Concejo responde tutela sobre elección del vicepresidente: se actuó bajo el marco legal
El Director Jurídico de la corporación respondió que ninguno se declaró en oposición frente al CNE y que, por ende, se actuó en derecho durante la elección del Vicepresidente.
El Concejo de Bogotá respondió, en las últimas horas, la acción de tutela interpuesta por la ciudadana Diana Otavo en la que se demandó la elección del Vicepresidente de la corporación por omitir el Estatuto de Oposición. Cabe resaltar que el Concejo disponía de 24 horas para responder la tutela.
Nota relacionada: Juez aceptó tutela contra Concejo de Bogotá por presunta violación del Estatuto de Oposición.
En la respuesta, que fue radicada por el Director Jurídico del Concejo, Roberto Fuentes, se exponen los motivos por los cuales la elección de Rolando González, como primer Vicepresidente de la corporación, se dio bajo el marco del derecho.
Al igual que cuando se produjo el conflicto, durante la primera sesión del Concejo, Fuentes indicó que ningún partido se había declarado formalmente en oposición ante al Consejo Nacional Electoral (CNE) y que, por ende, no existía en la plenaria la obligación legal de designar al miembro de una bancada en el cargo.
Asimismo, frente al recordatorio que los críticos del nombramiento hicieron de hace 4 años, cuando se aplazó la designación para que los partidos pudieran hacer dicho trámite, el Director Jurídico indicó que nada tiene que ver una sesión celebrada hace 4 años, con la del pasado 1 de enero.
Otro argumento que usó Fuentes atacó los reclamos concernientes a la falta de paridad de género en la nueva mesa directiva, ya que los tres concejales que quedaron instalados en ella son hombres. En dicho aspecto, la respuesta a la tutela aclara que la norma sobre paridad indica que se debe alternar entre hombres y mujeres, en las distintas legislaturas que se lleven a cabo en la corporación; “luego, no es cierto que exista la obligación de nombrar a una mujer en la mesa directiva, ni que dicha posición la deba ocupar una mujer durante el primer año”.
Finalmente, en el listado de respuestas, Fuentes afirmó que la concejal Teresa Bernal participó en la elección y que, con ello, legitimó el proceso de elección en el que perdió en medio de un proceso “democrático”, en el que solo recibió 6 votos, contra 31 que eligieron a Rolando González, de Cambio Radical.
De igual forma, en la respuesta que emitió el Concejo, se afirma que la ciudadana Diana Otavo no tiene legitimidad para interponer la tutela, dado que, no pertenece al Concejo, y por consiguiente lo reclamado en la tutela corresponde a una mera “apreciación personal”.
El Presidente del Concejo, Javier Baena, replicó la respuesta en la red social X, y recalcó que en su presidencia se respetará la vocería de todas las bancadas que componen el Concejo de la ciudad.
Por el momento, el Juez tiene diez días hábiles para emitir un fallo a la tutela.
Más información sobre Bogotá: Jorge Rey anunció los primeros nombramientos de su gabinete en la Gobernación.
Para conocer más noticias de la capital y Cundinamarca, visite la sección Bogotá de El Espectador.
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Al igual que cuando se produjo el conflicto, durante la primera sesión del Concejo, Fuentes indicó que ningún partido se había declarado formalmente en oposición ante al Consejo Nacional Electoral (CNE) y que, por ende, no existía en la plenaria la obligación legal de designar al miembro de una bancada en el cargo.
Asimismo, frente al recordatorio que los críticos del nombramiento hicieron de hace 4 años, cuando se aplazó la designación para que los partidos pudieran hacer dicho trámite, el Director Jurídico indicó que nada tiene que ver una sesión celebrada hace 4 años, con la del pasado 1 de enero.
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Finalmente, en el listado de respuestas, Fuentes afirmó que la concejal Teresa Bernal participó en la elección y que, con ello, legitimó el proceso de elección en el que perdió en medio de un proceso “democrático”, en el que solo recibió 6 votos, contra 31 que eligieron a Rolando González, de Cambio Radical.
De igual forma, en la respuesta que emitió el Concejo, se afirma que la ciudadana Diana Otavo no tiene legitimidad para interponer la tutela, dado que, no pertenece al Concejo, y por consiguiente lo reclamado en la tutela corresponde a una mera “apreciación personal”.
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