Menores en riesgo de acoso en las redes sociales. Este es el panorama en Bogotá
La confusa versión alrededor del homicidio del hijo del Inspector de la Policía, si bien es materia de investigación, pone sobre la mesa un tema actual: el riesgo y el acoso a menores de edad por medios digitales. En Bogotá, al menos, 20 menores a la semana son víctimas de violencia digital.
María Angélica García Puerto
Los confusos hechos, así como las versiones, alrededor del homicidio de Juan Felipe Rincón, de 21 años, (hijo del inspector de la Policía Nacional), registrado el pasado 24 de noviembre, en el barrio Quiroga de Bogotá, abren una serie de temas y cuestionamientos, que tendrán que despejar los investigadores.
Gánale la carrera a la desinformación NO TE QUEDES CON LAS GANAS DE LEER ESTE ARTÍCULO
¿Ya tienes una cuenta? Inicia sesión para continuar
Los confusos hechos, así como las versiones, alrededor del homicidio de Juan Felipe Rincón, de 21 años, (hijo del inspector de la Policía Nacional), registrado el pasado 24 de noviembre, en el barrio Quiroga de Bogotá, abren una serie de temas y cuestionamientos, que tendrán que despejar los investigadores.
Y uno de esos temas está relacionado con el acoso a través de redes sociales, producto de una de las tantas versiones que se ventilaron después del crimen. Según la versión de una testigo, el joven mantenía conversaciones con dos niñas, de 8 y 15 años, a través de internet. La familia de las menores, al descubrir el hecho, citó a Rincón supuestamente para confrontarlo, en vez de acudir inicialmente a las autoridades.
Katherine Sotelo, madre de la más pequeña, narró a W Radio, que lo descubrió al leer las conversaciones en su celular. En este punto vale aclarar que esta versión solo la podrán confirmar o descartar las autoridades. No obstante, el caso abre nuevamente la conversación sobre los riesgos digitales en los que se encuentran los niños, niñas y adolescentes con el acceso sin control a las redes sociales.
Para dimensionar el panorama, según datos de la Corporación Red PaPaz, en lo corrido de este año en Bogotá se han registrado 850 casos de violencia digital contra menores (al menos 20 semanales), de los cuales el 44 % (373 casos) corresponden a explotación sexual con imágenes; el 43 % (371) en entornos escolares; 66 casos por comercialización de explotación sexual, y 40 de otro tipo. Y un dato adicional igual o más preocupante: el 92 % de las imágenes de explotación sexual son de niñas entre los 9 y 13 años.
Lea más: Entender el cambio del concepto de violencia de género para erradicarlo
“Hay investigaciones que nos han dicho que quién es victimario se relaciona mucho a que vio ese contenido cuando era menor de edad y lo normaliza buscándolo en su adultez. Y esa normalización se considera como algo que no es violencia sexual, ni siquiera hay un protocolo en atención en salud, porque no se estima, a pesar de que son claras las repercusiones en la salud mental. Una víctima, a pesar de tener un proceso emocional, dentro de 20 años va a seguir pensando quién está viendo su abuso o quién tiene su foto o video”, dice Alejandro Castañeda, jefe del Centro de Internet Seguro Vigías de Red PaPaz.
¿Y la Ley para cuándo?
Pese al avance en la legislación relacionada con ciberdelitos en Colombia (relacionados en su mayoría con seguridad) y otros como la explotación, la mal llamada pornografía infantil y el turismo sexual, la justicia sigue siendo ausente cuando esto se traslada al escenario del internet. En los últimos 13 años, la Corporación RedPaPaz ha recepcionado, por medio de la plataforma Te Protejo al menos 230 mil casos de vulneración a niños, niñas y adolescentes, en los que el 80 % corresponden al entorno digital. Un problema que lleva evidenciándose hace más de una década.
“Los vacíos legales empiezan desde el hecho de que ninguna entidad pone como prioridad la regulación. Incluso, hace poco, en la Conferencia Ministerial para la prevención de violencia contra niños, el país no reflejó la violencia digital como una de las situaciones en las que se deba adquirir un compromiso”, reclamó Castañeda.
Es así como aún seguimos hablando de términos y no de delitos, como en este caso, el ‘child grooming’. Según María Camila Correa, coordinadora del área de Derecho Penal de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario, esto hace referencia a contactar, vía internet, a niños, niñas y adolescentes (NNA) con la finalidad de entablar una relación engañosa de confianza, por parte de una persona adulta, para solicitarles fotos, videos o actuaciones de contenido sexual. También para lograr encuentros con fines sexuales o situaciones que pueden acabar en tráfico y trata.
Tanto Castañeda como Correa, coinciden que esto sucede en un ámbito donde ganarse la confianza de la víctima es clave por medio de engaños y manipulación. “Está compuesto por tres fases: la de establecimiento de la “amistad”, fase de conformación de la relación y establecimiento de la confianza mediante conversaciones sobre la vida personal del menor, sus preocupaciones, ideales etc. Sigue la fase de valoración del riesgo, en la que el agresor establece los niveles de riesgo de ser descubierto, llegando finalmente a la denominada fase sexual, donde se dan los intercambios de material fotográfico, sonoro o de videos de contenido sexual”, ejemplifica la doctora Correa.
Si bien, hasta el momento esta conducta no cuenta con un tipo penal, en el Congreso se tramita el Proyecto de Ley 147 de 2023 (que ya fue aprobado por la Comisión Primera de la Cámara de Representantes) el cual pretende modificar el Código Penal y establecer el tipo penal de ciberacoso sexual de menores.
Le puede interesar: Como sociedad, hemos naturalizado la violencia contra la niñez: directora ICBF
La iniciativa establece que quien a través de cualquier documento o cualquier tecnología de la información y la comunicación contacte y envío a un menor de 14 años material sexual, o se lo solicite, aun cuando esto no se concrete, incurrirá en prisión de 9 a 13 años, así como quien concrete, aborde, solicite o invite a un encuentro presencial o digital.
Asimismo, pretende promover medidas educativas de alfabetización digital en los menores para concientizar acerca de la existencia de este delito y aprender a no compartir su intimidad. De igual manera, crearía obligaciones tanto a MinTic, como a los proveedores de internet y plataformas como TikTok, Facebook, etc.
Uno de los líderes del proyecto, el senador del Partido Conservador, Nicolás Echeverry, le dijo a El Espectador que el texto está en el tercer punto en la Cámara de Representantes y le restan dos debates: uno en la Comisión Primera del Senado y otro en la plenaria del Senado, para así finalmente pasar a sanción presidencial y convertirse en Ley de la República.
Desde la Procuraduría, también han hecho un llamado a los operadores judiciales para que se establezcan de forma precisa los delitos, “asignando el nombre correcto a lo que realmente sucedió, con el fin de visibilizar la violencia y la discriminación, enviando un mensaje contundente a la sociedad, a la víctima y al agresor”, acotó el Ministerio Público.
La responsabilidad no es de la víctima
María Camila Correa, coordinadora del área de Derecho Penal de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario, resalta que el grooming “es de difícil prevención y control, debido al libre, y casi irrestricto acceso que tienen hoy los menores de edad a las plataformas, a las redes sociales y a las aplicaciones de citas”.
Cuenta de ello es el caso que conoció Alejandro Castañeda, a principios de este año, donde niños de 13 años crearon imágenes sexuales con IA de sus compañeras de 17 años. “Incluso, hemos visto una tendencia muy alta, sobre todo después de pandemia, de las situaciones de violencia digital entre pares, es decir, entre adolescentes. Sin borrar el hecho de que todavía existe mucho adulto buscando a niñas y niños”, sentencia el jefe del Centro de Internet Seguro Viguias de Red PaPaz.
Por ello, para Castañeda es importante hablar de corresponsabilidades donde no se caiga en un discurso de descargar la protección en los mismos niños, niñas y adolescentes, ni mucho menos revictimizarlos en un contexto de clara relación de poderes.
“Aquí, hasta ahora, la corresponsabilidad en la garantía de los derechos en un entorno digital se ha enfocado en el papá, en la mamá y en los usuarios. Y hay una falta muy grande de responsabilidad privada. De quien tiene la industria que facilita los medios para generar esto y que Colombia tiene que aterrizar. Mirar qué lineamientos, guías, principios y marcos obligatorios deben tener las empresas que aquí están operando, para que generen mecanismos que lo prevengan”.
¿A quién acudo?
Generar un ambiente de cercanía es fundamental para que los menores víctimas de delitos sexuales en entornos digitales, puedan contarle a su círculo de confianza. Y esto parte también en identificar cuándo una conversación o una llamada, no es normal y puede ser violento para ellos.
“Si estamos viendo televisión, ven algo que no entienden, estar ahí para explicarles. O si van a usar la tablet o el celular, no dejarlos solos y trasladar esa enseñanza y crianza al entorno digital con ejemplos: ‘Mira todas las solicitudes de amistad en Facebook que me mandaron y no los conozco. Me incomoda que vean mis fotos contigo o las de tu tía”, recomienda Alejandro Castañeda.
Conozca más: Crisis de agua en Bogotá: asunto que toma relevancia nacional ¿Cómo superarla?
En el caso de que se configure una situación de violencia sexual digital contra niños, niñas y adolescentes, MinJusticia pide a los padres o acudientes presentar una denuncia ante la Fiscalía. En caso de no poder acudir directamente, pueden dirigirse a una URI, Casa de Justicia o Comisaría de Familia, donde le recibirán la denuncia y lo redireccionarán a la autoridad competente.
Para conocer más noticias de la capital y Cundinamarca, visite la sección Bogotá de El Espectador.