Aprobado Estatuto de Valorización en Bogotá: obra sin avance, no será pagada
En sesión plenaria, el Concejo de Bogotá le dio luz verde al nuevo acuerdo que pone en la mesa nuevas reglas para el pago de obras de valoración en la ciudad: contratistas incumplidos deberán devolver el dinero a contribuyentes y otras normas que garantizarán el avance y finalización de proyectos de construción.
Luego de 36 años sin actualizar, el Concejo de Bogotá aprobó en sesión plenaria la nueva norma del Estatuto de Valorización propuesta por el IDU (Instituto de Desarrollo Urbano), que define nuevas reglas de juego a la hora de contratar obras y materializarlas en Bogotá. Con el nuevo estatuto, los proyectos deberán contar con estudios definitivos y presentar un avance de más del 50% para recibir pagos. Esto, con el objetivo de evitar elefantes blancos y detrimentos fiscales en obras futuras.
En contexto: Con modificaciones, Concejo aprueba en primer debate nuevo Estatuto de Valorización
El nuevo estatuto reformó el Acuerdo 7 de 1987, y plantea una nueva forma de recaudar y de hacer devoluciones, descuentos, y establece mayores requisitos en cuanto a diseños y autorizaciones para la ejecución de obras, y le apuesta a una efectiva participación ciudadana, por ejemplo, los vecinos que se vean afectados por frentes de obra, porán recibir una compensación.
José David Riveros, secretario de Gobierno, explicó los puntos clave de esta reforma al estatuto, destacando que las obras llegarán a buen término con estas nuevas reglas de juego. “El nuevo estatuto incluye cambios fundamentales, que aprende de los errores del pasado. Las obras, ahora, se pagan una vez estén terminadas o tengan avance del 50%; serán cobradas solo cuando tengan estudios en detalle completos; las obras de valorización deben estar contempladas en los planes de desarrollo distritales o en el POT; se abre la posibilidad de que el IDU estudie hacer devolución de recursos en obras que ni siquiera han comprometido recursos”, detalló.
Otro punto que resalta del nuevo estatuto es resarcir a los ciudadanos que viven cerca a frentes de obra y se ven afectados a diario por los trabajos. Estos predios tendrán un 10% de descuento en el pago de sus obligaciones tributarias. Además, los ciudadanos podrán acumular esta deducción con la del 5% que se obtiene por el pronto pago del impuesto predial.
Puntos clave del nuevo estatuto
Cobros: se podrán realizar antes, durante y después de la ejecución de la obra. Para cada caso, se definieron reglas claras.
Planeación: todos los proyectos de Valorización tendrán que contar con estudios y diseños definitivos, incluyendo las autorizaciones de las empresas de servicios públicos (cuando se requieran), para ser presentados ante el Concejo de Bogotá y obtener su aprobación. Las obras deberán estar incluidas en el Plan de Desarrollo Distrital o en el Plan de Ordenamiento Territorial. Los recursos de financiación tendrán que estar contemplados en el marco fiscal de la administración vigente.
Descuentos: comerciantes con predios situados frente a obras tendrán un descuento de hasta el diez por ciento (10%), sujeto a los análisis que realice la Administración. Estas deducciones podrán acumularse con descuentos por pronto pago. Se precisa que dichos descuentos serían asumidos por el Distrito y no por otros contribuyentes.
Nuevo esquema de devoluciones: se podrán realizar devoluciones de los recursos de valorización no ejecutados en la etapa de construcción, por declaratoria de caducidad de los contratos de obra y/o terminación de los mismos, siempre con la autorización previa del Concejo Distrital.
Este nuevo acuerdo brinda plazo de un año para analizar lo sucedido con las obras de valorización del Acuerdo 724 de 2018. Sería posible devolver los recursos resultantes de los proyectos cuyos contratos hayan sido o puedan llegar a ser objeto de terminación por declaratoria de caducidad o terminación anormal del contrato estatal.
Participación ciudadana: la propuesta busca que exista mayor participación por parte de los contribuyentes. Se plantea una participación ciudadana integral en todas las etapas de los proyectos, fomentando la corresponsabilidad, la apropiación de las obras y las veedurías ciudadanas.
Tema relacionado: Nuevas reglas para obras de valorización en Bogotá: director del IDU las explica
Para conocer más noticias de la capital y Cundinamarca, visite la sección Bogotá de El Espectador.
Luego de 36 años sin actualizar, el Concejo de Bogotá aprobó en sesión plenaria la nueva norma del Estatuto de Valorización propuesta por el IDU (Instituto de Desarrollo Urbano), que define nuevas reglas de juego a la hora de contratar obras y materializarlas en Bogotá. Con el nuevo estatuto, los proyectos deberán contar con estudios definitivos y presentar un avance de más del 50% para recibir pagos. Esto, con el objetivo de evitar elefantes blancos y detrimentos fiscales en obras futuras.
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El nuevo estatuto reformó el Acuerdo 7 de 1987, y plantea una nueva forma de recaudar y de hacer devoluciones, descuentos, y establece mayores requisitos en cuanto a diseños y autorizaciones para la ejecución de obras, y le apuesta a una efectiva participación ciudadana, por ejemplo, los vecinos que se vean afectados por frentes de obra, porán recibir una compensación.
José David Riveros, secretario de Gobierno, explicó los puntos clave de esta reforma al estatuto, destacando que las obras llegarán a buen término con estas nuevas reglas de juego. “El nuevo estatuto incluye cambios fundamentales, que aprende de los errores del pasado. Las obras, ahora, se pagan una vez estén terminadas o tengan avance del 50%; serán cobradas solo cuando tengan estudios en detalle completos; las obras de valorización deben estar contempladas en los planes de desarrollo distritales o en el POT; se abre la posibilidad de que el IDU estudie hacer devolución de recursos en obras que ni siquiera han comprometido recursos”, detalló.
Otro punto que resalta del nuevo estatuto es resarcir a los ciudadanos que viven cerca a frentes de obra y se ven afectados a diario por los trabajos. Estos predios tendrán un 10% de descuento en el pago de sus obligaciones tributarias. Además, los ciudadanos podrán acumular esta deducción con la del 5% que se obtiene por el pronto pago del impuesto predial.
Puntos clave del nuevo estatuto
Cobros: se podrán realizar antes, durante y después de la ejecución de la obra. Para cada caso, se definieron reglas claras.
Planeación: todos los proyectos de Valorización tendrán que contar con estudios y diseños definitivos, incluyendo las autorizaciones de las empresas de servicios públicos (cuando se requieran), para ser presentados ante el Concejo de Bogotá y obtener su aprobación. Las obras deberán estar incluidas en el Plan de Desarrollo Distrital o en el Plan de Ordenamiento Territorial. Los recursos de financiación tendrán que estar contemplados en el marco fiscal de la administración vigente.
Descuentos: comerciantes con predios situados frente a obras tendrán un descuento de hasta el diez por ciento (10%), sujeto a los análisis que realice la Administración. Estas deducciones podrán acumularse con descuentos por pronto pago. Se precisa que dichos descuentos serían asumidos por el Distrito y no por otros contribuyentes.
Nuevo esquema de devoluciones: se podrán realizar devoluciones de los recursos de valorización no ejecutados en la etapa de construcción, por declaratoria de caducidad de los contratos de obra y/o terminación de los mismos, siempre con la autorización previa del Concejo Distrital.
Este nuevo acuerdo brinda plazo de un año para analizar lo sucedido con las obras de valorización del Acuerdo 724 de 2018. Sería posible devolver los recursos resultantes de los proyectos cuyos contratos hayan sido o puedan llegar a ser objeto de terminación por declaratoria de caducidad o terminación anormal del contrato estatal.
Participación ciudadana: la propuesta busca que exista mayor participación por parte de los contribuyentes. Se plantea una participación ciudadana integral en todas las etapas de los proyectos, fomentando la corresponsabilidad, la apropiación de las obras y las veedurías ciudadanas.
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