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La relación entre el Centro de Gerenciamiento de Residuos (CGR) y la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos (UAESP), alrededor de la operación del relleno sanitario Doña Juana ha sido especialmente accidentada, llena de tropiezos y controversias desde 2010, año en el que, al entonces proponente, consorcio brasilero-canadiense CGR, le adjudicaron el contrato de concesión 344 de 2010, para lo que tuvo especial relevancia la experiencia de los integrantes extranjeros y que éste presentara la oferta más baja. Hoy el panorama, cuando la vida útil del sitio de disposición está próxima a expirar, es más complejo.
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Los tropiezos y controversias van desde la decisión del Juez 24 Civil Municipal, quién en sede de tutela, ordenó repetir la audiencia de adjudicación y derogar la resolución respectiva, previa y necesaria para la firma del contrato; pasan por las supuestas inconsistencias en las cifras que presentó un miembro del consorcio -Estre Ambiental S.A.- en la oferta de la licitación de la UAESP, respecto de las publicadas en el Diario Oficial Empresarial de Brasil, hasta la presentación de demandas arbitrales en contra del Distrito, alegando supuestos incumplimientos, a partir de lo que se reclama una multimillonaria indemnización.
El pleito arbitral vigente nace de la convocatoria de CGR a un Tribunal de Arbitramento, con una demanda contra la UAESP, atendida por el abogado Jorge Eduardo Chemás, socio de la firma Chemás & Asociados. Las pretensiones son del orden de $1,3 billones. A su turno, la entidad distrital, además de contestar la demanda, consideró pertinente formular ante el mismo Tribunal demanda de reconvención, es decir, una contrademanda contra CGR, al considerar que la parte incumplida es el contratista.
Y a pesar de que la UAESP, como entidad contratante, gozaba de las prerrogativas para requerir, sancionar y, llegado el caso, hasta caducar el contrato, frente a la ocurrencia de las causales de ley que dan motivo a ello, lo cierto es que, gracias a la demanda de reconvención, quedó maniatada. En el caso prosperó una medida cautelar que CGR planteó ante el panel arbitral, quién señaló en decisión de fecha 5 de agosto de 2020 que “en adelante la UAESP se abstendrá de iniciar actuaciones administrativas de carácter sancionatorio, derivadas de las pretensiones o de los presupuestos fácticos y jurídicos sometidos a consideración de este Tribunal de Arbitramento.”
Los árbitros que integran el panel arbitral y que adoptaron la medida fueron los abogados Alberto Yepes Barreiro, exconsejero de Estado; Rodrigo Noguera Calderón, rector de la Universidad Sergio Arboleda, y, Rodrigo Antonio Durán Bustos, socio de la firma M&D Medellín Durán Abogados, junto con el exministro Carlos Medellín Becerra. Actúa como secretario del Tribunal Arbitral, el abogado Antonio Pabón Santander.
El árbitro Noguera Caderón, luego de una recusación que presentó el apoderado de la UAESP, Juan Carlos Jiménez Triana, por un asunto relacionado con los escándalos que involucran a la rectoría de la Universidad Sergio Arboleda, voluntariamente decidió retirarse del panel arbitral, lo que obligó a designar un nuevo arbitro, que recayó en el abogado Luis de Brigard Caro, socio de la firma DBM De Brigard & Morales, especialista en derecho de seguros, y profesor de obligaciones en la Universidad del Rosario.
La designación de este nuevo árbitro estuvo acompañada de tropiezos y denuncias en el ámbito político, durante la elección del nuevo Contralor General de la República, por cuenta de las manifestaciones y advertencias públicas que hizo la Directora de la UAESP, Luz Amanda Camacho, en el sentido de que le generaba mucha inquietud que la aspirante más firme a ser elegida -para ese entonces- era la hermana de uno de los dos mayores accionistas de CGR, el señor Carlos Rangel. Frente a ello, lo verdaderamente destacable es que la experiencia brasilera y canadiense, integrantes del consorcio ganador, que pesó para la adjudicación del contrato, pareciera ya no estar presente.
Los alegatos de CGR que sustentan su demanda, se centran en señalar que: (i) La planta de tratamiento de lixiviados encontrada en el relleno sanitario no correspondía con las condiciones que señalaba los términos de la licitación; (ii) que durante la Administración del alcalde mayor Gustavo Petro -hoy Presidente de la República- y la del Alcalde Enrique Peñalosa, debieron enfrentar dificultades ajenas a ellos, para recibir los pagos de su remuneración; y, en general, (iii) que los recursos previstos contractualmente no son suficientes para atender el servicio contratado.
Por su parte, la UAESP, argumenta que CGR estaba en la obligación de haber realizado con debida diligencia los cálculos de los gastos e inversiones a los que se comprometía contractualmente para operar y gestionar -técnica y ambientalmente- el relleno sanitario, a partir de la experticia que, se supone tenía, según las condiciones establecidas de manera previa al contrato. Recuérdese, que el consorcio brasilero-canadiense CGR presentó una oferta económica baja, frente a sus competidores. Por lo demás, señala que la contratista ha incumplido sus obligaciones contractuales, entre ellas, las referidas a la planta de tratamiento de lixiviados, para mejorar el vertimiento de estos en el río Tunjuelo.
Serán los tres árbitros mencionados, quienes en breve tienen la inmensa responsabilidad de emitir un laudo arbitral -sentencia- que resuelva la controversia más cuantiosa que ha recibido el Distrito Capital como demandado, en los últimos tiempos. Lo hará, a partir de un grueso material probatorio, que pasa por declaraciones, testimonios, documentos y dictámenes periciales contables, financieros y regulatorios.
En breve, aproximadamente para el primer trimestre de 2023, se sabrá cuál de las partes tenía la razón. Si es CGR, la condena que se declare en su favor la pagarán todos los bogotanos. Ese dinero, será para la tesorería de la contratista y sus accionistas, no para mejorar el relleno sanitario. Pero, si quien tiene la razón es la UAESP, la condena que le impongan a CGR llegará a la Tesorería Distrital y la entidad contratante podrá en breve zafarse de esa relación contractual, para buscar un nuevo concesionario que le ofrezca a la ciudad el funcionamiento, operativa y ambientalmente debido, del relleno sanitario. El laudo emitido, podrá ser objeto del recurso extraordinario de anulación ante el Consejo de Estado por la parte vencida.
Nueva controversia
Por lo pronto, las controversias entre CGR y la UAESP, no terminan. Ahora, se abre camino una nueva y no menos compleja disputa, ante la Corporación Autónoma Regional de la Cundinamarca - CAR. La alcaldesa Claudia López y la directora general de la UAESP, el día 15 de septiembre de 2022, radicaron una solicitud dirigida al señor Luis Fernando Sanabria Martínez, Director General de la corporación, en la que apuntan a bloquear cualquier trámite relacionado con la licencia ambiental, que es la que le da la vida útil al relleno.
En la misiva indican puntualmente que “cualquier trámite radicado o que sea radicado para Licencia Ambiental o modificación de Licencia ante esa Autoridad Ambiental sobre los predios que conforman el Proyecto Relleno Sanitario Doña Juana , hoy Parque de Innovación Doña Juana, bien sea para celda de disposición final u otro tipo de gestión de residuos sólidos urbanos, no sea tenido en cuenta o no se le dé el trámite, hasta tanto no cuente con la autorización clara y expresa de esta Administración Distrital, en su calidad de garante constitucional y legal del servicio de aseo y propietaria de los predios del proyecto …”.
Esta cadena de tropiezos, controversias y pleitos judiciales entre CGR y la UAESP, al margen de las razones de una y otra parte en conflicto, flaco favor, le hacen al deseo de los capitalinos de contar con un servicio de disposición final de residuos de las calidades operativas y ambientales, que los usuarios del servicio de aseo pagan mes a mes. Ojalá, esta situación no contribuya, aún más, a la generación de una cada vez más cercana crisis ambiental y sanitaria distrital, por la carencia de un sitio de disposición final de residuos, que cumpla con la normatividad vigente y tenga la magnitud de recibir, por lo pronto, cerca de 6.500 toneladas de residuos al día.
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