De nuevo: denuncian uso de cepo en menores de edad por parte de comunidad Embera
El caso fue reportado el 29 de noviembre. La Secretaría de Integración social denunció el hecho ante la Fiscalía.
Nuevamente, las autoridades capitalinas recibieron un reporte de uso del cepo como elemento de castigo en menores de edad pertenecientes a la comunidad Embera que reside en la ciudad.
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Esta vez, los hechos ocurrieron en la Unidad de Protección Integral (UPI) de La Rioja, en donde se reportó el uso del cepo en seis menores pertenecientes a la comunidad indígena cuyas edades oscilan entre los 11 y los 14 años. Por estos graves hechos, la Secretaría de Integración Social realizó la denuncia formal ante la Fiscalía General de la Nación.
¿Qué pasó?
De acuerdo con la entidad del Distrito, el caso fue reportado el pasado jueves 28 de noviembre luego de que evidenciara la ausencia de uno de los adolescentes en el Centro Amar (estrategia del Distrito que brinda atención integral a niñas, niños y adolescentes en situación o en riesgo de trabajo infantil) por parte del personal de la Secretaría que hace seguimiento a la situación de la comunidad Embera. Cuando los funcionarios indagaron la razón de la ausencia, les informaron que se debía a que el menor se encontraba en el cepo.
De manera inmediata, la entidad procedió con la verificación de la identidad de los niños y la respectiva activación de las rutas de prevención a la vulneración de sus derechos con las siguientes acciones:
- Denuncia ante la Fiscalía General de la Nación, presentando los hechos para que sean investigados los delitos de violencia intrafamiliar (art.229 C.P.) y/o maltrato mediante restricción de la libertad física (art. 230 C.P.), dado que regularmente este tipo de castigos son impuestos o concertados por los padres y la comunidad como medida de corrección.
- Reporte al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) que, junto con la defensora de familia de UPI la Rioja, responsables de la verificación de derechos, evidenciaron que los jóvenes habían sido liberados recientemente del cepo y se encontraban en sus instituciones educativas.
- Articulación interinstitucional entre Secretaría Distrital de Salud, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y la Secretaría Distrital de Integración Social, ya que el castigo fue presuntamente impuesto a los jóvenes por el consumo de sustancias psicoactivas.
La Secretaría de Integración Social recordó que estos castigos físicos configuran “un claro incumplimiento de las disposiciones constitucionales, particularmente del artículo 44 con relación al respeto, protección de los derechos de los niños y las niñas, así como de las normas referidas a la prohibición del castigo físico y los tratos crueles y humillantes o degradantes a los niños y las niñas contenidos en la Ley 2089 sancionada en Colombia el 14 de mayo de 2021 y en el Código de Infancia y Adolescencia, Ley 1098 de 2006″.
Por otro lado, en el comunicado que da cuenta del uso del cepo en los menores de edad, el Distrito exhortó a la comunidad Embera que se encuentra en La Rioja a que se abstenga de implementar los métodos de castigo de la justicia tradicional de sus comunidades como es el uso del cepo, ya que su aplicación en los predios de La Rioja no se ajusta a los criterios señalados por la Corte Constitucional.
“Dicho predio es un bien fiscal del Distrito, por lo que, como mínimo, no se cumple el factor territorial para la aplicación de la justicia tradicional indígena”, señala la entidad.
Además, una de las funciones de la UPI La Rioja, tiene que ver, precisamente, con garantizar y proteger los derechos de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes en condiciones de vulnerabilidad, razón por la cual se condena el uso del cepo como práctica que pone en riesgo la garantía de sus derechos fundamentales.
“Finalmente, Integración Social insta la población Emberá, que habita en la unidad, a detener estas prácticas de maltrato a los niños, niñas, adolescentes y jóvenes, y a utilizar el diálogo y el afecto como las mejores lecciones para la crianza de sus hijos”, puntualiza la entidad.
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¿Qué pasó?
De acuerdo con la entidad del Distrito, el caso fue reportado el pasado jueves 28 de noviembre luego de que evidenciara la ausencia de uno de los adolescentes en el Centro Amar (estrategia del Distrito que brinda atención integral a niñas, niños y adolescentes en situación o en riesgo de trabajo infantil) por parte del personal de la Secretaría que hace seguimiento a la situación de la comunidad Embera. Cuando los funcionarios indagaron la razón de la ausencia, les informaron que se debía a que el menor se encontraba en el cepo.
De manera inmediata, la entidad procedió con la verificación de la identidad de los niños y la respectiva activación de las rutas de prevención a la vulneración de sus derechos con las siguientes acciones:
- Denuncia ante la Fiscalía General de la Nación, presentando los hechos para que sean investigados los delitos de violencia intrafamiliar (art.229 C.P.) y/o maltrato mediante restricción de la libertad física (art. 230 C.P.), dado que regularmente este tipo de castigos son impuestos o concertados por los padres y la comunidad como medida de corrección.
- Reporte al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) que, junto con la defensora de familia de UPI la Rioja, responsables de la verificación de derechos, evidenciaron que los jóvenes habían sido liberados recientemente del cepo y se encontraban en sus instituciones educativas.
- Articulación interinstitucional entre Secretaría Distrital de Salud, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y la Secretaría Distrital de Integración Social, ya que el castigo fue presuntamente impuesto a los jóvenes por el consumo de sustancias psicoactivas.
La Secretaría de Integración Social recordó que estos castigos físicos configuran “un claro incumplimiento de las disposiciones constitucionales, particularmente del artículo 44 con relación al respeto, protección de los derechos de los niños y las niñas, así como de las normas referidas a la prohibición del castigo físico y los tratos crueles y humillantes o degradantes a los niños y las niñas contenidos en la Ley 2089 sancionada en Colombia el 14 de mayo de 2021 y en el Código de Infancia y Adolescencia, Ley 1098 de 2006″.
Por otro lado, en el comunicado que da cuenta del uso del cepo en los menores de edad, el Distrito exhortó a la comunidad Embera que se encuentra en La Rioja a que se abstenga de implementar los métodos de castigo de la justicia tradicional de sus comunidades como es el uso del cepo, ya que su aplicación en los predios de La Rioja no se ajusta a los criterios señalados por la Corte Constitucional.
“Dicho predio es un bien fiscal del Distrito, por lo que, como mínimo, no se cumple el factor territorial para la aplicación de la justicia tradicional indígena”, señala la entidad.
Además, una de las funciones de la UPI La Rioja, tiene que ver, precisamente, con garantizar y proteger los derechos de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes en condiciones de vulnerabilidad, razón por la cual se condena el uso del cepo como práctica que pone en riesgo la garantía de sus derechos fundamentales.
“Finalmente, Integración Social insta la población Emberá, que habita en la unidad, a detener estas prácticas de maltrato a los niños, niñas, adolescentes y jóvenes, y a utilizar el diálogo y el afecto como las mejores lecciones para la crianza de sus hijos”, puntualiza la entidad.
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