Anulan proceso que obligaba a ETB a hacer millonario pago a Movistar
La Corte Constitucional falló a favor de la Empresa de Teléfonos de Bogotá con respecto a una deuda que debía pagar a la entidad española por un acuerdo comercial que se hizo cuando empezó a operar las llamadas a larga distancia internacional.
El Espectador
En 1998 cuando empezó a funcionar las llamadas internacionales con entrada a teléfonos móviles se hizo un convenio comercial con Movistar que consistía en la prestación de redes telefónicas.
Después de cuatro años, la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones ordenó que se debía fijar los cargos de acceso, es decir los precios para los usuarios, por la utilización de las redes telefónicas de Movistar.
Con ese acuerdo ETB pretendía cobrar el minuto a $60 y Telefónica a $252; por esta razón nunca lograron acuerdo y Movistar puso el caso en manos del Tribunal de Arbitramento el cual condenó a la empresa de teléfonos de Bogotá a pagar la suma de $230 millones por incumplimiento del contrato.
El pasado 29 de enero el Consejo de Estado señaló la nulidad de esta norma, con el argumento de que los jueces que anunciaron la medida en 2007 fallaron con base en normas que no existían.
Este miércoles la Corte Constitucional revocó la decisión proferida por el Tribunal de Arbitramento, tras reconocer que los jueces a cargo del caso no tenían la competencia suficiente para hacerlo.
Andrés Pérez, secretario general de la ETB, le dijo a Elespectador.com que Movistar podría apelar ante el fallo de la Corte, pero que no cree que revoquen la decisión debido a las fallas que cometieron los jueces del Tribunal de Arbitramento al haber imputado una medida con base en normas inexistentes.
De llegar a ser así el proceso de apelación tardaría entre uno a dos años.
En 1998 cuando empezó a funcionar las llamadas internacionales con entrada a teléfonos móviles se hizo un convenio comercial con Movistar que consistía en la prestación de redes telefónicas.
Después de cuatro años, la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones ordenó que se debía fijar los cargos de acceso, es decir los precios para los usuarios, por la utilización de las redes telefónicas de Movistar.
Con ese acuerdo ETB pretendía cobrar el minuto a $60 y Telefónica a $252; por esta razón nunca lograron acuerdo y Movistar puso el caso en manos del Tribunal de Arbitramento el cual condenó a la empresa de teléfonos de Bogotá a pagar la suma de $230 millones por incumplimiento del contrato.
El pasado 29 de enero el Consejo de Estado señaló la nulidad de esta norma, con el argumento de que los jueces que anunciaron la medida en 2007 fallaron con base en normas que no existían.
Este miércoles la Corte Constitucional revocó la decisión proferida por el Tribunal de Arbitramento, tras reconocer que los jueces a cargo del caso no tenían la competencia suficiente para hacerlo.
Andrés Pérez, secretario general de la ETB, le dijo a Elespectador.com que Movistar podría apelar ante el fallo de la Corte, pero que no cree que revoquen la decisión debido a las fallas que cometieron los jueces del Tribunal de Arbitramento al haber imputado una medida con base en normas inexistentes.
De llegar a ser así el proceso de apelación tardaría entre uno a dos años.