Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
0:00
/
0:00
Todo tipo de opiniones ha generado la resolución 003 ordenada por el Ministerio de Trabajo, en la cual se anuncia a los propietarios de establecimientos de actividades como gastrobares, bares y restaurantes que deben exigir a sus trabajadores el certificado de vacunación, dado que estarán en contacto directo con los clientes prestando sus servicios.
Lea también: Con consejos de seguridad la alcaldesa recorrerá Bogotá escuchando a ciudadanos.
Empleadores colombianos podrán exigir esquema completo de vacunación a trabajadores que participen en eventos masivos o de atención al público. Aquí le contamos los detalles de esta medida anunciada por el ministro @angelccabrera 👉🏽 https://t.co/WPJQs3Rvrm pic.twitter.com/kyz6U13QiT
— MinTrabajo (@MintrabajoCol) January 13, 2022
Por tal motivo desde la Asociación de Bares de Colombia manifestaron su apoyo a esta medida; no obstante, consideran que hay algunos vacíos y puntos que se desconocen para su implementación real:
“Respaldamos esta exigencia y la estrategia que en estos momentos el Gobierno Nacional orienta donde la vacunación masiva, el maximizar el cuidado individual y colectivo, el aislamiento de presentar síntomas y la prolongación de las medidas de bioseguridad, son el camino más firme hacia la protección de la salud y la continuidad de la reactivación económica que vamos logrando”, se lee en el comunicado oficial.
Sin embargo, de acuerdo con Adriana Plata, presidenta ejecutiva de Asobares, la medida no está exenta de inquietudes importantes que exponen los propietarios de este tipo de establecimientos y que trasladan ante el Ministerio de Trabajo para su debida orientación y respuesta.
Le puede interesar: Centros de urgencias en Bogotá se encuentran congestionados por alta demanda.
Dudas sobre la implementación
- ¿Qué hacer frente a trabajadores ya contratados que aluden a sus derechos fundamentales para no vacunarse y que no sea posible su traslado a un cargo o función de no contacto con los clientes?
- ¿Qué alternativas da el Ministerio al empleador para no exponerse a tutelas y demandas de índole laboral o sanciones del mismo Ministerio de Trabajo por incumplimiento de la medida en estos casos?
- ¿Tener un trabajador no vacunado se interpretará por las entidades de Inspección, Vigilancia y Control como incumplimiento al ordenamiento jurídico laboral y al normativo que regula la actividad mercantil con las últimas disposiciones durante la pandemia?
- ¿Qué periodo tendrá el trabajador para presentar su carnet con esquema completo mientras cumple la vacunación entre primera y segunda dosis?
- ¿Estaría el empleador obligado a aislarlo o enviarlo a casa pagando su salario derivado de las obligaciones del contrato de trabajo y adicionalmente pagar un reemplazo para cubrir las funciones de esos trabajadores?
Frente a estas inquietudes desde la cartera dirigida por Ángel Custodio Cabrera se notificó que en los próximos días se emitirá una nueva circular, en la cual se aclararán todas las dudas concernientes a la implementación de esta exigencia.
Nota relacionada: No habrá corrida de toros en la Plaza de la Santamaría en 2022.
Para conocer más noticias de la capital y Cundinamarca, visite la sección Bogotá de El Espectador.