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                                                                                                                                Abecé de circulación de ciclomotores en Bogotá: tome nota y evite multas y sanciones

                                                                                                                                La Secretaría de Movilidad especificó la norma y las sanciones a las que se pueden enfrentar las personas que se movilicen en estos vehículos. Podrían pagar hasta 30 salarios mínimos diarios legales vigentes.

                                                                                                                                Distrito define restricciones de circulación a ciclomotores en Bogotá
                                                                                                                                Foto: Secretaría Distrital de Movilidad
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Le puede interesar: Reportan evacuaciones por potente fuga de gas en el Norte de Bogotá

                                                                                                                                Un motociclo, ciclomotor o moped, dice la Secretaría de Movilidad, “es un vehículo automotor de dos ruedas, provisto de un motor de combustión interna, eléctrico y/o de cualquier otro tipo de generación de energía, de cilindraje no superior a 50 Cm3 si es de combustión interna, ni potencia nominal superior a 4 kW, si es eléctrico.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                ¿Por dónde no pueden circular?

                                                                                                                                Adicionalmente, tras una resolución aprobada por el sector Movilidad en 2023, se restringió el tránsito de ciclomotores en carriles preferenciales y vías troncales ubicadas en toda la ciudad. La restricción aplica así:

                                                                                                                                En carriles preferenciales ubicados en

                                                                                                                                • Avenida Cr. 7 entre calles 32 y 134 en ambos sentidos de circulación.
                                                                                                                                • Avenida Boyacá entre Av. Villavicencio y calle 134 en ambos sentidos de circulación.
                                                                                                                                • Carrera 15 entre calles 72 y 100.
                                                                                                                                • Calle 19 entre carrera 3 y avenida NQS en ambos sentidos de circulación.
                                                                                                                                • Calle 72 entre Av. carrera 7 y carrera 13 en ambos sentidos de circulación.
                                                                                                                                • Avenida Primero de Mayo entre carrera 80 y carrera 10 en ambos sentidos de circulación.
                                                                                                                                • Avenida de Las Américas entre carrera 50 y Av Ciudad de Cali en ambos sentidos de circulación.
                                                                                                                                • Avenida NQS entre avenida carrera 68 y calle 94 en ambos sentidos de circulación.

                                                                                                                                En las siguientes vías troncales:

                                                                                                                                • Troncal Caracas entre Portal Usme y Calle 80.
                                                                                                                                • Troncal Norte entre Calle 80 y Calle 192.
                                                                                                                                • Troncal NQS Central entre Autopista Norte y Avenida Calle 13.
                                                                                                                                • Troncal NQS Sur entre Avenida Calle 13 hasta el límite con Soacha.
                                                                                                                                • Eje Ambiental entre Avenida Caracas y Calle 22.
                                                                                                                                • Troncal Calle 26 entre Portal El Dorado y Calle 22
                                                                                                                                • Troncal 80 entre Portal de la 80 y Autopista Norte.
                                                                                                                                • Troncal Suba entre Portal Suba y Calle 80.
                                                                                                                                • Troncal Carrera 10 entre Portal 20 de Julio y Avenida Calle 26.
                                                                                                                                • Troncal Américas entre Portal Américas y Avenida Caracas.
                                                                                                                                • Avenida Calle 6 entre Avenida NQS hasta la Avenida Caracas.

                                                                                                                                Más noticias de Bogotá: Estos son los cambios en tres estaciones de Transmilenio para el inicio de año

                                                                                                                                Sostiene la Secretaría de Movilidad, que la decisión de restringir la libre circulación de ciclomotores en algunas vías de la ciudad, se tomó con el fin de “mitigar los efectos adversos de la circulación de los vehículos tipo ciclomotor, motociclo o moped sobre la malla vial”. Además, con el fin de “minimizar los impactos negativos a los usuarios del transporte público en términos de seguridad vial, tiempos de viaje y velocidad de los buses, se tomó la decisión de que los vehículos tipo ciclomotor, no deben transitar por las franjas de circulación para el transporte público de alta y media capacidad”.

                                                                                                                                Las sanciones y multas a las que se podrán enfrentar quienes se movilicen en ciclomotores, son:

                                                                                                                                • C08 - Transitar sin los dispositivos luminosos requeridos
                                                                                                                                • C14 - Transitar por sitios restringidos. (Andén, ciclorruta y troncales)
                                                                                                                                • D05 - Conducir un vehículo sobre aceras, plazas, vías peatonales, separadores, bermas, demarcaciones de canalización, zonas verdes o vías especiales para vehículos no motorizados.
                                                                                                                                • D08 - Conducir un vehículo sin luces o sin los dispositivos luminosos de posición, direccionales o freno
                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Las multas monetarias se impondrán según corresponda al código específico establecido para la infracción cometida. Por ejemplo, las multas para infracciones que empiecen con la letra C, serán de 15 salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV), y las multas tipificadas que empiecen por la letra D, tendrán una sanción económica de hasta 30 SMLDV, y así sucesivamente. Así las cosas, las multas oscilan entre los $522.900 y $1.045.500.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                En caso de inmovilización, la entrega del vehículo se hará una vez se presente a la autoridad de tránsito la documentación que acredite la propiedad (manifiesto de importación y/o factura de compra) y se verifique la subsanación de la infracción.

                                                                                                                                Lea también: El plan para recuperar la seguridad de Bogotá de Galán y el nuevo comandante

                                                                                                                                Para conocer más noticias de la capital y Cundinamarca, visite la sección Bogotá de El Espectador.

                                                                                                                                Distrito define restricciones de circulación a ciclomotores en Bogotá
                                                                                                                                Foto: Secretaría Distrital de Movilidad
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Le puede interesar: Reportan evacuaciones por potente fuga de gas en el Norte de Bogotá

                                                                                                                                Un motociclo, ciclomotor o moped, dice la Secretaría de Movilidad, “es un vehículo automotor de dos ruedas, provisto de un motor de combustión interna, eléctrico y/o de cualquier otro tipo de generación de energía, de cilindraje no superior a 50 Cm3 si es de combustión interna, ni potencia nominal superior a 4 kW, si es eléctrico.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                ¿Por dónde no pueden circular?

                                                                                                                                Adicionalmente, tras una resolución aprobada por el sector Movilidad en 2023, se restringió el tránsito de ciclomotores en carriles preferenciales y vías troncales ubicadas en toda la ciudad. La restricción aplica así:

                                                                                                                                En carriles preferenciales ubicados en

                                                                                                                                • Avenida Cr. 7 entre calles 32 y 134 en ambos sentidos de circulación.
                                                                                                                                • Avenida Boyacá entre Av. Villavicencio y calle 134 en ambos sentidos de circulación.
                                                                                                                                • Carrera 15 entre calles 72 y 100.
                                                                                                                                • Calle 19 entre carrera 3 y avenida NQS en ambos sentidos de circulación.
                                                                                                                                • Calle 72 entre Av. carrera 7 y carrera 13 en ambos sentidos de circulación.
                                                                                                                                • Avenida Primero de Mayo entre carrera 80 y carrera 10 en ambos sentidos de circulación.
                                                                                                                                • Avenida de Las Américas entre carrera 50 y Av Ciudad de Cali en ambos sentidos de circulación.
                                                                                                                                • Avenida NQS entre avenida carrera 68 y calle 94 en ambos sentidos de circulación.

                                                                                                                                En las siguientes vías troncales:

                                                                                                                                • Troncal Caracas entre Portal Usme y Calle 80.
                                                                                                                                • Troncal Norte entre Calle 80 y Calle 192.
                                                                                                                                • Troncal NQS Central entre Autopista Norte y Avenida Calle 13.
                                                                                                                                • Troncal NQS Sur entre Avenida Calle 13 hasta el límite con Soacha.
                                                                                                                                • Eje Ambiental entre Avenida Caracas y Calle 22.
                                                                                                                                • Troncal Calle 26 entre Portal El Dorado y Calle 22
                                                                                                                                • Troncal 80 entre Portal de la 80 y Autopista Norte.
                                                                                                                                • Troncal Suba entre Portal Suba y Calle 80.
                                                                                                                                • Troncal Carrera 10 entre Portal 20 de Julio y Avenida Calle 26.
                                                                                                                                • Troncal Américas entre Portal Américas y Avenida Caracas.
                                                                                                                                • Avenida Calle 6 entre Avenida NQS hasta la Avenida Caracas.

                                                                                                                                Más noticias de Bogotá: Estos son los cambios en tres estaciones de Transmilenio para el inicio de año

                                                                                                                                Sostiene la Secretaría de Movilidad, que la decisión de restringir la libre circulación de ciclomotores en algunas vías de la ciudad, se tomó con el fin de “mitigar los efectos adversos de la circulación de los vehículos tipo ciclomotor, motociclo o moped sobre la malla vial”. Además, con el fin de “minimizar los impactos negativos a los usuarios del transporte público en términos de seguridad vial, tiempos de viaje y velocidad de los buses, se tomó la decisión de que los vehículos tipo ciclomotor, no deben transitar por las franjas de circulación para el transporte público de alta y media capacidad”.

                                                                                                                                Las sanciones y multas a las que se podrán enfrentar quienes se movilicen en ciclomotores, son:

                                                                                                                                • C08 - Transitar sin los dispositivos luminosos requeridos
                                                                                                                                • C14 - Transitar por sitios restringidos. (Andén, ciclorruta y troncales)
                                                                                                                                • D05 - Conducir un vehículo sobre aceras, plazas, vías peatonales, separadores, bermas, demarcaciones de canalización, zonas verdes o vías especiales para vehículos no motorizados.
                                                                                                                                • D08 - Conducir un vehículo sin luces o sin los dispositivos luminosos de posición, direccionales o freno
                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Las multas monetarias se impondrán según corresponda al código específico establecido para la infracción cometida. Por ejemplo, las multas para infracciones que empiecen con la letra C, serán de 15 salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV), y las multas tipificadas que empiecen por la letra D, tendrán una sanción económica de hasta 30 SMLDV, y así sucesivamente. Así las cosas, las multas oscilan entre los $522.900 y $1.045.500.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                En caso de inmovilización, la entrega del vehículo se hará una vez se presente a la autoridad de tránsito la documentación que acredite la propiedad (manifiesto de importación y/o factura de compra) y se verifique la subsanación de la infracción.

                                                                                                                                Lea también: El plan para recuperar la seguridad de Bogotá de Galán y el nuevo comandante

                                                                                                                                Para conocer más noticias de la capital y Cundinamarca, visite la sección Bogotá de El Espectador.

                                                                                                                                Por Redacción Bogotá

                                                                                                                                Todas las noticias de Bogotá están aquí. El Espectador, el valor de la información.@bogotaEEbogota@elespectador.com
                                                                                                                                Ver todas las noticias
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