Conozca cómo deben ir las placas en casco y chaleco para motos según el nuevo decreto
Conozca cómo debe ir la identificación de los motociclistas y sus acompañantes en casco y en su indumentaria, según las nuevas medidas de seguridad expedidas por la Alcaldía de Bogotá. Tenga en cuenta que el conductor o acompañante que no porte el casco con el número de placa del vehículo en que transita tendrá que pagar una multa de $447.555.
A partir del 16 de abril de 2022, como parte de la expedición del Decreto 119, en la que se toman medidas transitorias y preventivas de seguridad y convivencia en la capital, los motociclistas y sus acompañantes deberán llevar impresas las placas de su vehículo en la parte posterior externa de sus cascos de seguridad, para facilitar su identificación.
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Según lo indica la normativa, que fue expedida el pasado 7 de abril, las personas que se movilicen en moto deberán marcar sus cascos,”sobre fondo oscuro y letra blanca, sin ningún elemento o diseño que impida u obstruya su visibilidad, el número de la placa asignada al vehículo, en letras y números reflectivos, tipo Arial, cuyo tamaño será de 3.5 centímetros de alto y un ancho de trazo de 1 centímetro.”
Por su parte, los conductores de moto y sus acompañantes tendrán la opción de llevar la identificación de la placa del vehículo en su indumentaria, en un lugar visible, con un tamaño “mínimo de nueve centímetros de alto por cuatro centímetros de ancho por cada letra o número.
Cabe señalar, que la identificación en el casco es obligatoria, mientras que la indicada en la indumentaria, es opcional. Por su parte, recuerde que el conductor o acompañante que no porte el casco con el número de placa del vehículo en que transita podrá incurrir en la infracción de tránsito C.24, que equivale a una multa de $447.555.
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Por otra parte, estas medidas de seguridad serán evaluadas mensualmente entre la administración distrital, la Policía Nacional y demás sectores de la sociedad involucrados, con el fin de evaluar su efectividad y continuidad.
Para conocer más noticias de la capital y Cundinamarca, visite la sección Bogotá de El Espectador.
A partir del 16 de abril de 2022, como parte de la expedición del Decreto 119, en la que se toman medidas transitorias y preventivas de seguridad y convivencia en la capital, los motociclistas y sus acompañantes deberán llevar impresas las placas de su vehículo en la parte posterior externa de sus cascos de seguridad, para facilitar su identificación.
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Por su parte, los conductores de moto y sus acompañantes tendrán la opción de llevar la identificación de la placa del vehículo en su indumentaria, en un lugar visible, con un tamaño “mínimo de nueve centímetros de alto por cuatro centímetros de ancho por cada letra o número.
Cabe señalar, que la identificación en el casco es obligatoria, mientras que la indicada en la indumentaria, es opcional. Por su parte, recuerde que el conductor o acompañante que no porte el casco con el número de placa del vehículo en que transita podrá incurrir en la infracción de tránsito C.24, que equivale a una multa de $447.555.
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Por otra parte, estas medidas de seguridad serán evaluadas mensualmente entre la administración distrital, la Policía Nacional y demás sectores de la sociedad involucrados, con el fin de evaluar su efectividad y continuidad.
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