorras y sombreros dificultan la visión de los conductores. Lo cierto es que en situaciones de alta exposición solar se recomienda su uso.
Estos elementos pueden ayudar a mejorar las condiciones de conducción de una persona y no necesariamente representa un riesgo al volante.
Gafas oscuras
Las gafas de sol son otro accesorio que algunos conductores se abstienen de usar por miedo a ser multados. No obstante, no existe una norma que prohíba su uso, por ende, no es una causal de multa por parte de las autoridades de tránsito.
Es importante aclarar que la ley sí recomienda evitar el uso de gafas oscuras en la noche. Esto puede dificultar la visibilidad, pero tampoco es un motivo de sanción para los conductores en Colombia.