Contratistas por prestación de servicios tendrán garantizada seguridad social
El Tribunal de Cundinamarca ordenó al Gobierno cumplir con el artículo 135 del Plan de Desarrollo en el que se responsabiliza a las empresas a descontar del mes vencido estas prestaciones.
-Redacción Bogotá -bogota@elespectador.com
La sección primera del Tribunal de Cundinamarca ordenó al Gobierno en un plazo de cuatro meses reglamentar el artículo 135 del Plan de Desarrollo en el que se estipula que las empresas, tanto públicas como privadas, deben responder por la seguridad social de sus empleados por prestación por servicio y descontarlo del siguiente pago.
De esta forma, los Ministerios de Hacienda, Salud y Trabajo tienen hasta el 20 de julio para reglamentar esta condición con la que los trabajadores por prestación de servicios ya no deberán pagar, para recibir el sueldo la planilla de salud y pensión, sino que quedarán en iguales condiciones con quienes tienen contratos a término indefinido o de planta a quienes se les descuentas estas prestaciones del sueldo.
Las entidades públicas y privadas “deberán efectuar directamente la retención correspondiente a la cotización del sistema general de seguridad social de aquellos contratistas una vez el Gobierno Nacional expida la corriente reglamentación”, dice el fallo.
La acción popular fue interpuesta por congresistas del partido Alianza Verde, liderados or Angélica Lozano, quien manifestó en sus redes sociales: “La seguridad social de #ContratistasPrestaciónServicios tienen que descontarla mes vencido las entidades contratantes ¡No más pedir prestado para pagarla antes de la cuenta de cobro!”.
De cumplirse con los tiempos que tiene previstos la congresista, la medida, que fue aprobada en 2015 por el PND, pero que no había sido implementada, empezaría a regir desde agosto de este año.
La sección primera del Tribunal de Cundinamarca ordenó al Gobierno en un plazo de cuatro meses reglamentar el artículo 135 del Plan de Desarrollo en el que se estipula que las empresas, tanto públicas como privadas, deben responder por la seguridad social de sus empleados por prestación por servicio y descontarlo del siguiente pago.
De esta forma, los Ministerios de Hacienda, Salud y Trabajo tienen hasta el 20 de julio para reglamentar esta condición con la que los trabajadores por prestación de servicios ya no deberán pagar, para recibir el sueldo la planilla de salud y pensión, sino que quedarán en iguales condiciones con quienes tienen contratos a término indefinido o de planta a quienes se les descuentas estas prestaciones del sueldo.
Las entidades públicas y privadas “deberán efectuar directamente la retención correspondiente a la cotización del sistema general de seguridad social de aquellos contratistas una vez el Gobierno Nacional expida la corriente reglamentación”, dice el fallo.
La acción popular fue interpuesta por congresistas del partido Alianza Verde, liderados or Angélica Lozano, quien manifestó en sus redes sociales: “La seguridad social de #ContratistasPrestaciónServicios tienen que descontarla mes vencido las entidades contratantes ¡No más pedir prestado para pagarla antes de la cuenta de cobro!”.
De cumplirse con los tiempos que tiene previstos la congresista, la medida, que fue aprobada en 2015 por el PND, pero que no había sido implementada, empezaría a regir desde agosto de este año.