Bogotá: ¿En qué casos se inmovilizarán las motocicletas con las nuevas restricciones?
El Distrito aclaró algunas dudas sobre las nuevas restricciones a motociclistas que ya empezaron a implementarse en la ciudad. Entre las inquietudes a las que se hizo referencia están las multas por el incumplimiento de las medidas, la inmovilización de vehículos y otras claridades sobre la identificación de los que se movilizan en motocicleta.
A partir del 18 de abril, después de varias semanas de consenso y agitación tras multitudinarias marchas, entraron en vigor las restricciones a motociclistas, como parte de las nuevas medidas de seguridad que se implementarán en la capital.
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Además del revuelo que han causado las nuevas restricciones, estas han causado cierta confusión. Por ejemplo, referente a la identificación que deben portar ahora los motociclistas y sus acompañantes, se aclaró que esta es solo obligatoria en el casco, mientras que la marcación en la indumentaria es opcional.
Por esta razón, la Secretaría de Seguridad y Convivencia, respondió a algunas de las inquietudes que se han generado las nuevas medidas en la ciudad.
¿El número de la placa de la moto en el casco debe llevar guion?
No. Según el decreto emitido por el Distrito no es obligatorio que la placa del vehículo en que se desplazan los motociclistas esté escrita con un guion. “Lo importante es que esté la placa claramente visible, legible, en fondo negro y en letras blancas reflectivas”, detalló Alejandro Londoño, subsecretario de Seguridad y Convivencia.
En contexto: ¿Es hora de marginar o de sumar a los motociclistas a la ecuación de seguridad?
¿Qué pasa si, respecto al casco, el motociclista pone el número de la placa sobre un adhesivo magnético?
De acuerdo con la Secretaría, no hay problema en que la identificación del motociclista se pueda retirar, al estar puesto con un adhesivo magnético. Lo fundamental es que este sea portado en todo momento en que el conductor se movilice por la ciudad.
¿Cuál es la multa para quien incumpla con el número de la placa en el casco?
La multa para los motociclistas que no porten con la identificación en el casco es de 15 salarios mínimos diarios vigentes, es decir aproximadamente 500.000 pesos.
¿En qué caso se procede a la inmovilización de la motocicleta en el marco del decreto 119 de 2022?
La inmovilización de la motocicleta se efectuará por el incumplimiento de la restricción del acompañante hombre, los días jueves viernes y sábado, entre las siete de la noche y las cuatro de la mañana. Esta medida empezará regir desde el 21 de abril, es decir el próximo jueves.
Para conocer más noticias de la capital y Cundinamarca, visite la sección Bogotá de El Espectador.
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Además del revuelo que han causado las nuevas restricciones, estas han causado cierta confusión. Por ejemplo, referente a la identificación que deben portar ahora los motociclistas y sus acompañantes, se aclaró que esta es solo obligatoria en el casco, mientras que la marcación en la indumentaria es opcional.
Por esta razón, la Secretaría de Seguridad y Convivencia, respondió a algunas de las inquietudes que se han generado las nuevas medidas en la ciudad.
¿El número de la placa de la moto en el casco debe llevar guion?
No. Según el decreto emitido por el Distrito no es obligatorio que la placa del vehículo en que se desplazan los motociclistas esté escrita con un guion. “Lo importante es que esté la placa claramente visible, legible, en fondo negro y en letras blancas reflectivas”, detalló Alejandro Londoño, subsecretario de Seguridad y Convivencia.
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¿Qué pasa si, respecto al casco, el motociclista pone el número de la placa sobre un adhesivo magnético?
De acuerdo con la Secretaría, no hay problema en que la identificación del motociclista se pueda retirar, al estar puesto con un adhesivo magnético. Lo fundamental es que este sea portado en todo momento en que el conductor se movilice por la ciudad.
¿Cuál es la multa para quien incumpla con el número de la placa en el casco?
La multa para los motociclistas que no porten con la identificación en el casco es de 15 salarios mínimos diarios vigentes, es decir aproximadamente 500.000 pesos.
¿En qué caso se procede a la inmovilización de la motocicleta en el marco del decreto 119 de 2022?
La inmovilización de la motocicleta se efectuará por el incumplimiento de la restricción del acompañante hombre, los días jueves viernes y sábado, entre las siete de la noche y las cuatro de la mañana. Esta medida empezará regir desde el 21 de abril, es decir el próximo jueves.
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