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                                                                                                                                Alcaldía se pronuncia ante la decisión de suspender temporalmente el POT

                                                                                                                                El Distrito aseguró que aunque respetan la decisión, se presentará una apelación de la misma ante el Tribunal Superior de Cundinamarca.

                                                                                                                                Cláudia López
                                                                                                                                Foto: JOSE VARGAS ESGUERRA; El... - JOSE VARGAS ESGUERRA
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                La Administración indicó que respeta la decisión, pero aseguró que se presentará una apelación a la medida ante el Tribunal Superior de Cundinamarca.

                                                                                                                                “Asumir que el trámite de una recusación o de un impedimento suspende los términos perentorios establecidos en la Ley para el trámite de normas de especial categoría como el POT ante los Concejos Municipales o de leyes tales como el Plan Nacional de Desarrollo el Presupuesto General de la Nación o del Plan de Inversiones ante el Congreso de la República, implicaría poner en vilo la entrada en vigencia de tales normas de trascendental importancia para la ciudadanía”, indicó la Alcaldía.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                Respecto al trámite, el Distrito indicó que las normas que regulan el trámite de los POT, establece que los concejos municipales tienen 90 días para discutirlo, y de no tomar ninguna decisión (ya sea para aprobar o rechazar),el gobierno puede expedir el POT por decreto.

                                                                                                                                Además, aclaró que en lo señalado por el juzgado, no se debía tener en cuenta el tiempo del trámite de las recusaciones como parte de los 90 días de plazo para que el Consejo pudiera pronunciarse.

                                                                                                                                “Esta tesis conllevaría a que resultara inútil el término perentorio que la ley dio para que se expidiera una norma de vital importancia para la ciudad. El Concejo de Bogotá ya ha venido aplicando su propio reglamento, que tramita las recusaciones de una manera distinta a la que sugiere el fallo”, aseguró el Distrito.

                                                                                                                                Lea también: Tribunal suspende de manera provisional el POT de Bogotá.

                                                                                                                                Según la Administración, el trámite del POT ante el Concejo de Bogotá cumplió con todos los requisitos y términos que establece la ley.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Cláudia López
                                                                                                                                Foto: JOSE VARGAS ESGUERRA; El... - JOSE VARGAS ESGUERRA
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                La Administración indicó que respeta la decisión, pero aseguró que se presentará una apelación a la medida ante el Tribunal Superior de Cundinamarca.

                                                                                                                                “Asumir que el trámite de una recusación o de un impedimento suspende los términos perentorios establecidos en la Ley para el trámite de normas de especial categoría como el POT ante los Concejos Municipales o de leyes tales como el Plan Nacional de Desarrollo el Presupuesto General de la Nación o del Plan de Inversiones ante el Congreso de la República, implicaría poner en vilo la entrada en vigencia de tales normas de trascendental importancia para la ciudadanía”, indicó la Alcaldía.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                Respecto al trámite, el Distrito indicó que las normas que regulan el trámite de los POT, establece que los concejos municipales tienen 90 días para discutirlo, y de no tomar ninguna decisión (ya sea para aprobar o rechazar),el gobierno puede expedir el POT por decreto.

                                                                                                                                Además, aclaró que en lo señalado por el juzgado, no se debía tener en cuenta el tiempo del trámite de las recusaciones como parte de los 90 días de plazo para que el Consejo pudiera pronunciarse.

                                                                                                                                “Esta tesis conllevaría a que resultara inútil el término perentorio que la ley dio para que se expidiera una norma de vital importancia para la ciudad. El Concejo de Bogotá ya ha venido aplicando su propio reglamento, que tramita las recusaciones de una manera distinta a la que sugiere el fallo”, aseguró el Distrito.

                                                                                                                                Lea también: Tribunal suspende de manera provisional el POT de Bogotá.

                                                                                                                                Según la Administración, el trámite del POT ante el Concejo de Bogotá cumplió con todos los requisitos y términos que establece la ley.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Por Redacción Bogotá

                                                                                                                                Todas las noticias de Bogotá están aquí. El Espectador, el valor de la información.@bogotaEEbogota@elespectador.com

                                                                                                                                Temas recomendados:

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