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Luego de haber realizado un Consejo Extraordinario de Seguridad, el Distrito impuso controles y restricciones para las empresas y plataformas de domicilios, con el fin de que se disminuyan los casos de falsos repartidores que resultan siendo delincuentes.
Estas serán las 5 principales medidas que empezarán a regir desde el próximo jueves 18 de marzo:
1. Las empresas deberán compartir corresponsabilidad con el actuar de sus empleados mientras estos estén trabajando.
2. No se podrá contratar personas que estén indocumentadas o que cuenten con antecedentes penales. Cada empresa deberá contar con la información completa de sus domiciliarios y tendrá que compartirla con el Distrito y la Policía para que en los puestos de control que se ubicarán en la ciudad se pueda verificar si realmente se encuentran trabajando.
3. Las motos, bicicletas o automóviles que estén dedicados al servicio de domicilio, a partir de ahora tendrán que estar identificadas con el nombre de las empresas. De igual forma los maletines, cascos y chalecos que utilicen los empleados.
4. Se prohíbe el parrillero en las motos dedicadas al domicilio. Esta restricción se enfoca en las evidencias del caso de Edwin Caro, quien fue asesinado por dos delincuentes en una motocicleta que estaban disfrazados de domiciliarios.
5. Las empresas, plataformas o negocios que cuenten con servicio a domicilio, deberán contar con lugares privados, en donde su personal pueda ubicarse, esperar los pedidos, recargar sus teléfonos, comer y acceder a servicios sanitarios. No se permitirán concentraciones de trabajadores en el espacio público.
Para asegurarse de que estas restricciones se cumplan, la alcaldesa anunció que además de los cuadrantes de las diferentes localidades, también habrá por lo menos 30 puestos de control en toda la ciudad.
En caso de que estas medidas sean incumplidas las empresas recibirán una multa por cada persona que sea sorprendida desacatando las órdenes del Alcaldía de Bogotá. En el caso de que alguna de las plataformas reciba estas sanciones reiteradamente, se podrá suspender su servicio.
En cuanto a la prohibición de parrillero en las motos que presten este servicio, en caso de que se incumpla, se generará la retención inmediata de la moto, la sanción a quienes van en ella y la multa a la empresa a la cual pertenece.
El decreto con el que se imponen estas nuevas medidas será público durante cinco días a partir del 13 de marzo para que pueda ser revisado y se puedan hacer observaciones y sugerencias frente a lo establecido.