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                                                                                                                                Decreto de basuras en Bogotá no vulneró leyes de la República: Juzgado Tercero Administrativo

                                                                                                                                El alcalde Gustavo Petro dijo que hay un elemento de prueba para el Consejo de Estado.

                                                                                                                                El Espectador

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                                                                                                                                La decisión se dio después de que el juzgado estudiara una acción de nulidad interpuesta por el hoy detenido concejal Orlando Parada ante el contencioso administrativo.

                                                                                                                                La jueza Aura Patricia Lara Ojeda argumentó que la prestación del servicio público de recolección de basuras corresponde a los municipios o distritos, ya sea directamente o a través de una entidad encargada, por lo que el Distrito Capital, según las leyes, sí puede prestar directamente este servicio.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                El alcalde Gustavo Petro aseguró que este fallo "indica que el alcalde actuó en justicia, bajo la ley, bajo la Constitución que cumplimos el auto 275 y lo estamos cumpliendo, y que los actos contra el alcalde por haber expedido este decreto son profundamente arbitrarios".

                                                                                                                                El mandatario capitalino afirmó que esta sentencia demuestra que la decisión de la Procuraduría es contraevidente, ya que el principal argumento del Ministerio Público para ordenar su destitución e inhabilidad por 15 años fue que el decreto 564 era ilegal.

                                                                                                                                "Aquí hay un elemento de prueba para el Consejo de Estado en el estudio de las tutelas, para el Consejo Superior y para la Comisión Interamericana de Derechos Humanos", afirmó Petro.
                                                                                                                                 

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                                                                                                                                La decisión se dio después de que el juzgado estudiara una acción de nulidad interpuesta por el hoy detenido concejal Orlando Parada ante el contencioso administrativo.

                                                                                                                                La jueza Aura Patricia Lara Ojeda argumentó que la prestación del servicio público de recolección de basuras corresponde a los municipios o distritos, ya sea directamente o a través de una entidad encargada, por lo que el Distrito Capital, según las leyes, sí puede prestar directamente este servicio.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                El alcalde Gustavo Petro aseguró que este fallo "indica que el alcalde actuó en justicia, bajo la ley, bajo la Constitución que cumplimos el auto 275 y lo estamos cumpliendo, y que los actos contra el alcalde por haber expedido este decreto son profundamente arbitrarios".

                                                                                                                                El mandatario capitalino afirmó que esta sentencia demuestra que la decisión de la Procuraduría es contraevidente, ya que el principal argumento del Ministerio Público para ordenar su destitución e inhabilidad por 15 años fue que el decreto 564 era ilegal.

                                                                                                                                "Aquí hay un elemento de prueba para el Consejo de Estado en el estudio de las tutelas, para el Consejo Superior y para la Comisión Interamericana de Derechos Humanos", afirmó Petro.
                                                                                                                                 

                                                                                                                                Por El Espectador

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