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En Colombia, la licencia de conducción es un certificado imprescindible que respalda la autorización legal y técnica para operar vehículos automotores en el territorio nacional. Este documento, caracterizado como oficial, personal e intransferible según lo dispuesto en el artículo 2° del Código Nacional de Tránsito, es obligatorio para garantizar que los conductores cuentan con las competencias necesarias para conducir de forma responsable y segura.
A través de la circular 20234000000487, emitida en agosto de 2023, el Ministerio de Transporte definió un formato estándar para la licencia de conducción en todo el país. Este nuevo diseño debe cumplir con especificaciones técnicas y contener información relevante, como los datos personales del conductor, su fotografía, número de identificación, huella dactilar, grupo sanguíneo, categorías autorizadas, restricciones y las fechas de expedición y caducidad.
En 2025, un gran número de conductores estarán sujetos a la obligación de renovar su licencia de conducción. Este procedimiento varía en función de la categoría de la licencia y la edad de su titular, en cumplimiento de las disposiciones que buscan garantizar que los conductores cumplan con las condiciones físicas y mentales requeridas para preservar la seguridad en las vías.
Según lo dispuesto por el Ministerio de Transporte en el artículo 197 del Decreto 019 del 10 de enero de 2012, las licencias de conducción tienen diferentes periodos de renovación según su categoría y la edad del titular.
Para las licencias de categoría A1 y A2, destinadas a motocicletas, los conductores menores de 60 años deben renovarlas cada 10 años. Por ejemplo, quienes realizaron este trámite en 2015 deberán renovarlo en 2025. Para aquellos con edades entre 60 y 80 años, la periodicidad se reduce a 5 años, lo que implica que las licencias obtenidas en 2020 también requieren renovación en 2025. Finalmente, los conductores mayores de 80 años deben realizar este proceso cada 12 meses.
Las licencias de categorías B1, B2 y B3, correspondientes a vehículos particulares, tienen una frecuencia de renovación similar. Los menores de 60 años deben renovarlas cada 10 años, mientras que quienes tienen entre 60 y 80 años están obligados a hacerlo cada 5 años. En el caso de conductores mayores de 80 años, la renovación es anual.
Por su parte, las licencias de tipo C, destinadas al manejo de vehículos de servicio público, presentan requisitos más estrictos. Los conductores menores de 60 años deben renovarlas cada 3 años, y aquellos mayores de 60 años deben realizar el trámite anualmente.
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¿Cuánto cuesta obtener o renovar la licencia de conducción en 2025?
A partir del 1 de enero de 2025, los costos de los trámites relacionados con licencias de conducción y otros procesos vehiculares han aumentado en línea con el ajuste del 9.54% al salario mínimo en Colombia, establecido por el Gobierno nacional. A continuación, se detalla el valor actualizado de los principales trámites:
Expedición de licencia de conducción:
- Automóvil: $272.150
- Motocicleta: $225.750
Renovación de licencia de conducción:
- Automóvil: $126.650
- Motocicleta: $220.050
Otros trámites vehiculares:
- Matrícula: automóvil $583.800 / motocicleta $350.000
- Traspaso de propiedad: automóvil $215.350 / motocicleta $121.950
- Levantamiento de prenda: automóvil $172.150
La renovación de la licencia de conducción puede realizarse en dos lugares autorizados: las oficinas de la Ventanilla Única de Servicios y el Centro de Servicios de Movilidad, ubicado en la calle 13 # 37-35 en Bogotá.
De acuerdo con la Ventanilla de Movilidad, los interesados en renovar su licencia deben cumplir con los siguientes criterios:
- Inscripción en el RUNT: Es obligatorio estar registrado en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT).
- Certificado de aptitud física y mental: Se debe aprobar un examen médico que evalúe las condiciones físicas, mentales y de coordinación motriz necesarias para conducir.
- Estar al día con multas: El solicitante debe encontrarse a paz y salvo por infracciones o multas relacionadas con las normas de tránsito.
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Multas y sanciones por conducir con la licencia vencida o sin portarla
Conducir sin portar la licencia de conducción o con este documento vencido es una infracción según lo establecido en el Código Nacional de Tránsito de Colombia. Esta falta está sujeta a una sanción económica equivalente a 8 Salarios Mínimos Legales Diarios Vigentes (SMLDV), lo que representa un valor de $379.600 para el año 2025.
Además de la multa, esta infracción puede derivar en la inmovilización del vehículo, lo que implica costos adicionales para el propietario relacionados con los servicios de grúa y parqueadero, así como posibles retrasos y complicaciones administrativas.