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En medio de su campaña para ser reelecto como Concejal, Manuel Sarmiento afirmó la existencia de algunas irregularidades en la obra. Según él, con base en un memorando elaborado por el propio IDU, la obra no cuenta con los presupuestos de detalle. Dichos estudios, permiten saber no solo el coste general de la obra, sino también el de sus componentes, como puentes y deprimidos.
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Estos datos, según el Concejal, no aparecen por ninguna parte, con lo cual se desconoce el principio de planeación: desconocer el coste de una obra antes de comenzarla. Pero, además, Sarmiento va más lejos. Según él, la obra viola la Ley 80, en donde están consignados los principios que deben seguir los actores involucrados en la actividad contractual. Lo anterior se concluyó porque algunas de las compañías que participan en la licitación se han quejado de la ausencia de diseños de obra detalle, como los de las calles 127 y 134, además del patio taller.
🔎Aparecen más pruebas sobre LA ILEGALIDAD de la licitación de TRANSMILENIO por la Carrera SÉPTIMA
— Manuel Sarmiento | Concejal Bogotá (@mjsarmientoa) August 26, 2023
Las observaciones hechas por los constructores interesados en el jugoso negocio confirman que el proyecto no cuenta con estudios completos y suficientes.
Esto es lo que sabemos 🧵 pic.twitter.com/qmnuic5gc8
Frente a estas presuntas irregularidades, El Espectador contactó con el IDU, a fin de verificar esta información. La entidad le contó a este medio, que tanto el presupuesto general, como la documentación técnica, reposan en la plataforma de contratación SECOP II.
De igual forma, frente a los presupuestos específicos, la entidad aclaró que son las empresas interesadas en el proyecto quienes deben realizar su cuantificación a partir de su conocimiento técnico y económico del mismo. Esta metodología se vendría aplicando en varias de las obras que actualmente se ejecutan en la ciudad. La razón principal, explica el IDU, es que las empresas contratistas deben asumir la transferencia efectiva del riesgo, tanto de diseño como de construcción.
Esto procede en aras de que, en caso de fallas en la obra, el Distrito pueda dialogar con un solo actor, el cual deberá responder tanto por los riesgos de diseño, como los de construcción. Por esta razón, los valores del presupuesto, se publican de manera global.
Finalmente, en cuanto a los planos, y demás información sobre los productos que mencionó el Concejal, la entidad aclaró que la información reposa en el proceso de aprobación definitiva por parte de las Empresas de Servicios Públicos (ESP). Dicha diligencia debe ser adelantada por los actores interesados en la adjudicación del proyecto frente a las ESP, teniendo en cuenta otras variables como los costos directos e indirectos, además de los ajustes por cambio de vigencia. De este trámite, y de la aprobación de las ESP, saldrían los detalles faltantes que al Concejal no le cuadran.
Retomando lo anterior, el IDU se permitió informar que desde sus funciones se han cumplido con los estudios técnicos y de detalle relativas a las fases previas de la construcción. Dichas funciones, cabe resaltar, se adelantaron por parte de consultorías independientes que contrató el Distrito. En resumen, el IDU puede abrir la licitación con estudios en etapa de factibilidad, y asignar al contratista la obligación de ejecutar los estudios y diseños definitivos. Como así lo dispone la Ley 1682 de 2013.
El corredor verde, cuya licitación fue abierta el pasado 1 de agosto, es uno de los temas cumbre entre los candidatos a la Alcaldía de Bogotá. Por el momento, de la obra, que tendrá un costo estimado de $2,5 billones, se conocen los planos preliminares.
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