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                                                                                                                                Corte estudia si morosos del Estado pueden asumir cargos públicos

                                                                                                                                La Corte Constitucional admitió una demanda que busca que las deudas con el Estado dejen de ser una inhabilidad para asumir cargos públicos o de elección popular.

                                                                                                                                Redacción Bogotá

                                                                                                                                Gustavo Petro es uno de los precandidatos a la presidencia con multimillonarias deudas con el Estado por sanciones fiscales. / El Espectador/ Archivo
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                                                                                                                                (Lea aquí: Contraloría Distrital ratifica sanción contra Petro por rebaja de tarifas en Transmilenio)

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                (Lea aquí: Por irregularidades en esquema de basuras Alcaldía de Bogotá pagó millonaria multa)

                                                                                                                                El auto admitido por la magistrada Gloria Stella Ortiz, del pasado 8 de mayo dice que quien haya sido declarado responsable fiscalmente será inhábil para el ejercicio de cargos públicos y para contratar con el Estado durante los cinco años siguientes a la ejecutoria del fallo correspondiente

                                                                                                                                La Corte Constitucional estudia puntualmente si “esta inhabilidad cesará cuando la Contraloría competente declare haber recibido el pago, o si este no fuera procedente, cuando la Contraloría General de la República excluya al responsable del boletín de responsabilidades fiscales”, dice el texto.

                                                                                                                                La decisión de la corporación podría beneficiar también a los alcaldes del país que se encuentran sancionados económicamente. 

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                (Lea aquí: Contraloría Distrital ratifica sanción contra Petro por rebaja de tarifas en Transmilenio)

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                (Lea aquí: Por irregularidades en esquema de basuras Alcaldía de Bogotá pagó millonaria multa)

                                                                                                                                El auto admitido por la magistrada Gloria Stella Ortiz, del pasado 8 de mayo dice que quien haya sido declarado responsable fiscalmente será inhábil para el ejercicio de cargos públicos y para contratar con el Estado durante los cinco años siguientes a la ejecutoria del fallo correspondiente

                                                                                                                                La Corte Constitucional estudia puntualmente si “esta inhabilidad cesará cuando la Contraloría competente declare haber recibido el pago, o si este no fuera procedente, cuando la Contraloría General de la República excluya al responsable del boletín de responsabilidades fiscales”, dice el texto.

                                                                                                                                La decisión de la corporación podría beneficiar también a los alcaldes del país que se encuentran sancionados económicamente. 

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Ver todas las noticias
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