Después de trabajar 10 años por prestación de servicios, trans tendrá un contrato laboral
Charlotte Schenider Callejas se posesiona el 26 de marzo como profesional de la Secretaría de Salud de Bogotá. El acto cumplirá la orden que dio la Corte Constitucional el año pasado: sus funciones corresponden en realidad a un puesto de planta.
Redacción Bogotá
Una trascendental decisión en materia laboral se dio en la Corte Constitucional el año pasado. El alto tribunal le dio la razón a Charlotte Schenider Callejas, una mujer trans, a quien la Secretaría de Salud de Bogotá no le renovó el contrato que durante una década sostuvo bajo la modalidad de prestación de servicios. La trabajadora pedía ser reintegrada y, además con un contrato laboral en un cargo de planta. (Lea aquí: ¿Quién es Charlotte Schenider y por qué su caso es emblemático?)
El fallo de la jurisdicción constitucional es emblemático por varios componentes. El primero es que la Corte dejó en claro que la secretaría no podía dejar de renovarle el contrato a Schenider sin la autorización de la autoridad laboral, ya que ella tiene VIH y por tanto es una persona con especial protección. Lo segundo es que el alto tribunal respetó la identidad de género de la mujer trans y siempre se refirió a ella en la sentencia en femenino, algo inusual en los jueces. (Lea aquí: Mujer trans le gana pelea a Secretaría de Salud, y mejora sus condiciones laborales)
Sin embargo, el componente más importante tiene que ver con la modalidad del contrato. La Corte Constitucional reconoció que Charlotte estuvo por 10 años trabajando por prestación de servicios, cuando en realidad cumplía con funciones y exigencias que se le piden a una trabajador de planta con un contrato laboral: la prestación personal del servicio (se regía por un horario de lunes a viernes y tenía asignado un puesto de trabajo y equipos de cómputo), continua subordinación (recibía órdenes de supervisores) y contraprestación económica (cada mes recibía una remuneración). Por tanto, la Corte le ordenó a la secretaría contratar de planta a Schenider.
Los magistrados decidieron este proceso en junio de 2017, aunque en agosto se hizo pública la decisión. Nueve meses después del fallo, este 26 de marzo, Charlotte se posesionará en su nuevo cargo y tendrá un contrato laboral. “No creo que mi caso sea solo un hito para las personas trans, sino para toda la población. Mi caso ha sido reconocido por la asociación de abogados laboristas, por sindicatos de trabajadores independientes y por trabajadores formales de la salud. Abrió una oportunidad frente a la formalización de contratos y reconoce que muchas veces los contratos de prestación de servicios no cumplen con los requisitos”, dijo Schenider a El Espectador. Varias demandas individuales y grupales se planean presentar alrededor del país y tomaron como referente este caso.
De acuerdo con la representante Angélica Lozano, 243.427 personas fueron contratadas el último año en el sector público bajo la modalidad de prestación de servicios, de las cuales el 27 % ha estado vinculado durante más de un año y el 17 % por más de dos. Eso demuestra, según la congresista, que la figura ha venido siendo “desnaturalizada en su calidad de ocasional” y se está usando para cumplir funciones permanentes de administración pública.
Lo cierto es que el próximo lunes Charlotte se posesionará como profesional especializada de la Secretaría de Salud. Seguirá trabajando en la subdirección de gestión y evaluación de políticas en salud, acompañando todo lo que tiene que ver con la política de mujer, género y LGBT desde el sector salud. Pero esta vez tendrá un cargo de planta y podrá tener estabilidad económica para seguir con su tratamiento médico.
Una trascendental decisión en materia laboral se dio en la Corte Constitucional el año pasado. El alto tribunal le dio la razón a Charlotte Schenider Callejas, una mujer trans, a quien la Secretaría de Salud de Bogotá no le renovó el contrato que durante una década sostuvo bajo la modalidad de prestación de servicios. La trabajadora pedía ser reintegrada y, además con un contrato laboral en un cargo de planta. (Lea aquí: ¿Quién es Charlotte Schenider y por qué su caso es emblemático?)
El fallo de la jurisdicción constitucional es emblemático por varios componentes. El primero es que la Corte dejó en claro que la secretaría no podía dejar de renovarle el contrato a Schenider sin la autorización de la autoridad laboral, ya que ella tiene VIH y por tanto es una persona con especial protección. Lo segundo es que el alto tribunal respetó la identidad de género de la mujer trans y siempre se refirió a ella en la sentencia en femenino, algo inusual en los jueces. (Lea aquí: Mujer trans le gana pelea a Secretaría de Salud, y mejora sus condiciones laborales)
Sin embargo, el componente más importante tiene que ver con la modalidad del contrato. La Corte Constitucional reconoció que Charlotte estuvo por 10 años trabajando por prestación de servicios, cuando en realidad cumplía con funciones y exigencias que se le piden a una trabajador de planta con un contrato laboral: la prestación personal del servicio (se regía por un horario de lunes a viernes y tenía asignado un puesto de trabajo y equipos de cómputo), continua subordinación (recibía órdenes de supervisores) y contraprestación económica (cada mes recibía una remuneración). Por tanto, la Corte le ordenó a la secretaría contratar de planta a Schenider.
Los magistrados decidieron este proceso en junio de 2017, aunque en agosto se hizo pública la decisión. Nueve meses después del fallo, este 26 de marzo, Charlotte se posesionará en su nuevo cargo y tendrá un contrato laboral. “No creo que mi caso sea solo un hito para las personas trans, sino para toda la población. Mi caso ha sido reconocido por la asociación de abogados laboristas, por sindicatos de trabajadores independientes y por trabajadores formales de la salud. Abrió una oportunidad frente a la formalización de contratos y reconoce que muchas veces los contratos de prestación de servicios no cumplen con los requisitos”, dijo Schenider a El Espectador. Varias demandas individuales y grupales se planean presentar alrededor del país y tomaron como referente este caso.
De acuerdo con la representante Angélica Lozano, 243.427 personas fueron contratadas el último año en el sector público bajo la modalidad de prestación de servicios, de las cuales el 27 % ha estado vinculado durante más de un año y el 17 % por más de dos. Eso demuestra, según la congresista, que la figura ha venido siendo “desnaturalizada en su calidad de ocasional” y se está usando para cumplir funciones permanentes de administración pública.
Lo cierto es que el próximo lunes Charlotte se posesionará como profesional especializada de la Secretaría de Salud. Seguirá trabajando en la subdirección de gestión y evaluación de políticas en salud, acompañando todo lo que tiene que ver con la política de mujer, género y LGBT desde el sector salud. Pero esta vez tendrá un cargo de planta y podrá tener estabilidad económica para seguir con su tratamiento médico.